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viernes, 17 de agosto de 2012

La Guerra en la Computadora de Uso General ha comenzado - Defendamos nuestra fortaleza!

Esta es una nota de opinión, no refleja el pensamiento del Partido Pirata Argentino
Si quieren conocer más sobre el Partido Pirata Argentino visiten su blog oficial!!!




Cory Doctorow decía en una conferencia [1] que las próximas batallas serán por tomar el control de nuestras computadoras o de todos los aparatos que lleven algún tipo de chip incorporado. Así podrían saber qué uso le estabamos dando a ese aparato y bloquear algunos posibles usos no deseados (por ellos).

Cory daba como ejemplo que él es de la generación que creció con walkmans y, posteriormente, con I-Pods así que no sería extraño que dentro de algunos años tuviera que usar audífonos o algún otro tipo de aparato para poder escuchar mejor. Su duda es:
  • ¿Quién más tendrá acceso a eso que él está escuchando? y , si llegado el caso escucha algo inconveniente o se dicen palabras prohíbidas:
  • ¿Su aparato de audífonos sería capaz de bloquear esas palabras?.
En la conferencia [1] da muchos más ejemplos.



Mi escaramuzas en la Guerra en la Computadora de Uso General:

Acá va mi experiencia con algo cercano a todos, por lo menos si están leyendo esto a través de Internet, lo que a mi me pasó (y pasa) cuando pasé de usar una máquina con Windows XP a Windows 7

Una pequeña aclaración para los amigos del Software Libre:

Usar Windows es un pecado, ya lo se, pero, muchas veces, uno se ve obligado a hacerlo. Puede ser por muchos motivos, porque no sabe usar otro sistema operativo, porque usa una máquina donde ya viene instalado windows, porque compró una notebook y ya vino con ese (u otro) sistema operativo, etc. etc..

En mi caso, para que los amigos del software libre me perdonen, el tema vino porque esa máquina me la dieron en la empresa, y era la que más usaba.

Al cabo de varios años de usar esa notebook llegó la hora del recambio y así pasé de Windows XP a Windows 7.

Ahí noté que había perdido varias batallas dentro de mi computadora de uso general. Paso a explicarlo

(tal vez los amigos del software libre y los que saben mucho lo verán como algo obvio, no fue así en mi caso....A veces siento que los amigos del software libre están agazapados para juzgarte, pero eso sería para otro post, no para este :-0):
      • Con Windows XP podía grabar el sonido que reproducía mi computadora. Si escuchaba un programa de radio a través mi máquina podía grabarlo. Era muy cómodo para compartir programas de radio, entrevistas , etc. etc.. Cuando pasé a Windows 7 y quise hacerlo me encontré con que tenía que meterme con el software de mi placa de sonido, configurar algo ahí, etc. etc..
        Algo bastante difícil para un usuario sin muchos conocimientos...
        Dejé de grabar y compartir los programas de radio o entrevistas que me gustaban. Cuando me puse a averiguar el porqué me encontré con que Microsoft había hecho eso para que no se grabara material con derechos de autor!!!
        No es que fuera imposible grabar lo que se está escuchando a través de la computadora, es que se hizo más difícil.Acá explican que es posible hacerlo, no lo probé.
        Pero si se fijan en los comentarios verán que para muchos no fue una solución.

        • Con Windows XP era muy fácil encontrar lo que estaba en la memoria caché de Firefox o IE dentro de mi máquina.
          Explicación no técnica:
          Cuando estamos viendo un video en youtube (u otro reproductor de videos) que no esté transmitiendo en vivo sino un video que está alojado en youtube, por ejemplo, el video se va copiando en nuestra máquina en una sección llamada memoria caché cuando quería guardar algo transmitido así había un truquito era poner a reproducir el video, esperar a que se reprodujera todo en nuestra máquina, no salir de la página donde estaba el video y luego buscarlo dentro de nuestra máquina en esa sección llamada Memoria Caché. Había que buscar los archivos temp que eran más pesados o los que tenían la última fecha para luego desbloquearlos, pasarlos a formato .flv para verlos.
          También se podía hacer con archivos de sonido.En Windows XP era más o menos fácil encontrar esos archivos, desbloquearlos (estaban bloqueados porque supuestamente estaban siendo reproducidos en Firefox o IE) y copiarlos a algún otro directorio de nuestra máquina.Así se podía rescatar lo que habíamos visto y así luego almacenarlo, verlo en otro momento, etc. etc..Requería un poco de paciencia, pero no es muy difícil.Con Windows 7 buscar dentro de la memoria caché de Firefox o IE se hizo mucho más complicado, creo que muy pocas veces conseguí hacerlo.

      • Ahora me encuentro con que Google bloqueó o de alguna manera trabó el uso del complemento Download Helperque era muy cómodo para descargar videos que estuvieran en Youtube u otros sites (Dailymotion, Vimeo, etc.). En los otros sites se pueden bajar los videos, en Youtube se traba...Se traba si usan Windows 7 .Si usan Windows XP u otro sistema operativo todavía se pueden descargar videos de ahí.Yo mismo hice la prueba con Windows 7 y con Windows XP con uno no funcionó, descargaba un archivo de cero bytes, con el otro si lo hizo.En el foro de Download Helper encontrarán muchos otros testimonios diciendo que el complemento no está funcionando [2] acá encontraron una solución al problema de Download Helper
Finalizando:

Tres ejemplos de batallas perdidas en la guerra, perdidas contra los que defienden el copyright y contra Microsoft que está bloqueándome los usos de mi máquina.
      • ¿Por qué tienen que decirme que no puedo grabar el sonido que circula a través de mi máquina?
      • ¿Por qué no puedo acceder a lo que se fue copiando en mi máquina cuando estoy asistiendo a un video o un audio que no se esté transmitiendo en vivo?
      • ¿Por qué dejan de permitirme usar un complemento que en otros sistemas operativos, por ahora , funciona?
Y así siguiendo. Lo triste de todo esto es que quien ingresa al mundo digital con Windows 7 o quien no usaba esas opciones en otros sistemas operativos no sabrá de qué estamos hablando.
Tampoco lo comprenderá un usuario de software libre que nunca sufrió con estas restricciones.

Y muchas veces quien no sufrió esas restricciones no entiende o no te cree o ambas...Te dice:
      • Pero si a mi me anda perfectamente!!!! [3]
O usa un lenguaje y te da una explicación que se te hace incomprensible del tipo:
      • -Instalá el xproas 2.0 en el puerto xlakas y luego corré el programa Cckasla. 5 y ya está!!! [3]
Y el usuario común con poco conocimiento de computación se queda totalmente confuso y , en muchos casos, pierde no solo la batalla sino la guerra.

¿Entonces?

En mi caso personal la máquina que uso es de la empresa, viene con Windows 7 así que esperaré a que la empresa me la de definitivamente para así poder instalarle software libre y así evitar tantas restricciones artificiales que le imponen los que quieren tomar el control de ella.

En otros casos les aconsejaría que intenten instalar un sistema operativo libre para que la guerra final sea vencida por nosotros. Sino estaremos perdiendo la guerra y los usos de nuestra computadora quedarán cada vez más restringidos.
Una lectura recomendada para los amigos del Software Libre y los que saben mucho de computación:


[1] Conferencia de Cory Doctorow "La Inminente guerra en la computadora de propósito general
[2] Foro de Download Helper en Mozilla
[3] Los Nerds y la Política



Si alguien quiere hacer una sección tipo:
Instalando Software Libre para colonizados por Windows, con paciencia, sin tratar al usuario de Windows como un recontra idiota y con humildad....Podemos abrir una sección para ese fin.
Si no encontramos a nadie que quiera abrir y mantener esa sección...Seguiremos perdiendo la batalla.

jueves, 14 de junio de 2012

Para presentar ante la toma compulsiva de datos biométricos-Aeropuerto de Ezeiza, AFIP, otros






Si quieren descargar el archivo mp3.

Acá hablabamos con Ramiro Álvarez Ugarte sobre lo que le sucedió a él al ingresar al país vía Ezeiza.



En el blog oficial al cual no podemos acceder por ahora, está el escrito que él presentó. 
 
German nos envía una nota para presentar cuando nos exijan la toma de nuestros datos biométricos:
 
 La nota dice:

*Lugar y fecha*



            Manifiesto respetuosamente disconformidad con la toma
obligatoria de datos biométricos y, por ello, me someto a la misma bajo
protesta.

            El sistema de identificación biométrica fue creado por el
decreto del Poder Ejecutivo Nacional nro. 1766 del año 2011, limitando de
forma inconstitucional mis derechos, en violación de lo dispuesto en los
artículos 1, 14, 19 y 28 de la Constitución Nacional.

            Considero, además, que la toma compulsiva de estos datos
constituye una injerencia arbitraria en mi vida privada, violatoria de la
Constitución y de tratados internacionales. Así, dejo a salvo, mediante la
presente, cualquier acción judicial que me corresponda para mejor proteger
mis derechos.



            *Nombre y apellido*

            *DNI (si lo desea)*
 
Si quieren descargar el escrito en formato pdf

Tratemos de entre todos resistirnos a SIBIOS y toda la recolección abusiva de datos por parte del Estado.

¿Para qué quiere el Estado saber tanto de nosotros?

¿Qué pasaría si una nueva dictadura se instaurara en la Argentina y tuvieran acceso a toda esa información?

Gracias a German por la nota, estemos informados, coordinemos acciones, es importante resistir!

jueves, 10 de diciembre de 2009

Avellaneda: Se aprobó una ordenanza que prohíbe el uso de agroquímicos en las vías del ex Roca

Fuente Infosurdiario y Patricia Isabel Roccatagliata

Según explicaron los impulsores ¨esta presentación no fue azarosa ni caprichosa, sino que se debió a que el propio titular de la empresa Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia (UGOFE), administradora de la línea antes mencionada, Eduardo Montenegro, reconoció la aplicación de glifosato en los 197 kilómetros que tiene la concesión¨.


El Concejo Deliberante de Avellaneda aprobó por unanimidad el proyecto de ordenanza presentado e impulsado por el Foro de Salud y Medio Ambiente de Avellaneda, junto con otras organizaciones hermanas, para prohibir el uso de agroquímicos en las tareas de desmalezamiento que se llevan a cabo en las vías y terrenos del ex Ferrocarril Roca.
¨El consiguiente peligro que eso conlleva para la salud de los habitantes cercanos¨, fue el principal argumento del Foro.
Según explicaron los impulsores ¨esta presentación no fue azarosa ni caprichosa, sino que se debió a que el propio titular de la empresa Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia (UGOFE), administradora de la línea antes mencionada, Eduardo Montenegro, reconoció la aplicación de glifosato en los 197 kilómetros que tiene la concesión¨.
¨Este logro sirve para reafirmar que la única lucha que se pierde es la que se abandona (o la que no se da). Y que la unidad de las organizaciones del campo popular hace menos difícil el camino¨, explicaron.
En cuanto a los agradecimientos por el proyecto aprobado, indicaron que ¨los compañeros que nos acompañaron e hicieron posible que se votara esta ordenanza. Un especial reconocimiento para el compañero Javier López Martínez, quien en su último día como concejal de la Coalición Cívica presentó el proyecto y logró que sea tratado sobre tablas en la última sesión del año del Concejo. Y al Espacio Oikos, quienes presentaron un proyecto similar en Lanús y colaboraron con la presentación en Avellaneda¨.
Y agregaron que ¨a partir de ahora no hay que bajar los brazos, hay que mantenerse alerta para que se cumpla la norma. Y seguir luchando para mejorar la calidad de vida de toda la ciudadanía, erradicando de raíz todas las causas de la contaminación ambiental que pone en riesgo nuestras vidas¨.


Así no vamos a poder seguir haciendo "Turismo Rural" en Buenos Aires y alrededores...

El texto de la ordenanza:

PROYECTO DE ORDENANZA

NO USO DE AGROQUIMICOS EN TAREAS DE DESMALEZAMIENTO


Visto:

Que la Constitución Nacional, en su artículo 41, establece que “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.”

Que la Constitución Provincial, en su artículo 28, establece que “En materia ecológica deberá preservar, recuperar y conservar los recursos naturales, renovables y no renovables del territorio de la Provincia; planificar el aprovechamiento racional de los mismos; controlar el impacto ambiental de todas las actividades que perjudiquen al ecosistema; promover acciones que eviten la contaminación del aire, agua y suelo...”

Que el Estado Argentino es uno de los firmantes del Convenio sobre Diversidad Biológica elaborado durante “la Cumbre de la Tierra” realizada en Río de Janeiro en 1992; que por lo tanto posee rango de principio constitucional y en la que se consagra:

“” […]
Preámbulo:

“Observando también que cuando exista una amenaza de reducción o pérdida sustancial de la diversidad biológica no debe alegarse la falta de pruebas científicas inequívocas como razón para aplazar las medidas encaminadas a evitar o reducir al mínimo esa amenaza”
“Observando asimismo que la exigencia fundamental para la conservación de la diversidad biológica es la conservación in situ de los ecosistemas y hábitats naturales y el mantenimiento y la recuperación de poblaciones viables de especies en sus entornos naturales” […]
Art. 8
Inc. c) “Reglamentará o administrará los recursos biológicos importantes para la conservación de la diversidad biológica, ya sea dentro o fuera de las áreas protegidas”. Inc. I) “Cuando se haya determinado, de conformidad con el artículo 7, un efecto adverso importante para la diversidad biológica, reglamentará u ordenará los procesos y categorías de actividades pertinentes; hará garantizar su conservación y utilización sostenible”. […]
Art. 14
Inc. a) Establecerá procedimientos apropiados por los que se exija la evaluación del impacto ambiental de sus proyectos propuestos que puedan tener efectos adversos importantes para la diversidad biológica con miras a evitar o reducir al mínimo esos efectos y, cuando proceda, permitirá la participación del público en esos procedimientos […]”
Que la ley nacional 25.675 establece en su artículo 4º el principio de prevención, según el cual “Las causas y las fuentes de los problemas ambientales se atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir”, y el principio precautorio, según el cual, “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente.”
Que la ley 11.723 de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 1º toma como objeto “la protección, conservación, mejoramiento y restauración de los recursos naturales y del ambiente en general en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, a fin de preservar la vida en su sentido más amplio; asegurando a las generaciones presentes y futuras la conservación de la calidad ambiental y la diversidad biológica”, comprendiendo dentro de esta definición el derecho a la salud de sus habitantes.

Que la ley provincial 11.723 dispone en su artículo 55 inc. f el fomento de uso de métodos alternativos de control de malezas y otras plagas a fin de suplir el empleo de pesticidas y agroquímicos en general.

Que los antecedentes legales citados demuestran la necesidad de regular el uso de productos químicos de la producción agropecuaria para utilizarse en zonas urbanas y/o allí donde su uso podría representar un perjuicio para la vida humana y el medio ambiente.

Que el Decreto 499/91 – Ley 10.699 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, que regula la producción y distribución de agroquímicos y/o plaguicidas, establece sobre Empresas de aplicación terrestre lo siguiente:
”Art. 34º.-Las empresas que se dediquen a la aplicación terrestre de agroquímicos con fines comerciales en el territorio de la provincia de Buenos Aires, deberán dar cumplimiento a las siguientes disposiciones:
1. Los equipos de aplicación terrestre no podrán circular por centros poblados. En casos de extrema necesidad, podrán hacerlo sin carga, limpios y sin picos pulverizadores.
2. La realización de los tratamientos de control de plagas en el radio urbano deberá contar con autorización del organismo municipal competente y con la receta agronómica correspondiente.”

Que en declaraciones al diario Clarín Zonal Avellaneda-Lanús del 22 de octubre de 2009, el señor Eduardo Montenegro, titular de la empresa Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia (UGOFE), administradora de la ex línea General Roca, reconoció la aplicación de glifosato en los 197 kilómetros que tiene la línea.

Considerando:

Que el Concejo Deliberante de Vicente López, el Concejo Deliberante de Lanús, y en varios Concejos Deliberantes de otros municipios lindantes se han presentado proyectos similares, sin perjuicio que en varios de ellos los Ejecutivos Municipales hayan iniciado acciones para evitar la utilización de estos agroquímicos.

Que ante la evidencia del uso de estos productos para desmalezar zonas adyacentes a las vías, por las empresas concesionarias del ferrocarril o sus contratistas, en los mencionados municipios se ha avanzado en la reglamentación sobre “uso de agroquímicos en el control biológico de pastizales”.

Que nuestro municipio forma parte de la misma región metropolitana, altamente urbanizada y con la ocurrencia de la misma situación; y que por lo tanto redundaría en una mayor eficacia la adopción de medidas similares con carácter preventivo teniendo presente el resguardo de la salud de la población.

Que en el Partido de Avellaneda se verifica la existencia de una importante superficie ferroviaria, gran parte de ella utilizada como playa de maniobras, por lo cual asume mayor potencial el impacto negativo sobre la población adyacente, en vista de la alta densidad poblacional existente en los bordes de estas trazas.

Que por lo tanto todo uso que se haga dentro de cualquiera de estos predios, de sustancias dañinas para la salud humana impacta de un modo directo sobre la población local y sobre las especies de flora y fauna de interés para conservar, máxime con la utilización de un herbicida de amplio espectro como lo es el glifosato.

Que ante la posibilidad que el uso de agroquímicos por parte de algunas empresas con el fin de desmalezar sus predios, requiere del correspondiente ordenamiento de esta administración.

Que además de lo ya expresado, si en reemplazo de dichos productos, se realizaran las tareas de control de hierbas de modo manual y/o mecánico, esta actividad sería más sustentable ambientalmente y contribuiría a la conservación de numerosos puestos de trabajo.

Que, sin perjuicio de lo expresado y como es sabido, la presencia de vegetación adecuada en grandes superficies garantiza una favorable escorrentía del agua de lluvia mejorando las condiciones de drenaje natural, evitando la sobrecarga del sistema de desagüe pluvial, y asimismo morigera los procesos de lixiviación disminuyendo la contaminación de las aguas subterráneas y la erosión de los suelos por inadecuada evotranspiración, así como también la presencia de vegetación en estos espacios contribuye a la mejor regulación de las condiciones climáticas urbanas, moderando el efecto denominado “isla de calor”, con el consiguiente ahorro de energía.

En consecuencia de lo expuesto, las siguientes organizaciones: Foro de Salud y Medioambiente de Avellaneda, Espacio Oikos-Ecosur, Asociación Civil Ambiente Sur, Foro Regional en Defensa del Río de La Plata y Medio Ambiente, Asociación Civil Vecinos de Villa Corina por un Futuro Mejor, Agrupación Clasista Luis Pons, Agrupación “Del Corazón”, Asamblea de Wilde, Central Popular de Lucha, Instrumento Electoral para la Unidad Popular, Encuentro por la Democracia y la Equidad, Movimiento Libres del Sur, Partido Comunista de los Trabajadores
elevamos a vtra. consideración el presente

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º- Es objeto de esta Ordenanza asegurar la protección de la salud humana y del medio ambiente, en lo que respecta al uso de agroquímicos en el control biológico de espacios verdes dentro del territorio municipal.

Articulo 2º- Prohíbese la aplicación de agroquímicos para la eliminación de pastizales y otras especies vegetales en todos los predios ubicados en el Partido de Avellaneda, ya sean de dominio público o privado perteneciente al Estado Nacional, Provincial y/o Municipal y/o en predios de dominio privado de uso o acceso público.

Articulo 3º- El Departamento Ejecutivo a través de las secretarias correspondientes elaborara en un plazo de sesenta (60) días a partir de aprobada la presente, el proyecto de régimen de sanciones administrativas y económicas que correspondiere por su incumplimiento, de acuerdo a la normativa vigente, a fin de ser tratado por este Concejo Deliberante.

Articulo 4º - De forma.

Espacio Oikos-Ecosur: Gustavo Belucci
Foro de Salud y Medioambiente de Avellaneda: Ignacio Sabbatella, Gustavo Robles y Aníbal Benítez
Asociación Civil Ambiente Sur: Silvia Mozeris
Foro Regional en Defensa del Río de La Plata: Natalia Ratcheff
Asociación Civil Vecinos de Villa Corina: Nestor Saracho
Agrupación Clasista Luis Pons: Juan Enriquez
Asamblea de Wilde: Norberto Barolo
Central Popular de Lucha Avellaneda: Alejandro Blandi
Partido Comunista de los Trabajadores: Mariana Bosio y Laura Canosa
Instrumento Electoral para la Unidad Popular: Marcelo Fisicaro
Encuentro por la Democracia y la Equidad: Alberto Fernandez Arsuaga
Movimiento Libres del Sur: Leonardo Urrejola
Agrupación “Del Corazón”: prof Rosa Carmen Folin


sábado, 18 de julio de 2009

El Gran Hermano Kindle -Amazon te está vigilando


Si no sabe qué es "Kindle" vea el video que lo explica bien, está en inglés pero puede entenderse qué es "Kindle".Explica como se pueden comprar los libros directamente en Amazon con Kindle, lo que no dice es que Amazon los puede borrar del "Kindle" cuando quiere.



Fuente de la imagen Derecho a Leer.

En el New York Times encuentran, en inglés, un artículo sobre lo que pasó con los "Kindles" los dispositivos que comercializa Amazon para leer libros digitales.

Algo de lo que aparece en la nota del New York Times:

El viernes Amazon decidió borrar de todos los kindles que habían adquirido los libros de Orwell: 1984 y Rebelión en la Granja.

Los borró desde sus oficinas centrales, aparentemente Amazon mantiene el control sobre los dispositivos Kindle y de esa manera puede borrar, llegado el caso, archivos.

Algunos más en la nota:

  • " Drew Herdener, dijo en un mensaje de correo electrónico que los libros fueron agregados a la tienda Kindle de una empresa que no tienen derechos a ellos, utilizando una función de auto-servicio. "Cuando se nos notificó de ésto por el titular de los derechos, se eliminó la copia ilegal de nuestros sistemas y de los clientes' dispositivos, y se les devolverá a los clientes el importe"

  • "Justin Gawronski, un lector de 17 años de la zona de Detroit, estaba leyendo "1984" en su Kindle para una cesión de verano y perdió todas sus notas cuando el archivo desaparecido. "Ellos no sólo tomaron un libro de vuelta, sino que robaron todo mi trabajo", dijo.

  • "Si bien los derechos de autor de "1984" no expirarán hasta el 2044 en los Estados Unidos, ya ha vencido en otros países, como Canadá, Australia y Rusia. Sitios Web en esos países ofrecen copias digitales de los libros gratuitos para todos los que los visitan."



Imaginen que otros motivos para borrar un libro, como por ejemplo censura. El Gobierno de San Juan decide borrar de los dispositivos Kindle, por ejemplo, todo lo que cuestione su política minera...

O en épocas de dictadura que la autoridad sepa qué libros tenés en tu dispositivo Kindle...Da mucho miedo....

Enrique Dans escribe lo siguiente:


"Un ejemplo perfecto de cómo algo que parecía una muy buena idea, tener un dispositivo con acceso prácticamente inmediato a la mayor librería del mundo, puede convertirse en una idea absurda puesto en las manos equivocadas: ahora resulta que algo que has comprado de manera perfectamente legal puede desaparecer de tus manos cuando la tienda que te lo vendió lo decide unilateralmente. Completamente inaceptable e inexcusable. Amazon se va a llevar la del pulpo, y con toda la razón, por esto: antes debería haberse planteado hacer frente a la posible demanda de la editorial, que al menos la habría posicionado como una empresa que defiende a sus cliente, que hacer una cosa así. Un libro electrónico supone un salto de fe: la imagen mental que el cliente necesita hacerse para recurrir al objeto familiar que conoce y con el que homologa ese conjunto intangible de bits. Que ahora ese conjunto de bits pueda de repente desaparecer de una estantería que se vendía como más segura incluso que su contrapartida física (Amazon afirma que si pierdes el Kindle o se te estropea, puedes volver a acceder a todo lo que hubieses comprado desde la misma tienda) es algo que genera muchas dudas sobre la conveniencia de utilizar a Amazon como proveedor."





En Derecho a Leer dejaron esta entrada con el título Amazon 1984.

"El Ministerio de la Paz se ocupa de la guerra; El Ministerio de la Verdad, de las mentiras; el Ministerio del Amor, de Ia tortura, y el Ministerio de la Abundancia, del hambre. Estas contradicciones no son accidentales, no resultan de la hipocresía corriente. Son ejercicios de doblepensar."
George Orwell: fragmento de '1984'


Veinticinco años después de esa fecha imaginada por Orwell, la realidad sigue inspirándose en esta novela... El Agregado Cultural se ocupa de obstruir la difusion de la cultura; La Industria de la Música se ocupa de criminalizar a los melómanos; Los Editores de Libros se ocupan de perjudicar a las bibliotecas, y las Nuevas Librerías Digitales, de borrar libros a sus lectores. Estas contradicciones no son accidentales, no resultan de la hipocresía corriente. Son ejercicios de doblepensar...

Un incipiente escándalo recorre la red, Amazon, la tienda virtual mas grande del mundo, decidió entrar discretamente a las bibliotecas virtuales de sus usuarios, para borrar algunos libros. Estas bibliotecas se llaman 'Kindle', un dispositivo que utiliza Amazon para vender sus libros electrónicos. Aunque todavía no están claras las causas, el hecho es que una editora le pidió a Amazon que cancelara la comercialización electrónica de algunos sus libros, como '1984' o 'Rebelión en la Granja' (vaya paradoja), y los retirara del sistema. Fiel a la editora y no a sus usuarios, Amazon obedeció.

Kindle es una plataforma de comercialización intoxicada de DRM y con la filosofía de la nube, donde el usuario queda anclado y controlado por una red centralizada. Aunque el nucleo del sistema operativo de cada dispositivo es libre (gnu/linux), el resto es cerrado. La combinación entre DRM y red centralizada, le permite a Amazon controlar el acceso a los documentos: los libros que vende Amazon estan encriptados, y Amazon tiene la llave. En rigor el usuario no compra un libro, mas bien lo alquila. Cualquier semejanza con algunas profecías distópicas, no es ninguna coincidencia.

Las máquinas no construyen la Historia, lo hacen los hombres que construyen las máquinas. El salto cualitativo que implica pasar del libro de papel al libro electrónico es la posibilidad de copiar y multiplicar, no vigilar y castigar. La tecnología puede ser igual de efectiva en ambas orillas ideológicas, las decisiones no son técnicas, sino políticas.


Fuente Derecho a Leer.








viernes, 10 de octubre de 2008

sobre los juicios a Google y Yahoo en la Argentina





Hay un artículo de Will Thompson que es columnista de tecnología de la BBC en la radio y en el site, quien armó las páginas del diario inglés The Guardian, alguien importante.

Él dice que Google debería tener control del Estado entre otras cosas comenta:

Google sabe demasiado sobre nosotros. Sabe nuestros hábitos en Orkut (si estamos en ésta red), puede acceder a nuestros e-mails (si usamos Gmail); tiene ideas de cada búsqueda que hacemos, así sea en la más callada noche.

Nuestros secretos más íntimos los compartimos con Google. En sus bancos de datos están todas las búquedas que hicimos personalmente.

En 2006, Google decidió que el site alemán de la BMW estaba haciendo trampa para conseguir un lugar más arriba en el ranking de los sistemas de búsquedas. Entonces decidió castigarlo: nadie más encontraría la versión alemana de BMW online. En todo momento muchos intentan trampear a Google, cambiando la diagramación de las páginas, colocando palabras claves -a veces, mintiendo. Todo para salir bien arriba de la lista. Está bien que ellos castiguen a los tramposos. Pero veamos que, por otro lado: es mucho poder. Si Google decide, no sabemos bien por qué criterio, que alguien deba ser castigado de sus búsquedas, él lo será.

En ningún momento-ni en el caso de la punición a BMW- los muchachos de nuestro sistema de búsquedas favoritas parecieron actuar de mala fe. Pero, supongamos que se equivoquen.

Ser baneado en Google, es como ser borrado de Internet. El servicio que Google -y cualquier otra empresa de ese tipo- presta es tan serio, tan esencial a la sociedad, que debe ser reglamentado por el gobierno de la misma manera que la distribución de electricidad, seguros de salud, acceso a ondas de radio o sistemas de telefonía.

¿Quién fiscalizaría a Google en nombre de un gobierno ? ¿Quién analizaría sus líneas de código? Ellos tienen la mejor tecnología que existe y el mejor banco de datos. Bill Thompson tiene razón. No es una cuestión, aqué, de ser intervencionista. De considerar que el Estado deba meterse en los negocios de todo el mundo. Sólo es reconocer el hecho de que precisamos de una Vigilancia Sanitaria para garantizar que la lechuga que compramos en el súpermercado es fresca y la carne sin parásitos. Tal vez precisemos de un mecanismo para garantizar que Google, Yahoo!, Lycos y todos los similares no hagan nada con nuestros datos y no borren a nadie de la red sin que por lo menos sepamos el porqué. Internet todavía es joven!




Ahora en la Argentina el tema es diferente, hay varios juicios que se le están haciendo a Google y a Yahoo pero son para:

  • "Buenos Aires, Septiembre 5 de 2008. Por lo expuesto y toda vez que en el caso encuadra en lo dispuesto por el art. 50 del Trips-Gatt (ley 24.425) , creo procedente hacer lugar a la medida cautelar peticionada (...) Deberán los responsables de www.yahoo.com.ar y www.google.com.ar, en el plazo de dos días hábiles, bloquear cualquier tipo de información referida a la Dra. María Romilda Servini de Cubría...", ordena el documento del Poder Judicial al que tuvo acceso Criticadigital, firmado por el juez federal Marcelo Eugenio Wathelet."

  • O sea, lo que se quiere, al contrario de la causa de la BMW de Alemanía, es que no aparezca nada al tipear el nombre María Romilda Servini de Cubría en Google o en Yahoo, en Yahoo ya lo lograron, abajo verán la entrada al colocar el nombre de la jueza en Yahoo:


    Ahora si colocan Servini de Cubría sin el nombre aparece algo diferente (en yahoo):


    En el artículo de Crítica aclaran que si van a cualquier otra extensión de Yahoo, por ejemplo Yahoo Brasil y colocan la búsqueda igual que en el site de Argentina si se encuentra mayor información.


De la nota del diario Crítica:

"UN EJEMPLO QUE CUNDE. Servini de Cubría es parte de un trío de funcionarios públicos que presentaron esta medida ante la Justicia (también lo hicieron el juez de cámara Alfredo Romano y el fiscal Marcelo Horacio Miragaya) y de un grupo mucho mayor si se cuentan los personajes del deporte y la farándula (Diego Maradona, Sergio Goycoechea, Romina Gaetani y Susana Giménez, entre otros)."


En el mismo diario hay una entrevista al abogado de la jueza que aclara el panorama:

EL HOMBRE CONTRA EL GRAN MONSTRUO. Martín Leguizamón es el abogado que lleva adelante todas las causas contra los buscadores de internet. Al otro lado del teléfono, es humorista cuando quiere (hace bromas tales como: "Me siento como el abogado que le pasaba información a Julia Roberts en "El Informe Pelícano") e irascible cuando se cuestionan sus intereses. En conversación con Críticadigital, reivindicó sus victorias y confesó que se agranda cuando lo atacan.

- ¿Por qué se cita al artículo 50 del Trips Gatt en la medida, si es parte de un acuerdo comercial?

-
Ése es un error que quedó de referencia y no tiene nada que ver con el tema.

- Pero el fallo dice que "el caso encuadra en lo dispuesto" por ese artículo, ¿entonces es un error?

- La medida no se basa en ese artículo, mi demanda se basa en los artículos 14 y 33 de la Constitución Nacional, pero mi escrito es mío, estoy en mi derecho de preservarlo y yo mis escritos no se los doy a nadie.

- ¿Qué motivó a Servini de Cubría a solicitar esta medida cautelar?

- Habia muchísimos sitios que la injuriaban, todo tipo de blogs y páginas. Hubo tres audiencias de mediación a las que concurrimos y allí pedimos que se bloquearan los sitios, remitimos carpetas para que lo analicen, pero después se nos agotó la paciencia y nos pareció más fácil pedir esta medida.

-
¿No cree que esta medida coarta la libertad de expresión y el derecho a la información?

-
No, porque si alguien quiere entrar a los sitios directamente lo hace igual. Y si quieren leer cosas en serio que compren los diarios.

- ¿Y la gente que no puede comprar un diario qué hace?

- No sé, no me importa, pero tampoco tiene por qué leer los sitios que me injurian a mí, porque ahora yo también tengo un montón de blogs que se dedican a injuriarme. Tengo al gran monstruo atacándome permanentemente, pero no me importa, más me atacan, más me agrando. Además, si me atacan en los medios es porque en Tribunales les está yendo bastante mal.

-¿El gran monstruo es Google?

- Sí, claro.

- ¿Y piensa tomar alguna medida por las injurias contra su persona?

- Lo estoy evaluando con mis abogados.

-¿Por qué se toman las medidas contra Yahoo! y Google y no contra las páginas que injurian?

- Porque no sirve de nada tomar medidas contra las páginas, porque sin los buscadores a esas páginas no llega nadie, no las conoce nadie.

La conversación termina cordialmente, pero con cierta tensión por parte del abogado, que a los cinco minutos vuelve a comunicarse para aclarar:

- Estuve viendo el artículo 50 del Trips Gatt y habla sobre las imágenes, el derecho sobre la imagen que tiene una persona.

-
Pero un juez es un funcionario público: ¿Hay alguna imagen en internet que la muestre en su intimidad?

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No. Desconozco.



La cosa es simple, no le puedo hacer juicio a los blogs y otros lugares, se lo hago a Google y a Yahoo...Ya que sin ellos las personas no llegarán a ésos blogs o lugares que no hablan bien de la jueza.

También es verdad que Google y Yahoo tienen más dinero...




Según una nota del diario Perfil:

Los buscadores Google y Yahoo! recibieron en los últimos meses cientos de demandas de famosos argentinos que no quieren aparecer vinculados a sitios pornográficos o de venta de servicios sexuales. Las demandas de celebrities de distintos ámbitos ya suman 10 millones de dólares. El último caso llevado ante la Justicia fue el de Diego Maradona, quien presentó un amparo invocando su protección y la de su familia, y el juez Carlos Alvarez ordenó que la medida fuera ejecutada “en forma inmediata”.

Los abogados de Google María Baudino y Juan Pablo Bonfico, luego de un prolongado silencio, salieron a escena. La postura fue desligar responsabilidades alegando que “es imposible controlar los contenidos de todas las páginas”. Además, apelaron las medidas judiciales al tiempo que denunciaron que existe “una industria del juicio montada en su contra”. “Hay más de un centenar de denuncias encabezadas por el mismo abogado, hecho que de por sí es llamativo. El único objetivo que persiguen es sacarle dinero a la compañía, porque lo que piden no se puede cumplir”, dijo a PERFIL Alberto Arebalos, director de comunicaciones y asuntos públicos para América latina de Google.

En Argentina, a diferencia de otros países, no existe un marco normativo que regule los contenidos de Internet. “En Estados Unidos y en Europa el tráfico de la Web está legislado. La ley es muy clara y dice que los responsables de los contenidos son los dueños de los sitios. No es el objeto de un buscador saber si el material es o no es ofensivo, es lo mismo que le pidan a un canillita que arranque todas las páginas de los diarios que agravian a alguien”, argumentó Arebalos. Según María Baudino, esas acciones “están interesadas en el hecho económico y buscan que no podamos responder, para así poder demandarnos. Hay un claro modus operandi como por ejemplo el monto que se solicita como daño, que siempre es entre 300 y 400 mil pesos”. Y agregó: “Llama la atención que vayan contra nosotros y Yahoo! (que prefirió no opinar y manejarse judicialmente) y no contra otros buscadores como Microsoft y Altavista. Nuestra herramienta nos permite bloquear páginas, pero no podemos retirar el material. Los responsables de los contenidos son los dueños”.

La libertad de expresión es otro de los derechos que alegan desde el buscador para negarse a cumplir con lo que se les exige. Por eso explican que problemas similares aparecen cuando alguien se siente ofendido por el post de un blog o comentarios en una red social. “Nos preocupa la privacidad de la gente, no estamos abogando por la difamación de nadie. Cuando circulan comentarios racistas o violentos, son levantados. Si nos equivocamos, preferimos hacerlo para el lado de más libertad de expresión y no de menos.”


La Respuesta desde el Blog de Google:

En Europa ésta cuestión se resolvió a nivel comunitario, en el año 2000 mediante la Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo Europa. En su sección cuarta establece claramente los niveles de responsabilidad de los diferentes intermediarios de Internet. La Directiva conocida como de Comercio Electrónico, establece dos principios fundamentales:

Principio de “mera transmisión”, que establece que en la prestación de servicios de la sociedad de la información, no se pueda considerar al prestador de servicios responsable de los datos transmitidos, alojados o almacenados temporalmente, en la medida de que el prestador de servicios no haya originado él mismo la transmisión, no haya modificado o seleccionado la información o tenga conocimiento efectivo de la actividad ilícita, fundado en una resolución de autoridad competente que le de tal carácter a un contenido determinado.

Principio de “inexistencia de obligación general de supervisión”, que releva a los prestadores de servicios de una obligación general de supervisar los datos que transmitan o almacenen, ni una obligación general de realizar búsquedas activas de hechos o circunstancias que indiquen actividades ilícitas, respecto de los servicios que prestan.

Estos conceptos han sido también receptados legislativamente en Latinoamérica. En Chile, el Proyecto de Ley No. 5393 modificatorio de la Ley 17336 de Propiedad de Intelectual, incluye el principio de inmunidad de responsabilidad de los intermediarios de Internet, la necesidad de una notificación judicial para la eliminación de contenido infractor y el principio de inexistencia de obligación general de supervisión. Este proyecto tiene media sanción en la cámara Diputados y actualmente se encuentre en análisis en el Senado Chileno.

En Argentina, estos principios también fueron acogidos en el proyecto de Ley de Comercio Electrónico, presentado por el entonces Senador Jorge Capitanich (Expediente Número 3812/06), con especial referencia a los buscadores y directorios. El proyecto establece que un intermediario de Internet tendrá conocimiento efectivo de qué contenido o información, que almacena, remite o referencia, es ilícito o de que lesiona bienes o derechos de un tercero, solamente cuando un órgano competente (un juez) haya declarado la ilicitud de tal contenido o información, ordenado su retiro o imposibilitado su acceso y que tal decisión haya sido debidamente notificada al intermediario de Internet.


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¿Derecho a la intimidad o censurada indiscriminada?

Funcionarios públicos, también han solicitado por la vía judicial a los principales buscadores de Internet la remoción de “todo resultado de búsqueda”, que pueda estar asociado con su nombre, eliminando así cualquier vinculación a medios periodísticos, páginas de opinión, publicaciones en línea, sitios del gobierno nacional donde exista información pública del funcionario o inclusive el mismo sitio Web del poder judicial donde el funcionario en cuestión desempeñe sus funciones (todos estos sitios totalmente ajenos a los buscadores que se demandan). Esta medida cautelar resulta a todas luces desproporcionada, ya que niega a toda la sociedad de la posibilidad de informarse sobre el actuar de un funcionario público, sin hacer un análisis previo de que contenidos pueden resultar difamatorios y ordenar específicamente la remoción de ciertos contenidos que puedan vulnerar los derechos del funcionario.

De esta manera, un funcionario judicial intenta de manera indirecta censurar todo contenido existente o por ser publicado que pueda estar relacionado con las tareas que desempeña cómo funcionario público, vulnerando derechos tan importantes como el acceso a la información, la libertad de prensa, la libertad de expresión, la abolición de la censura previa y la transparencia en la función pública. Resulta sorprendente que un funcionario judicial haya iniciado esta acción y que otro funcionario judicial la haya acogido en flagrante violación nuestra Constitución Nacional, la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica)1, también de rango constitucional, leyes nacionales que consagran a Internet amparada en el principio de Libertad de expresión, entre otras normativas.

Resulta interesante rescatar lo establecido en la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, particular los principios 5 y 10:

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Las medidas cautelares que ordenan este tipo de remoción no solucionan el problema de la persona afectada, el contenido dañino sigue existiendo, los autores del mismo cada vez se sienten más impunes ya que la justicia está enfocando sus esfuerzos hacia el lugar equivocado, y se favorece la generación de buscadores específicos para contenidos ilegales. Las investigaciones que posibilitarían desmantelar redes de prostitución no se inician, a expensas de empresas establecidas que no tienen responsabilidad alguna ni control sobre éstos contenidos





Algo que es verdad y que hace pensar qué existe una doble moral en Google es que en la Argentina se amparan en el Pacto de San José de Costa Rica y demás y en China...:


Google pone en marcha una versión censurada de su buscador


Reporteros sin Fronteras se siente descorazonada al saber que Google ha decidido poner en marcha, en China, una versión censurada de su buscador. Ahora, los internautas chinos tienen que contentarse con los contenidos validados por las autoridades de Pekín, una vez que han quedado fuera las informaciones del Tibet o los derechos humanos en China.


“La puesta en marcha de Google.cn representará un día negro para la libertad de expresión en China. Mientras que la empresa defiende los derechos de los internautas norteamericanos frente a la justicia de aquel país, se burla de sus usuarios chinos. A la luz de su estrategia en China, las ofuscadas declaraciones de Google sobre el respeto a la confidencialidad de los internautas nos parecen el colmo de la hipocresía. Igual que sus competidores, esta empresa nos explica que no le queda otra opción, porque tiene que plegarse a las leyes locales. Pero es un argumento que no se aguanta. La libertad de expresión no es un principio accesorio que puede dejarse a un lado cuando se opera en una dictadura. Es un valor reconocido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, e inscrito en la constitución china. Hoy, en materia de censura, las empresas norteamericanas se pliegan a las mismas reglas que sus competidores chinos. Sin embargo, continúan justificándose hablando del efecto beneficioso que tendrá su actividad, a largo plazo. Pero hay una cosa cierta: el Internet chino cada vez se aísla más del resto del mundo, y la libertad de expresión cada vez está más reducida. Las profecías de esas empresas sobre el futuro de una Red libre y sin fronteras sirven para esconder errores éticos inaceptables”.





Entonces tenemos dos medidas, en China entrego y en la Argentina la peleo!!.

De todas maneras estoy de acuerdo con que en la Argentina google la pelee...Igual el tema sigue siendo complejo.

Si no existe una reglamentación que diga que los buscadores son meros instrumentos de éso búsqueda, bueno, mucho no se puede hacer, es mucho más fácil bloquear los buscadores que conseguir los datos de un servidor y borrar ésos datos.

Sería bueno si alguien puede traducir los artículos del periodista de la BBC sobre sus argumentos para solicitar el control del Estado en Google.

Los artículos son:




Artículo de ADEPA (Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas) sobre los juicios a Google y a Yahoo en la Argentina.:
"El principio de "inexistencia de obligación general de supervisión", que releva a los prestadores de servicios de una obligación general de supervisar los datos que transmitan o almacenen, ni una obligación general de realizar búsquedas activas de hechos o circunstancias que indiquen actividades ilícitas respecto de los servicios que prestan. "



Un nuevo fallo contra Google y Yahoo en la Argentina.

Resumen de las páginas citadas en esta entrada:


Nuestra dirección de e-mail:


PPirataArgentino#gmail.com

Reemplacen # por @.



Ahora, es divertido que:


  • Hay personas y empresas que desean y mucho aparecer arriba de todo al realizar búsquedas en Internet.

  • Hay otros que no quieren ni siquiera aparecer al realizarse una búsqueda!!


Aparecido después del tema del pedido de retiro de entradas en la Argentina en el blog de Google:

"En un mundo donde los gobiernos ejercen demasiadas veces la censura sobre lo que sus ciudadanos pueden ver y hacer en la Internet, Google ha promovido desde sus inicios la libertad de expresión y tomó el liderazgo en ser transparente con sus usuarios.

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La compañías que adhieren a la Global Network Initiative se comprometen a poner en funcionamiento los siguientes procedimientos para proteger a los usuarios:

  • Evaluar como contrarios a los estándares internacionales a las demandas de los gobiernos para censurar contenidos o accesos a la información.
  • Proveer mayor transparencia
  • Evaluar riesgos para los derechos humanos cuando entramos en nuevos mercados o lanzamos nuevos productos.
  • Implementar entrenamiento de empleados y programas de seguimiento

Toda la entrada en el blog de Google

No se chino, pero sería cuestión de buscar Tian an men en ideogramas chinos y ver qué da para saber si están cumplieno o no con su propuesta en Google, o si es algo un tanto hipócrita...

Si alguien que sabe chino quiere realizar la búsqueda sería interesante. Google dice que ellos no censuran, que quien realiza la censura es el gobierno chino...