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domingo, 29 de abril de 2012

Jesse James -Bruce Springsteen cantándole a los queridos del pueblo





Jesse James -Bruce Springsteen cantándole a los queridos del pueblo


En AADI nos dicen que siempre, siempre tienen que cobrar, no importa que canten algo que es de todos como una canción que ya está en dominio público y homenajea a un Robín Hood de su tiempo.

"
Finalmente, el 3 de abril de 1882, Jesse James fue asesinado de un tiro por la espalda a manos de Robert Ford, un miembro de su banda, quien junto a su hermano Charlie había pactado con el gobernador el cobro de la recompensa a cambio de entregar o matar al conocido forajido."

Wikipedia.

sábado, 3 de septiembre de 2011

Brasil: Registro Nacional de Obras

Fuente Jornal Valor.

" La gran contribución es la creación del Registro Nacional de Obras. Hoy, no tenemos forma de saber, a no ser en los casos más famosos, qué está en dominio público y quiénes son los detentores de los derechos. Este banco de datos estará en el Ministerio de Cultura [MinC], disponible a todos, on-line.
Valor: ¿Ese registro será obligatorio?
Ana: Exigiremos de toda obra editada, publicada o producida, sea disco, película, libro etc., que haya un registro. Con eso, no habrá riesgo que una obra sea registrada en nombre de otra persona. Y la producción cultural podrá ubicar a los autores y obtener las autorizaciones necesarias para la utilización de lo que deseen. El autor podrá también informar si su obra está liberada para uso gratuito, si así lo desea, o incluso restringir los derechos de sus herederos. En el caso de la música, por ejemplo, el Ecad (Sadaic brasileño) no tiene interés en informar: "Mire, esta obra no precisa mas de nuestra autorización". Entonces es obligación del Estado participar y dar una garantia al usuario que desea tener acceso."

Toda la entrevista en el Jornal Valor.



Ana de Hollanda no es una luchadora por la cultura libre o algo así, sin embargo es una medida interesante que exista un registro del Estado para saber si algo está o no en dominio público.
Algo que se podría hacer en la Argentina sin salir del derecho de autor actual.


martes, 23 de agosto de 2011

Hoy, martes 23 de Agosto, encuentro en el canal IRC; Asunto: Saga del Dominio Público

La idea es juntarnos a las 20 hs. (de la Argentina) para colocar el texto en los globos de la Saga del Dominio Público.

Faltan los textos en español de esa saga.


Nos falta hacer el texto de los globos y ponerlo en el comic.



Los esperamos para terminar el trabajo y que exista una versión en español del comic!!


domingo, 12 de junio de 2011

Joyce Vuelve al Pueblo!!!, último Bloomsday "vigilado"!

El Bloomsday es un evento anual que se celebra en honor a Leopold Bloom, personaje principal de la novela Ulises de James Joyce. Se celebra todos los días 16 de junio desde 1954.
El 16 de junio es el día en el que transcurre la acción -ficticia- del Ulises. Este día los celebrantes procuran comer y cenar lo mismo que los protagonistas de la obra, o realizar distintos actos que tengan su paralelismo en la novela. Especialmente se realizan encuentros en Dublín para seguir el itinerario exacto de la acción.

Más en wikimedia.

Fuente Irish Times.

El próximo jueves sera el último Bloomsday que tendrá lugar bajo el régimen de derecho de autor de James Joyce. Y los entusiastas de Joyce en todas partes exhalarán un suspiro de alivio en su paso. Los derechos de autor de las obras de Joyce terminan 70 años de su muerte en 1941. Así que al final de 2011 las restricciones de derechos de autor que se levantarán. Mucho más que Bloomsday se verá afectado por este cambio, los bordillos de derechos de autor han pesado mucho en el trabajo académico, así como de artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de proyectos de teatro, televisión y radio, y muchas otras áreas.
Es comprensible y razonable que los herederos de un autor (en este momento el único beneficiario de la herencia es Stephen Joyce, nieto) obtendrían un beneficio financiero durante un cierto tiempo de trabajo del autor, de la misma manera que un descendiente que ha sido beneficiado con una granja o una casa tiene derecho a un beneficio económico de ella. ¿Qué es lo que ha sido muy problemático, especialmente en el caso de los derechos de Joyce?, ha sido el grado de control ejercido.
Ese control se ha mantenido con el fin de proteger la obra de Joyce - y también aspectos de la vida de Joyce - de lo que el heredero ve como distorsiones, intrusiones y mal uso. El objetivo puede ser digno, pero su ejecución ha sido ampliamente percibida como arbitraria, dolosa y, a menudo, sobre la base de pura incomprensión.
Con los años, y especialmente desde que Stephen Joyce se hizo cargo de los derechos de autor, él ha adquirido una reputación más temible por las amenazas de litigios, el litigio real y la intransigencia en general. Tiene la distinción de haber provocado la aprobación de una ley del Oireachtas (Derecho de Autor y Derechos Conexos (Enmienda), 2004) para prevenir la posibilidad de actuar con ella en contra de una exposición de Ulises en la Biblioteca Nacional de Irlanda. Muchos jóvenes estudiosos de Joyce han sido aterrorizados de que su trabajo caería en la vigilancia delderecho de autor de Joyce. Pocas lágrimas se derramarán por el fin de dicho régimen.
El levantamiento de las restricciones de derechos de autor debe permitir una nueva libertad y la floración de las actividades de Joyce, de los académicos, y del público. Artistas Intérpretes o Ejecutantes (ya hay planes en marcha de esas actividades.) Y los artistas tienen un alcance mucho mayor para experimentar con la obra de Joyce. Esto es para agradecerlo mucho, no todas estas producciones necesariamente será de gran mérito (durante un breve interregno de derechos de autor en la década de 1990, algunos proyectos eran claramente dudosos, sobre todo los académicos), sino la manera de manejar esto es a través de un vigilante y la crítica responsable, no a través de acciones de policía de cualquier tipo. No es exagerar el asunto decir que por fin, Joyce le pertenecerá al pueblo.

Fuente Irish Times.



Liberaron a James Joyce!!!



 

lunes, 2 de mayo de 2011

DÍA SÚPER 8 MAYO ¡LIBERAR!

Es la propuesta de Dominio Callejero


  • el recipiente que elijas para guardarla debe ser reciclado (papel de diario o revista, una caja vieja, etc.)

  • en la copia de la película debe estar escrita la leyenda: DOMINIO CALLEJERO la creación se defiende compartiéndola - dominiocallejero.blogspot.com 
  • deben estar escritas estas condiciones en un papel dentro del recipiente

lunes, 3 de enero de 2011

Siguiendo con el Día del Dominio Público

Ilustración de Derecho a Leer sobre el Día del Dominio Público.

En la imagen se pueden ver algunos de los creadores que entran en dominio público en 2011:


(1) Paul Klee fue un pintor alemán nacido en Suiza, su obra es difícil de clasificar. Sus pinturas generalmente se asocian al surrealismo, al expresionismo y a la abstracción. También escribió ensayos y apuntes sobre arte, en particular durante su periódo de enseñanza en la Bauhaus.

(2) Walter Benjamin fue un filósofo y crítico literario alemán. Se lo relaciona con la Escuela de Frankfurt y es quien escribió el célebre ensayo La obra de arte en la época de su reproductibilidad técnica. Su obra constituye una contribución significativa a la teoría estética y al Marxismo del siglo XX.

(3) John Buchan fue un político y novelista escocés. Fue Gobernador General de Canadá, y como escritor destacan sus novelas de aventura, como el thriller de espionaje ‘Los Treinta y Nueve Escalones’, llevado al cine en 1935 por Alfred Hitchcock.

(4) El político y teórico revolucionario marxista Lev Davídovich Bronstein más conocido por Leon Trotsky, no necesita muchas referencias. En “La revolución permanente“ Trotsky plantea que la revolución no puede limitarse a una sola nación concreta, sino que debe ser internacionalizada, para asegurar su continuidad. Parece que tuvo razón.

(5) Francis Scott Key Fitzgerald fue un célebre novelista estadounidense, perteneciente a la “Generación Perdida” influenciada por la época de la Gran Depresión: tras años de crecimiento, el endeudamiento y la especulación financiera desencadenaron una gran crisis mundial de efectos sociales devastadores (¿suena conocido?). ‘El gran Gatsby’ es su novela más conocida. También escribió guiones cinematográficos para la Metro-Goldwyn-Mayer. Por cierto, si deseas filmar tu propia versión de ‘The Curious Case of Benjamin Button’ ya no necesitarás comprarle los derechos a los herederos.

(6) Emma Goldman fue una de las pioneras en la lucha por la emancipación de la mujer, militante anarquista y feminista, de origen Lituano. Fue expulsada de EE.UU. en 1919. Emigró a la Unión Soviética, donde participó de la sublevación anarquista de Kronstadt. John Edgar Hoover, la calificó como una de las mujeres más peligrosas de América.

(7) Mikhail Bulgakov es un escritor y dramaturgo ruso. Su obra más conocida es la novela ‘El maestro y Margarita’. Bulgakov fue víctima de la censura y la persecusión del régimen estalinista. Sus libros circularon como samizdat (duplicaciones caseras de distribución clandestina). Paradójicamente, esta condición de autor perseguido hace que se postergue el ingreso de sus obras al Dominio Público en su país de origen, ya que las leyes de la actual Federación Rusa consideran que deben tomarse 70 años desde el momento de terminada la proscripción —si el autor falleció antes— y luego de la publicación, si se trata de una obra póstuma.

Debería ingresar al Dominio Público la obra del músico uruguayo José Razzano, que conformó uno de los dúos de intérpretes y compositores de Tango más famosos de la historia: Gardel-Razzano. Razzano murió en 1960, y según las leyes de su país, trancurridos los 50 años, su obra pasa a Dominio Público. Sin embargo el laberinto legal contempla otros factores: el país de publicación de la obra, las leyes de un país sobre las disposiciones de otro, etc. Pero quizá haya chances que la música de ‘Mano a Mano’ esté en Dominio Público en algún lado.

En el sitio Public Domain Works hay una extensa lista de autores que ingresan al Dominio Público. También Wikipedia puede listar a los fallecidos en 1940, muchos de los cuales pueden ser autores.

Si quieren saber algo más sobre el dominio público y lo que piensan algunos de nuestros legisladores sobre él, lean toda la entrada de Derecho a Leer


En Manzana Mecánica también le dedican un post y ofrecen alternativas para enriquecer al dominio público:

La red europea Communia invita a través de PublicDomainDay.org a "celebrar la impresionante riqueza de conocimiento, información y belleza que cada año pasa a estar libremente disponible para la humanidad". Lo más importante es que no solamente puedes disfrutar libremente de estas obras, sino también transformarlas, convertir un poema en una canción, una novela en una película, etc. sin tener que pedirle permiso a nadie.

La pregunta es si este período de "muerte del autor + 70 años" es realmente necesario para fomentar la creación artística y cultural, o si se trata en cambio de un período excesivamente largo que entorpece más que fomenta la cultura. Supongamos que pintas, escribes, grabas o fotografías algo hoy, con 30 años y que esperas vivir al menos hasta los 70, eso son 40+70=110 años ... ¿te parece razonable que pase más de un siglo antes de que tu creación sea libre?

Hay varias alternativas si piensas que la respuesta es un rotundo NO. Por ejemplo, puedes usar una licencia Creative Commons, o registrar tu trabajo bajo un "Founder's Copyright" que establece un período mucho más razonable: 14 años, renovables por otros 14 años más.

¡Feliz día del dominio público!

Fuente Manzana Mecánica




sábado, 1 de enero de 2011

Feliz Día del Dominio Público

1ro de Enero Día del Dominio Público!!

Felicidades a todos!!!

lunes, 20 de diciembre de 2010

La Trampa de Disney

Si no puede ver los subtítlos en Youtube presione en la barra donde está play en donde dice CC y aparecerán los subtítulos en español.



Una aclaración : Joyce entraría en dominio público en el año 2010 ya que entra en dominio público el 1ro. de enero del año siguiente a que se cumplen los 70 años de fallecido.


martes, 14 de diciembre de 2010

Organizando los festejos por el Día de Domino Público-Calculadoras del Dominio Público


El primer día del año se festeja el "Día del Dominio Público" ya que en esa fecha entran en dominio público aquellas obras que ya no tienen más derechos de autor.

El año pasado, por ejemplo, la obra de Sigmund Freud entró en dominio público, en algunos países eso significó que se hicieran traducciones directamente del original en alemán. Éso ocurrió en Brasil donde sólo existían traducciones realizadas del inglés y no del original en alemán. Algo más sobre las traducciones de la obra de Freud al portugués.

Sería interesante saber qué más pasó con la obra de Freud y de otros autores que entraron en dominio público durante el 2010.

Existe un proyecto interesante que es la "Calculadora del Dominio Público", justamente para saber si una determinada obra tiene o no derechos de autor.

Calculadoras de dominio público from Oficina Difusió Coneixement UB on Vimeo.

Si quieren ver el video en Vimeo.


Sobre las Calculadoras del Dominio Público-Fuente Derechos Digitales.

Calculadoras del dominio público

La obra de la chilena Gabriel Mistral ¿está en el dominio público? Y si se quiere publicar alguna obra del autor japonés Eiji Yoshikawa, ¿cómo saber si está en el dominio público cuando todas las legislaciones son distintas? Las dudas frente al complejo escenario legal que se conforma en el patrimonio del dominio público pueden no solo ser muchas, sino que incluso desaniman las empresas más arriesgadas que quieran rescatar autores y obras que ya están olvidadas.

Una solución a esto puede ser el proyecto encabezado por Open Knowledge Foundation, quienes auspiciados por COMMUNIA, han decidido llevar adelante un ambicioso y útil proyecto: las calculadoras del dominio público.

Como la organización afirma, “el objetivo de las calculadoras de dominio público es facilitar la identificación de las obras de dominio público en cualquier jurisdicción. Con el fin de hacerlo, cada calculadora implementa un algoritmo para determinar si una obra se encuentra en el dominio público, teniendo en cuenta ciertos detalles como la fecha de publicación, fecha de la muerte del autor, y así sucesivamente”.


Me estaba fijando en el listado de Calculadoras del Dominio Público y no hay ninguna de la Argentina, así que sería un buen proyecto para nuestro país.

Por las dudas si conocen a alguna obra o autor que entre en dominio público de la Argentina avisen en los comentarios o envíen un e-mail a:

ppirataargentino#gmail.com
(reemplacen # por @)




viernes, 5 de noviembre de 2010

Discursos de George W. Bush-En Dominio Público

Fuente Blog P2P.

  • Por Tatiana de Mello Dias

Tal vez nadie sienta nostalgia del ex-presidente George W. Bush. Pero el pasado fue registrado en áudio, y ahora está libre y organizado para ser recreado en remixes o cualquier otro uso.

Los discursos de Bush están disponibles en el The George W Bush Public Domain Audio Archive. Según la descripción del archivo, cada frase de sus discursos más importantes fueron transformadas en un archivo individual de áudio, con el contenido escrito en texto.

Como el contenido está em domonio público, todo está liberado para cualquier uso. Como el sugerido por el archivo: The Bush Raps (Re)Mix Contest, raps hechos con los trechos de las frases. Es muy divertido. Aqui hay una lista con varios.

Para tener acceso a los áudios originales de los discursos, es necesario descargar los archivos .zip que tienen decenas de trechos en áudio. Ellos están organizados por orden cronológico.

Accese aqui al archivo completo.

foto: “War President“, de Joe Wezorek (CC)

Fuente Blog P2P.

sábado, 16 de octubre de 2010

Sagas del Dominio Público-Prisionera de la Ley-Introducción por Cory Doctorow


Prisionera de la Ley es un comic sobre una heroina que intenta que el dominio público se pueda extender y también lo explica. Acá lo encuentran para descargar en varios idiomas. Pero no está en español, estamos intentando traducirlo.

Les compartimos la introducción y luego el prefacio del libro, es una primera traducción si quieren chequearla con la original fíjense acá que lo encuentran en varios idiomas.



Introducción
Cory Doctorow
Autor premiado de ciencia ficción y
coeditor del blog BoingBoing

¿Quién es el dueño de los fotones? Cuando nuestra cámara se abre y devora avidamente toda la luz, reflejando las superfícies de los edifícios, rostros, remeras, pinturas, esculturas, películas y fotografias, ¿estamos infringiendo la ley? ¿El micrófono de nuestra cámara infringe la ley cuando capta las perturbaciones traídas por las voces, por la música y por la banda sonora?

Si les parece ridículo levantar estas preguntas, culpen a la ley, no a las preguntas.

El sistema de derechos de autor, que fue concebido para promover la creatividad, fue capturado por un puñado de entidades industriales y fue pervertido.

Hoy en día, los derechos de autor son tan capaces de suprimir a la nueva creatividad como de protegerla.
Los realizadores de documentales tienen la vida complicada. El objetivo de un buen documental
es “documentar”: captar en video al mundo tal como existe, contar una historia del mundo, revelar su esqueleto y mostrar sus acciones.

A cada año que pasa, documentar al mundo es cada vez más complicado.

Parece que toda la gente extiende la mano, pidiendo una licenca cada vez que apenas lo que queremos es recontar la verdad: éste cartel que aparece cuando filmamos esta ciudad, éste logotipo que aparece en la camiseta de áquel hombre, éste programa que estaban pasando en la televisión durante este evento.

Algunas de esas personas no quieren que obtegamos una licencia. Otras pura y simplemente no quieren ser retratadas.

¿Qué es lo que un realizador puede hacer?


Antes del sistema de derechos de autor, existía el patronato. Se podia hacer arte si el Papa o algun duque pudiese ser persuadido de que teníamos una buena idea, éste sistema dió origen a algunos techos y frescos maravillosos, pero no era exáctamente democrático.

Los derechos de autor industrializaron la práctica. Ahora se puede hacer arte si un artista consigue convencer a un industrial rico que el derecho exclusivo de explotar el trabajo compensa el costo de su producción. Esto descentralizó radicalmente el proceso de la toma de decisión en lo que se refiere al arte: al final, hay muchos más industriales que Papas.

Hoy, los industriales se reinventaron como Papas, duques y reyes. Quien tiene un contrato con una grande casa discográfica quien se beneficia del patronato de un rey ve a su productora obtener las autorizaciones necesarias para que se usen los samples de canciones de otras casas discográficas que aparecen en sus canciones. Pero para un artista indie, éste es un escenario irreal.

Los realizadores que trabajan para los grandes estudios tienen colas de abogados agresivos a su disposición, cuyo trabajo consiste en obtener las licencias necesarias para un que un proyecto
avance. y hasta que las licencias no sean necesarias: tiene sentido que los abogados de los estudios actúen como si hasta la más casual o atenuada reproducción implicase la obtención de una licencia de esta forma, las otras personas también pagarán por licencias para usar materiales del estudio para el que ellos trabajan.

Esto deja a los artistas indie completamente desprotegidos. Sin embargo dentro del esquema,
no hay abogados caros a su lado para negociar el uso del logótipo en la camiseta del hombre
que la cámara filmó durante los incidentes en una manifestación pública.

No es de esta forma que los supuestos derechos de autor funcionarán.

No es de esta forma que los derechos de autor funcionan. Si tuvieramos abogados de nuestro lado y estuvieramos dispuestos a luchar, seríamos capaces de descubrir que muchos de los usos por los que nos está exidido que paguemos son en verdad usos permitidos sin ningún pago o autorización, al amparo de la doctrina del Fair Use. Pero lo mas probable es que si no podemos pagar una licencia, tampoco tenemos dinero para contratar a un abogado que pruebe que no teníamos que pagar por la licencia.

Y, sin embargo, en este momento el costo de los materiales que sirven de materia prima a la elaboración de documentales está por caer en picada. Las editing suites del año pasado están por ser sustituidas por los computadores portátiles de este año la notebook de 1500 dólares que estoy usando para escribir este texto tiene más memoria RAM, procesador y hard drive que
la suite Avid de 100 mil dólares que usé en tobabysit at a documentary film house.

Democracy Player y Dabble, You Tube y Google Video, Internet Archive y Dijjer lideran un
movimiento que torna el compartir videos grátis y fácil. Nuestros bolsillos están repletos de aparatos que nos permiten ver videos en baja resolución dondequiera que estemos el pequeño ecrm perfecto para el documental indie.

El sistema de derechos de autor puede funcionar bien cuando es practicado por abogados que pertenecen a las 100 compañias de la revista Fortune, pero cuando afecta a la actividad normal de personas creativas que documentan su mundo, crean más problemas que los que resuelven.


Este es un libro sensato acerca de un tema ridiculo. y un ejemplo del principio que ilustra: que usar pedazos de la cultura que nos rodea para crear cosas nuevas es la base de la cultura, que es para eso que la cultura sirve. Cultura es aquello que usamos para comunicarnos.

El hecho de sernos presentado sobre la forma de un comic torna al asunto un poco menos abstracto, más concreto, y las personas del Duke Public Domain que producieron este libro no escribieron apenas un tratado sobre derechos de autor, sino que producieron también un sentido homenaje al arte de los comics.

Es un libro actual. leanlo, compártanlo . Enójense. Hagan algo. Documenten vuestro mundo.





jueves, 29 de julio de 2010

Breve guía hacia el dominio público en Argentina

Es un interesante trabajo de Beatriz Busaniche que además realiza un cuadro comparativo entre los diferentes bienes que tienen derecho de autor (fotografías, fonogramas, traducciones, etc. etc.).


martes, 25 de mayo de 2010

Las discográficas en España...Una catástrofe nacional


Hace poco hubo un Simposio de Políticas Públicas para Acervos Digitales, dejamos algunos videos subtitulados en nuestro humilde blog, ignoro si en otros lugares en español se le dió algo de repercusión al simposio.

Fue interesante, intentaré hacerle los subtítulos a algunas otras ponencias que hubo.

Ahora leo algo sobre las discográficas en España y como cuidaro o cuidan Dominio Público es como que se muriera o que queda todo desprotegido si lo protegen como se protege en España, esa es la catástrofe nacional no la caída de las ventas ni nada de eso, sino como cuidaron el patrimonio cultural que debería ser de todos....

Algo que escribiera Beatriz Busaniche a raíz de la extensión en 20 años más (en total son 70 ahora) del monopolio sobre los fonogramas:

"Sería importante que nuestros legisladores recordaran algunos principios importantes que hacen al bien común que deben defender desde sus bancas. El dominio público no es un mal ni es tierra de nadie: el dominio público es el acervo cultural de una Nación, es aquel espacio en el que ya nadie puede impedir a otros el acceso a la cultura. Para citar sólo algunos elementos importantes reconocidos en Naciones Unidas, la Declaración de Principios de la Cumbre Mundial de Sociedad de la Información , firmada por Argentina en 2003, dice...."





Luego de todo este preámbulo la nota en el diario El País de España, en la nota dice que el monopolio de los fonogramas son 50 años...Piensen que en la Argentina son 70!!! ..




Fuente El País de España

DIEGO A. MANRIQUE

Una catástrofe nacional



En el agrio debate sobre el presente y el futuro de las discográficas, un delicado asunto que nadie toca: su función como conservadoras del legado musical. Beneficiarias de unos privilegios medievales, las disqueras son propietarias absolutas de las grabaciones durante 50 años. Asumimos que, por su propio interés, se ocuparán de almacenar, catalogar y preservar la música, sin olvidar todo lo generado por ella: portadas, contratos, fotografías...

Y no. Más bien, muchas disqueras han destruido inconscientemente su patrimonio. Los traslados de Barcelona a Madrid, las absorciones por multinacionales, las mudanzas han tenido resultados catastróficos. Los archivos se dispersaron, fueron saqueados o terminaron en la basura. Literalmente, según Ricardo Pachón, productor de La leyenda del tiempo: "Tras grabar La leyenda, en 1979, preparamos el concierto de Barcelona, donde Camarón actuaba con Weather Report. Grabamos los ensayos en el estudio grande de Fonogram con una mesa de 16 pistas, en cintas de dos pulgadas. Ya muerto José, pensé en esos multipistas para la Antología inédita. Pasé días buscándolas y temí lo peor; que habían grabado encima. Hasta que alguien recordó una montaña de cintas de 16 y 24 pistas, que esperaban en el patio para ser llevadas a un vertedero. Y allí estaba Camarón, acompañado por Tomatito, Jorge Pardo, José Antonio Galicia...". Una garganta profunda del negocio puntualiza: "En realidad, las cintas de Fonogram se quemaron. Era el método más barato. Todo este problema deriva de que no existía una partida presupuestaria para cuidar los archivos".

Espacio había: las grandes discográficas solían tener sus sedes en la periferia de Madrid; allí convivían oficinas, almacén y (frecuentemente) estudios o fábrica. Pero, mucho antes de las actuales vacas flacas, se sometieron a brutales procesos de adelgazamiento. El downsizing provocó la jubilación (o despido) de las personas, autodidactas, que se ocupaban del inventario de grabaciones y de labores delicadas como el trato con la censura franquista. En muchos casos, no fueron reemplazadas.

Eso provoca hoy situaciones grotescas. Una discográfica independiente extranjera se dirige a una multinacional española ofreciéndose a reeditar, pagando las regalías correspondientes, tal disco de un grupo nacional de -digamos- los sesenta. La respuesta de la multi: imposible acceder a esa petición ya que no hay constancia de que aquel grupo fuera artista suyo; ni siquiera conservan una copia del vinilo original. El disco queda en un raro limbo: no se sabe quién es el propietario y publicarlo supone un riesgo. En otras ocasiones, sí conceden el permiso pero eso es exactamente todo lo que pueden aportar: un (caro) papel, ya que físicamente no tienen ni música.

Todo esto explica el lamentable nivel de las reediciones españolas. En otros países, se realizan constantes upgrades de discos históricos: se remasterizan, se complementa con maquetas, descartes o directos, se enriquece el cuadernillo con fotos y documentos. Imposible hacerlo en España: debido a una miopía asombrosa, todo se desechó. Con la llegada del CD, se digitalizaron las cintas de bobina. Ese proceso se hizo con parámetros -frecuencia de muestreo, bit rate- hoy superados. Pero es imposible repetir el proceso, con la tecnología actual: como las bobinas analógicas ocupaban tanto espacio, se prescindió de ellas.

¿Qué no seamos alarmistas? Las preguntas sobre los archivos rebotan contra un muro de silencio. Se dice que muchas compañías están haciendo un esfuerzo por reunir las grabaciones de los artistas más vendedores, aunque se usen soportes -disco duro, DVD- de incierta longevidad.

En otros casos, se aprecia un delito continuado de vandalismo cultural, fruto de una desidia inconcebible. Algunas discográficas españolas dejaban las cintas en depósito en estudios con los que trabajaban regularmente. Pero estos estudios se cierran y sus tesoros se evaporan. Perdón, esa metáfora resulta demasiado tibia: a veces, las cintas son víctimas de las mismas excavadoras que arrasan los edificios. No siempre se pierden: lo impiden técnicos o propietarios conscientes de su valor artístico, que saben que allí hay material inédito. A continuación, surgen enojosas cuestiones legales. Una bonita paradoja: los supuestos propietarios no quieren pagar los gastos de almacenaje y restauración pero prohíben que otros sellos publiquen las cintas.

Al borde del abismo, las angustiadas discográficas exigen hoy consideración de agentes culturales. Lo son, pero algunas todavía necesitan demostrar que entienden el concepto de custodia del patrimonio.




Y uno se pregunta: Si en España es así...., ¿En la Argentina será muy diferente?

Eso si, les damos 20 años más para que lo puedan destruir tranquilos y para que más y más obras queden huérfanas y así nadie quiera tocarlas y se pierdan...Total el Dominio Público siempre será peor..(para ellos).




Sobre las Obras Huérfanas

"Con este curioso nombre se hace referencia a aquellas obras que estando todavía protegidas por el derecho de autor es difícil, cuanto no imposible, identificar a sus autores para recabar la debida autorización para la explotación de la obra, ya sea porqué en el original o en la copia de la obra no aparece identificado el autor, o porqué aun cuando esté identificado es difícil la localización del titular (o titulares) de los derechos, que pueden haber ido variando, tras sucesivas cesiones, a lo largo del tiempo."


Nosotros les dimos 20 años más para que sigan destruyendo....



viernes, 14 de mayo de 2010

Para los que apuestan en Google.....

Fuente Milenio.

Nada detiene el apetito expansivo de Google. Recientemente Chris Palma, director de estrategia de esa empresa, dio a conocer que el servicio Google Editions será lanzado dentro de poco para que las personas puedan comprar copias digitales de los libros contenidos en ese nuevo servicio. Al mismo tiempo, permitirá a los proveedores minoristas de libros y a las tiendas independientes vender libros. Google Editions entrará así a competir con Amazon, Apple y Barnes and Noble.

Pero, mientras eso sucede, hace maniobras técnicas en su buscador para descatalogar las obras que ya no están protegidas por derechos de autor. Un caso lo enumeraba hace poco el investigador francés Philippe Quéau, quien refería que Google ha eliminado los enlaces para descargar obras de Adolf Von Harnack, uno de los más importantes teólogos alemanes del siglo XIX.

Hasta hace poco la obra más importante de Harnack, Historia de los dogmas, que ya es de dominio público debido a que su autor tiene más de 70 años muerto, estaba libremente disponible en internet, en versión en PDF convertida por Google. Pero desde hace unos cuantos meses en cualquier búsqueda que se haga de dicho teólogo en Google ya no existe ninguno de los vínculos activos que anteriormente daban acceso a su obra, y tampoco en Google Books se encuentran los enlaces donde se pueda aún descargar la obra. Quéau indica que únicamente una búsqueda más avanzada permite llegar a enlaces que todavía ofrecen el texto de Harnack.

Varias hipótesis pueden establecerse al respecto, pero en el marco del lanzamiento de su servicio de libros en línea hay que esperarse para ver si la desaparición de la obra del teólogo alemán en Google no se debe a que será comercializada por Google Editions. Si eso sucede, entonces se confirmará la idea de que Google quiere acaparar el mercado de la edición global e incorporar también las obras de dominio público.

Por eso lo sensato, como dice Quéau, es no depositar todo los huevos en el mismo cesto. Es decir, que los gobiernos, instituciones culturales, universidades, etcétera, no pongan todos sus libros en manos de Google, sino estimular la multiplicación de bibliotecas digitales, los graneros del conocimiento, los almacenes del pensamiento, e impedir que una empresa termine por monopolizar el grueso cultural de la memoria de las naciones.

Fuente Milenio.



Vamos a hacer la prueba entonces:

Ahora si se fijan dice que el material tiene derechos de autor....por lo tanto sólo una pequeña parte se puede visualizar y no se puede descargar nada.


Si buscamos en la wikipedia por Adolf Von Harnack.

"Adolf Von Harnack (Dorpat, Livonia, 1851 - Heidelberg, 1930). Teólogo luterano alemán."

O sea, murió en 1930 ya pasaron más de 70 años de su muerte.....

En la misma entrada dan su obra y , aparentemente, está escrita en alemán.

Busquemos ahora en alemán que hay:

Si al libro antes era fácil de encontrar...Ahora , en español, pareciera que no es tan así.


Y él dice que hasta 2007 estaba disponible en Google Books.....el libro que pertenece al dominio público y que Google había digitalizado.

Es un monstruo grande y pisa fuerte....

jueves, 4 de marzo de 2010

Podcast sobre Dominio Público

sábado, 27 de febrero de 2010

Cuestiones sobre el dominio público


Gracias a la Vida cantada por Mercedes Sosa


Lo leímos en Derecho a Leer.

Fuente Página 12.


La nueva ley no fija ninguna responsabilidad para los sellos respecto del material cuyo derecho invocan. Especialmente para aquellos discos que mantuvieron durante años fuera de catálogo.

Por Diego Fischerman

La Cámara de Diputados convirtió recientemente en ley un proyecto presentado por el Senado, que prolonga de 50 a 70 años los derechos de las compañías fonográficas sobre los discos que alguna vez editaron. La ley hace pensar, inmediatamente, en el triunfo de propietarios legales sobre inescrupulosos usurpadores, en la protección a las ediciones “oficiales” por sobre las “piratas” y, obviamente, en el respeto a la obra de los artistas en lugar del más salvaje de los saqueos. Y así fue festejada por destacados músicos. En los fundamentos se dice, por ejemplo: “Un caso claro y paradigmático es el primer álbum fonográfico interpretado por Mercedes Sosa, titulado La voz de la zafra, publicado en 1961, que caería en el dominio público en el inminente 2011, si la legislación no fuera modificada como aquí se propone”. Y, más allá del error en cuanto a los alcances de la ley anterior (el disco habría entrado en el dominio público en 2012, una vez que los cincuenta años desde su edición original se hubieran cumplido), el ejemplo propuesto por el senador José Pampuro es paradigmático, aunque por razones sumamente diferentes de las enunciadas.

Si el senador hubiera conocido algo sobre el tema, se habría percatado de que la nueva ley prolonga los derechos de la compañía que, precisamente, mantuvo ese disco fuera de catálogo durante la friolera de cuarenta y ocho años. Un período que, por otra parte, podría presumirse mucho más largo si la muerte de Mercedes Sosa no hubiera llevado a los directivos de Sony a rebuscar en su catálogo el único disco de esa cantante que había sido editado (y nunca vuelto a publicar) por RCA, de la que es actual propietaria. En los fundamentos se mencionan también los primeros discos de Sandro (parece que veían venir el negocio), de Palito Ortega y Violeta Rivas. El problema es que la ley, que nada tiene que ver con los derechos de autor, es la mera extensión de un contrato (un convenio entre dos partes) aunque, en este caso, con una sola parte contemplada. Es decir que no fija, para las casas discográficas que presionaron para retener los derechos sobre unos pocos títulos y artistas a los que asignan valor comercial, ninguna responsabilidad ni deber con respecto a ese material pero, sobre todo, a aquel que no reviste para ellos ningún interés pecuniario pero forma parte del patrimonio cultural de la humanidad.

No cabe mucha duda de que los sellos seguirán editando a Sandro, al Club del Clan y, dentro del tango o el folklore, a Los Chalchaleros, a Troilo, a D’Arienzo y alguno más. Pero, de no haber ninguna ley complementaria que establezca los deberes que esa extensión del derecho debería conllevar, las consecuencias de la ensalzada norma serán la desaparición del mercado de todo aquello que los sellos jamás quisieron reeditar. Sin una reglamentación complementaria, la nueva legislación derivará en la convalidación del derecho de las compañías a no editar determinados discos y en la imposibilidad de obtenerlos por parte de los potenciales interesados. Una somera evaluación de antecedentes revela, por ejemplo, que Universal, actual propietaria de Philips, nunca editó en CD la mayoría de los discos originales de Mercedes Sosa, mantiene fuera de catálogo el segundo volumen de la Historia del Tango por Astor Piazzolla, tiene inédito su Veinte años de vanguardia con sus conjuntos desde hace nada menos que cuarenta y seis años, y jamás publicó el Romance de la muerte de Juan Lavalle, de Eduardo Falú y Ernesto Sabato. EMI nunca editó en CD los discos originales del Sexteto Mayor y relegó las geniales grabaciones de Troilo para Odeón a un disco llamado From Argentina to the World, donde no se consigna absolutamente ninguna información y, para peor, de las 24 piezas registradas por la orquesta entre 1957 y 1959 incluyó, arbitrariamente, sólo 20. El dominio público es el de todos. El que acaba de refrendarse, si no se lo corrige de alguna manera, será el del perro del hortelano.





lunes, 15 de febrero de 2010

Sigmund Freud, autor em dominio público


Fuente, diario "O Estado de São Paulo"
Antes habíamos comentado que los libros de Sigmund Freud entraban en dominio público, una nota que nos dice qué consecuencias podría tener que ésos libros entren en dominio público:

Fuente, diario "O Estado de São Paulo"


A partir de este año, sus libros pueden ser traducidos sin ningún aval de los especialistas: ¿qué representará ésto?

Sérgio Telles

La propiedad intelectual está protegida por convenciones internacionales, a las que los países adhieren de forma variada. Una consecuencia importante de la propiedad intelectual es su cesación, momento en que la obra cae em dominio público, pudiendo ser libremente utilizada. En la mayoría de los países occidentales, las obras entran en dominio público 70 años después de la muerte de sus autores. O más exactamente a partir del 1º de enero (Día del Dominio Público) siguiente. En 2010, entra en esta condición la obra de 563 autores, entre ellos Freud, W.B. Yeats y Ford Madox Ford.

El tema del dominio público es de enorme relevancia y el advenimiento de internet lo hizo aumentar más todavía. La Web, hecho inédito en la historia de la humanidad, permite a un gran número de personas el acceso gratuito a la información y al conocimiento.

Con la entrada en dominio público de la obra de Freud, cualquier editorial puede realizar nuevas traducciones sin pagar derechos de autor y, sobre todo, sin ningún tipo de control o supervisión, como ocurría hasta ahora, cuando las instituciones psicoanalíticas ponían su firma en determinadas casas editoriales y traductores, configurando las "versiones autorizadas".

Y es justamente aquí que reside el nudo del problema. ¿Como quedaría la lectura descontextualizada de los escritos de Freud? ¿Hasta qué punto traducciones descuidadas corromperían un acervo de inestimable valor? ¿Cómo preservar el complejo edificio teórico que Freud nos legó sin momificarlo en dogmas? ¿Seria necesario un "nihil obstatur" y un "imprimatur" de las instituciones, partiendo del hecho de que la producción freudiana, para ser plenamente comprendida, necesita ser leída de forma cronológica, ya que los conceptos se modifican y reorganizan con el transcurrir el tiempo?

La obra de Freud, escrita en alemán, fue traducida del original y publicada integralmente en apenas otras cuatro lenguas - inglés, italiano, español y japonés. En los casi otros 60 idiomas en que tuvo sus textos publicados, Freud fue traducido no del alemán y sí del inglés, principalmente de la famosa Standard Edition, de James Strachey, publicada entre 1943 y 1974.

Vinculado al grupo Bloomsbury, del cual participaba Virginia Woolf, Strachey hizo una traducción extraordinaria, organizando un sistema de referencias cruzadas que permiten al lector seguir la evolución de los conceptos. Strachey también substituyó términos habituales de la lengua alemana por neologismos como "catexia", "ego", " id", etc. En semejante equívoco incurriría el equipo liderado por Jean Laplanche en Francia, que afirma que Freud habría usado no la lengua alemana y sí un "freudianés", un idioma especial, llevando al grupo a crear neologismos para dar cuenta de tales supuestas peculiaridades. La psicoanalista e historiadora del psicoanálisis Elizabeth Roudinesco critica tal decisión y dice que Laplanche está produciendo una "versión patológica de la obra freudiana".

Tales distorsiones son comprensibles. Maestro de la lengua, Freud recibió el Premio Goethe, mayor honra para los escritores de lengua alemana. Su obra está escrita en un alemán corriente, accesible a cualquier lector culto. Sin embargo, al ser llevada a otras lenguas, su rico lenguaje les parece a los traductores dejar poco "serias" algunas construcciones teóricas, haciéndolos realizar formulaciones mas "técnicas", juzgadas por ellos más adecuadas para presentarlas al mundo "científico".

Estas distorsiones son sintomáticas, mostrando como el estatuto de la obra escrita de Freud refleja las ambigüedades del lugar que el propio psicoanálisis ocupa en el campo del saber. ¿Literatura o texto científico? ¿Arte o ciencia? ¿Cuál es el carácter de cientificidad del psicoanálisis? ¿Cómo medir la veracidad de sus conceptos, sus resultados terapéuticos? Estas son cuestiones epistemológicas que ya preocupaban a Freud y que permanecen como de máxima importancia. Sabemos que el psicoanálisis produce conocimiento, sus hipótesis teóricas tienen coherencia interna, pero - como era de suponerse, en función de la materia con la cual trabaja: la singularidad del psiquismo y la sensibilidad - su práctica no puede ser mensurable o replicable como en las ciencias naturales.

Tal vez sin el enyesamiento institucional y el peso de las versiones "oficiales", los lectores se sientan menos intimidados para aproximarse a Freud, pudiendo así descubrir la belleza de su estilo, la fluidez de su discurso, la fuerza convincente de su argumentación. Al contrario de lo que ocurre con los textos de algunos de sus discípulos, como Melanie Klein y Jacques Lacan, la obra escrita de Freud es de una claridad cristalina, establece un permanente diálogo con el lector, logra despertar su curiosidad intelectual y lo acompaña placenteramente en el avanzar de su razonamiento.

Como muestra de la forma transparente y pedagógica con la que compuso su obra, Freud tenía el mayor interés en tornarla accesible a todos, en divulgar su pensamiento. Con este explícito objetivo, escribió varios textos, como las Cinco Lecciones de Psicoanálisis, conferencias pronunciadas em 1909 en Clark University (Estados Unidos); el berbete "Psicoanálisis" para la Enciclopedia Británica (1926) y las 35 Conferencias Introductorias (1917 y 1932).

Aún hoy algunos temen que la divulgación del psicoanálisis lo haya banalizado o superficializado. Vemos que no es lo que pensaría el mismo Freud. Es preferible la divulgación del conocimiento, incluso corriendo el riesgo de la vulgarización, que retenerlo y dejar prevalecer la ignorancia y el desconocimiento.

Que las futuras traducciones reúnan nuevos amigos para Freud, reforzando la defensa de su pensamiento permanentemente atacado por haber mostrado la dimensión inconsciente del psiquismo, haciendo con ésto desmoronar certezas hasta entonces tenidas como inquebrantables.

Sérgio Telles es psicoanalista y escritor, autor de O Psicanalista Vai ao Cinema I e II (Casa do Psicólogo), entre otros libros.


lunes, 25 de enero de 2010

Qué podría entrar en dominio público pero no lo hará...


Fuente Blog P2P
Por Tatiana de Mello Dias

En 2010, la tapa de la primera edición de Playboy, con Marilyn Monroe, entraria en dominio público. Estarían libres, también, todo lo que fue producido en los EUA en 1953.

Estarían si valiesen las antiguas leyes de copyright de los EUA. Hasta 1978, las leyes de los EUA determinaban un plazo máximo de 56 años para el copyright. O sea: todo lo que fue producido hasta 1953 ya sería libre. Imagínenselo…

Hasta 1978, la ley de derechos de autor en los EUA establecía el copyright por 28 años, renovábles por otros 28. O sea: como máximo, 56 años de protección.

Pero las leyes fueron endureciéndose con el tiempo. En 1978, entró en vigor el Copyright Act, ley que aumentó la protección de las obras: a partir de entonces, las obras caerían en dominio público sólamente luego de 50 años de la muerte del autor.

En 1998, la ley aumentó el plazo a 70 años de la muerte del autor. Mucho más: todas las obras producidas entre 1950 y 1963 tuvieron el plazo de copyright aumentado a 95 años a partir de la fecha de publicación. Esta regla vale para las obras cuyos dueños son corporacones.

(Vale un paréntesis: esta ley de 1998 es conocida como Sonny Bono Act, por causa de su autor (el mismo, Sonny Bono, ex-marido de la cantora Cher). Pero Lawrence Lessig, por ejemplo, prefiere llamarla Mickey Mouse Protection Act, porque la ley extendió la protección de los personajes de Walt Disney. Con esa ley, nada entrará en dominio público en los EUA hasta 2019).

Volviendo a las obras de 1953: el Centro de Estudios de Dominio Público de la Universidad de Duke hizo un compilado de las obras que podrían – pero no van – a estar libres este año.



En ese año, además de la tapa da Playboy con Marilyn Monroe, caerían en dominio público, por ejemplo, el libro Nueve historias, de J. D. Salinger. Las películas Peter Pan, de Disney, y Julio César, con Marlon Brando (arriba), también, así como las canciones “Young at Heart”, de Frank Sinatra, y “C’est Magnifique”, de Cole Porter. E incluso el estudio sobre el descubrimiento del DNA, publicado en Nature en 1953.

Para que todas estas obras entren en dominio público, no será preciso esperar por lo menos hasta 2049.

¿Quién gana con ésto?


Manifiesto por el Dominio Público

Fuente Blog P2P por Tatiana Mello de Días.
¿Cómo funciona el dominio público hoy? Cada país tiene su legislación. En general, las obras están protegidas por muchos años después de la muerte del autor. A quién le interesa, por ejemplo, ¿que el estudio sobre el descubrimiento del DNA sea protegido por copyright? ¿Tiene sentido privar a las personas el acceso a esta información?

Para el grupo europeo Communia, que estudia el tema, el dominio público precisa ser urgentemente revisto.

Con los cambios tecnológicos y en la sociedad, es necesario tener mecanismos que garanticen a la sociedad el libre acceso a la información. Son estas obras libres que servirán de base para nuevos conocimientos y creaciones.

Para ellos, garantizar el acceso a las obras en dominio público es fundamental en las áreas de educación, cultura, ciencia e información – cuanto mayor el acervo común, mayor la base de creación para futuras obras.

El manifiesto recién lanzado propone las siguientes reglas para orientar el dominio público en el mundo:

1. El dominio público es la regla, la protección de los derechos de autor es la excepción.

2. La protección de copyright debe durar sólo el tiempo necesario para alcanzar un equilíbrio razonable entre (1) la protección para recompensar al autor por su trabajo intelectual, y (2) la salvaguarda del interes público en la divulgación de la cultura y el conocimiento.

3. Lo que está en domínio público debe permanecer en el Dominio Público.

4. El utilizador legítimo de una copia digital de una obra en dominio público debe ser libre para (re) utilizar, copiar y modificar este trabajo.

5. Contratos o medidas técnicas de protección para restringir el acceso y reutilización de obras en dominio público no deben ser aplicados.

  • Prerrogativas de los usuarios:

1. La renuncia voluntária de los derechos de autor y el intercambio de obras protegidas son ejercicios legítimos de exclusividad de derechos autorales.

2.
Las excepciones y limitaciones al derecho de autor y los regímenes de uso justo y negociación justa deben ser bien aplicados en la legislación de forma a garantizar la eficacia del equilíbrio fundamental entre los derechos de autor y el interés público.

  • Recomendaciones generales:

1. El plazo de protección de los derechos de autor debe ser reducido.

2. Cualquier cambio en las reglas de protección de los derechos de autor (incluyendo cualquier nueva definición de material susceptible de ser protegida o la ampliación de derechos exclusivos) precisa tener en cuenta los efectos sobre el dominio público.

3. Cuando el material sea considerado de domínio público estructural en su país de origen, debe ser reconocido como parte de la estructura de Dominio Público en todos los otros países del mundo.

4. Cualquier tentativa falsa o engañosa de apropiación indebida de material de dominio público debe ser legalmente castigada.

5. Ningún derecho de propriedad intelectual debe ser usado para reconstituir la exclusividad sobre material de dominio público.

6. Debe haber un camino práctico y eficaz de disponibilizar “obras huérfanas” y trabajos publicados que no están mas disponibles comercialmente para su reutilización por la sociedad.

7. Instituciones de patrimonio cultural deben tomar para sí un papel especial en el registro eficiente y en la conservación de las obras en dominio público.

8. No debe haber obstáculos jurídicos que impidan el intercambio voluntario de obras o la dedicación de obras al dominio público.

9. El uso personal y no comercial de obras protegidas debe en general ser posible, y modos alternativos de remuneración para el autor deben ser explorados.

Ya firmaron el manifiesto varias organizaciones que lidian con el tema en el mundo, como Creative Commons, el Centro de Estudios de Dominio Público de los EUA y el Centro de Tecnologia y Sociedad de la FGV-RJ.

Todo el manifiesto en español desde el site del Manifiesto del Dominio Público:




Comentario:

Algo importante que nos afectó en la Argentina fue que cuando ampliaron a 70 años (antes eran 50) el monopolio sobre los fonogramas las grabaciones muchos lugares que habían subido fonogramas que estaban en dominio púlbico tuvieron que retirarlos.

Una de los sitios más afectados fue el de la Wiki que tuvo que ver uno por uno si algunas de las antiguas grabaciones que estaban ahí habían dejado de estar en el domnio público.

Piensen en una obra que tenía 55 años ya de grabada, según la ley anterior era dominio público por lo tanto podía "colgarla" en un site sin miedo, con la nueva ley que los amplió a 70 ya no podía hacer eso.....

Por eso es importante esta cláusula:

Lo que está en domínio público debe permanecer en el Dominio Público.

jueves, 21 de enero de 2010

Día del Dominio Público y Qué entró en Dominio Público en el 2010

Sigmund Freud que entra en dominio público ese año.

Fuente Partido Pirata de Brasil.

Tomado del Blog P2P de "O Estado de São Paulo"


Toda la obra de Sigmund Freud entró en dominio público en la exacta entrada del 2010.

El primer día del año, se festeja el “Día del dominio público“, cuando muchas obras son liberadas de los derechos de autor.

En la mayoría de los países, la legislación de derechos de autor determina que las obras sean de dominio público luego de un período de 70 años de la muerte del autor.

Además de Freud, otras 562 personas que murieron en 1939 tuvieron sus obras colocadas en domino público a comienzos de 2010. Eso significa que ahora puede, por ejemplo, descargar un libro de cualquiera de ellos sin infringir ningun derecho de autor.

Aqui está la lista de todos los autores que entran en dominio público este año.

Notará que no hay ningun autor de los EUA en esta lista – pero eso es un asunto para otro post.

Una observación: en la lista no es posible hacer download de las obras. Es sólo una referencia para que ud. sepa: si se encuentra con algo de cualquiera de esos autores, puede bajarlo sin infringir ningun derecho de autor. No todos los autores de esta lista tienen obras digitalizadas. Pero algunos de Freud están: aqui está La Interpretación de los Sueños, en inglés.

Tomado del Blog P2P de "O Estado de São Paulo"



Pensar que en las justificativas del Canon que paga la Universidad de Buenos Aires a Cadra está la protección a las obras de Freud....