Ahora presenta un proyecto contra el plagio:
"El diputado nacional Argentino Gerónimo Vargas Aignasse, presentó un proyecto de ley[14] ante la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, para la reforma del código penal, el 6 de mayo del 2010, que pretendía agravar la pena para el delito de plagio. En los fundamentos del proyecto, el diputado mismo cometió plagió contra Wikipedia, al copiar los 3 primeros párrafos del artículo sobre Plagio."
Fuente Wikipedia
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El proyecto que presentó el diputado:
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Señor presidente:
El presente proyecto de ley que traigo a consideración de mis pares es una necesidad en los tiempos que se viven en nuestro país en estos días ante la cantidad de obras de todo tipo plagiadas que se venden, tanto que, existe un mercado paralelo que está causando gran daño a la industria literaria y discográfica en general.
El plagio es definido por el Diccionario de la Real Academia Española como la acción de "copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias"[.] Desde el punto de vista legal, el plagio es una infracción del derecho de autor sobre una obra artística o intelectual de cualquier tipo, que se produce cuando se presenta una obra ajena como propia u original. Así pues, una persona comete plagio cuando copia o imita algo que no le pertenece haciéndose pasar por el autor de ello. En el caso de documentos escritos, por ejemplo, se comete plagio al no citar la fuente original de la información incluyendo la idea, párrafo o frase dentro del documento sin comillas o sin indicar explícitamente su origen. Esto constituye, específicamente una violación a la paternidad de la obra, contemplada dentro del marco de los derechos morales.
La denominada propiedad intelectual[ es una colección de marcos jurídicos diferentes que protegen los intereses de autores e inventores en relación a obras creativas, ya sean éstas, expresiones de ideas como en el caso del derecho de autor o aplicaciones prácticas e industriales de ideas como en el caso de las patentes. Según la legislación de cada país, el castigo por este tipo de infracción puede ser una sanción penal o una sanción económica y la obligación de indemnizar los daños y perjuicios.
En un sentido más amplio, generalmente se denomina plagio a los libros que tienen tramas o historias muy similares, a películas con semejanzas extremas en la forma de expresión de las ideas, a un invento muy similar a uno patentado, a una obra de arte similar o con alguna pieza del original, marcas; incluyendo logotipos, colores, formas, frases, entre otros distintivos de algún producto, o simplemente a ideas. El uso de un mismo argumento para diferentes obras, expresadas de manera original, no constituye plagio, ya que el derecho de autor no cubre las ideas en si, sino únicamente la expresión de las mismas[
Por todo lo expuesto ut supra, esperando el acompañamiento de mis pares es que presento el presente proyecto de ley."
Lo que dice la wikipedia en la entrada por plagio:
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El plagio es definido por el Diccionario de la lengua española de la Real Academia Española como la acción de "copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias".[1] Desde el punto de vista legal, el plagio es una infracción del derecho de autor sobre una obra artística o intelectual de cualquier tipo, que se produce cuando se presenta una obra ajena como propia u original. Así pues, una persona comete plagio cuando copia o imita algo que no le pertenece haciéndose pasar por el autor de ello. En el caso de documentos escritos, por ejemplo, se comete plagio al no citar la fuente original de la información incluyéndo la idea, párrafo o frase dentro del documento sin comillas o sin indicar explícitamente su origen. Esto constituye, específicamente una violación a la paternidad de la obra, contemplada dentro del marco de los derechos morales.
La denominada propiedad intelectual[2] es una colección de marcos jurídicos diferentes que protegen los intereses de autores e inventores en relación a obras creativas, ya sean estas, expresiones de ideas como en el caso del derecho de autor o aplicaciones prácticas e industriales de ideas como en el caso de las patentes. Según la legislación de cada país, el castigo por este tipo de infracción puede ser una sanción penal o una sanción económica y la obligación de indemnizar los daños y perjuicios.
En un sentido más amplio, generalmente se denomina plagio a los libros que tienen tramas o historias muy similares, a películas con semejanzas extremas en la forma de expresión de las ideas, a un invento muy similar a uno patentado, a una obra de arte similar o con alguna pieza del original, marcas; incluyendo logotipos, colores, formas, frases, entre otros distintivos de algún producto, o simplemente a ideas. El uso de un mismo argumento para diferentes obras, expresadas de manera original, no constituye plagio, ya que el derecho de autor no cubre las ideas en si, sino únicamente la expresión de las mismas[3] ."
Es cuestión de comparar:
La aclaración la tomé del programa "Esta lengua es mía" de FM Identidad...Que no estoy muy de acuerdo en otras cosas que dicen por ahí...
Algo más que comentan de los Fundamentos de otro proyecto:
PROHIBICION DE VIAJAR AL MUNDIAL A PERSONAS QUE TENGAN DENUNCIAS O ESTEN PROCESADAS POR INICIDENTES EN ESPECTACULOS DEPORTIVOS
En los fundamentos:
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Señor presidente:
El presente proyecto que traigo a consideración de mis pares tiene como finalidad la prohibición de toda persona involucrada en incidentes deportivos.
En especial se intenta prohibir la salida del país a los llamados `barrabravas` que son personas que tienen antecedentes y prontuarios penales por acontecimientos delictivos en espectáculos deportivos.
El término barra brava se emplea en América Latina para designar a aquellos grupos organizados dentro de una hinchada que se caracterizan por producir diversos incidentes violentos, dentro y fuera del estadio, despliegue pirotécnico y cánticos empleados durante el desarrollo de los partidos.
Originalmente denominados barra fuerte, por el vespertino argentino La Razón en octubre de 1958, a raíz del asesinato policial del joven Mario Linker en el partido entre Vélez Sársfield y River Plate. El término aparece en Argentina a comienzos de la década de 1960, y luego se fue extendiendo su uso por toda América Latina. En Brasil se los denomina "torcidas organizadas", mientras que en otros continentes son conocidos como hooligans o ultras.
Generalmente las barras bravas, también llamadas el grueso de la hinchada, utilizan banderas (denominadas trapos o lienzos) y diferentes instrumentos musicales. Las barras bravas también se caracterizan por ubicarse en las tribunas populares, aquellas que frecuentemente carecen de asientos y donde los espectadores deben ver el partido de pie.
Este fenómeno se ha extendido, en diverso grado, en diferentes países de América. Generalmente tienen su origen en una subcultura juvenil de carácter urbano, donde se busca la pertenencia a un grupo determinado. Si bien existe una amplia variedad de estas barras en América, éstas tienden a presentar ciertos rasgos comunes: exaltación de la fuerza, el nacionalismo, el sentido del honor asociado con la capacidad de pelear y la necesidad de reafirmación.
Tradicionalmente, se ha asociado a las barras bravas con la marginalidad urbana, y el consumo de alcohol y drogas. En general, en la mayor parte de América estas barras están conformadas por jóvenes entre los 14 y 25 años,[1] mientras que en Argentina es posible encontrar a personas mayores, pues poseen una tradición más arraigada. En los distintos países de América Latina estas bravas han adquirido notoriedad progresivamente, al menos desde comienzos de la década de 1990.
Por todos los argumentos expuestos ut supra, y por la importancia del objeto a legislar, es que solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto de ley."
Lo que dice la wiki sobre barras bravas:
"El término barra brava se emplea en América Latina para designar a aquellos grupos organizados dentro de una hinchada que se caracterizan por producir diversos incidentes violentos, dentro y fuera del estadio, despliegue pirotécnico y cánticos empleados durante el desarrollo de los partidos.
Originalmente denominados barra fuerte, por el vespertino argentino La Razón en octubre de 1958, a raíz del asesinato policial del joven Mario Linker en el partido entre Vélez Sársfield y River Plate. El término aparece en Argentina a comienzos de la década de 1960, y luego se fue extendiendo su uso por toda América Latina. En Brasil se los denomina "torcidas organizadas", mientras que en otros continentes son conocidos como hooligans o ultras.
Generalmente las barras bravas, también llamadas el grueso de la hinchada, utilizan banderas (denominadas trapos o lienzos) y diferentes instrumentos musicales. Las barras bravas también se caracterizan por ubicarse en las tribunas populares, aquellas que frecuentemente carecen de asientos y donde los espectadores deben ver el partido de pie.
Este fenómeno se ha extendido, en diverso grado, en diferentes países de América. Generalmente tienen su origen en una subcultura juvenil de carácter urbano, donde se busca la pertenencia a un grupo determinado. Si bien existe una amplia variedad de estas barras en América, éstas tienden a presentar ciertos rasgos comunes: exaltación de la fuerza, el nacionalismo, el sentido del honor asociado con la capacidad de pelear y la necesidad de reafirmación.
Tradicionalmente, se ha asociado a las barras bravas con la marginalidad urbana, y el consumo de alcohol y drogas. En general, en la mayor parte de América estas barras están conformadas por jóvenes entre los 14 y 25 años,[1] mientras que en Argentina es posible encontrar a personas mayores, pues poseen una tradición más arraigada. En los distintos países de América Latina estas bravas han adquirido notoriedad progresivamente, al menos desde comienzos de la década de 1990."
Es cuestión de comparar:
Lo triste de todo esto es que estos diputados son los que debatirán posibles cambios en las leyes de derecho de autor o en canon digital y esos temas....
El tema es que en ninguno de los proyecto el diputado cita a la wiki como fuente....
En Derecho a Leer dejaron un artículo interesante sobre el plagio.
En los comentarios de "Ciencia Maldita" dejaron algo sobre el proyecto del wiki diputado que asusta un poco:
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Hay otro problema peor. En realidad lo que pretende el proyecto es elevar las penas por el tipo genérico del delito de “estafa” (ahora es de un mes a seis años, el proyecto propicia de tres años a ocho años).
Es una cuestión muy compleja sobre todo porque 3 o 4 hechos conjuntos de estafa incluso irrisorios en el monto y modalidad pueden implicar inexorablemente penas equivalentes al homicidio.
Pero lo más raro es que los fundamentos del proyecto se limitan a hablar en tres párrafos sobre el “plagio” (que ni siquiera es, per se, una modalidad típica de estafa).
Hilando fino, también dice grotescamente que el proyecto de ley tendrá vigencia en el ámbito de la república argentina (lo que tendría vigencia será, en todo caso, la ley, no el “proyecto”, pero igual es innecesario aclararlo por redundante, todas las leyes del congreso tienen esa vigencia “espacial”).
Pâra el final, dice que “cualquier artículo que se anteponga con la presente será nulo de nulidad absoluta”, lo que está mal desde el verbo que usa hasta la consecuencia de nulidad -lo correcto sería derogación-."
Audio del programa de "Esta Lengua es Mía" de FM Identidad donde comentan otro proyecto del diputado copiando y pegando, elviejo copy paste, de la Wikipedia pero sin decir que es de ahí.
Ahí comentan otro proyecto del diputado en donde copia y pega material de la wiki pero sin aclarar que es de ahí.
Esperemos que el site de diputados salga de mantenimiento para poder así chequear qué es lo del plagio, si lo mezcla con derecho de autor o qué.
Lo de la mezcla del plagio y el derecho de autor tiene que ver con este otro áudio de FM Identidad en donde hablan también de copyright y demás:
En este áudio del programa "Esta lengua es mía" se comenta un poco más el proyecto de agravamiento de penas en caso de plagio y , entre los fundamentos, se habla de copyright y demás.
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