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viernes, 15 de junio de 2012

El Discurso sojero transgénicos-La solidaridad sojera corporativa

El Discurso sojero transgénicos



Parte 7: La solidaridad sojera corporativa



Córdoba: La Federación Agraria Argentina apoya a los productores imputados de contaminación dolosa



Claudio Lowy Buenos Aires, 14 de junio de 2012.-



El discurso sojero transgénico



Hoy hay dos sistemas agroalimentarios en pugna:

· Por un lado, el sistema de monocultivo extensivo con agroquímicos, del cual el sistema transgénico es sólo el último eslabón.

· Por el otro, el sistema que integra la agricultura familiar, la vía campesina y los diferentes sistemas agroecológicos, que tiene emprendimientos que se sostienen a pesar de los ataques sistemáticos que padecen, y está en permanente conformación, articulación y crecimiento.



El objetivo de estos escritos es mostrar las mentiras, los engaños, los ocultamientos y las tergiversaciones del discurso de los que promueven y/o se benefician con el sistema de monocultivo extensivo con agroquímicos, incluido el transgénico, que sólo para abreviar es denominado aquí “discurso sojero transgénico”.

En este séptimo texto analizo las argumentaciones de la defensa corporativa de los productores cuando algunos de ellos son imputados de envenenar o instigar el envenenamiento de la población y/o del ambiente.



El discurso de los productores sojeros



El 24 de mayo la filial Córdoba de la Federación Agraria Argentina (FAA), por resolución de una asamblea de más de 120 asociados, manifestó su apoyo a los productores imputados de instigar al delito de contaminación ambiental por pulverización con pesticidas en el barrio Ituzaingo Anexo, en la ciudad de Córdoba; y como autor del delito de contaminación ambiental reiterada al piloto aeroaplicador Edgardo Pancello.



En el comunicado de prensa afirman que:



“Las pruebas que llevaron a imputar a Parra y Gabrielli son muy escasas y poco contundentes”;



Y brindan su apoyo a los productores imputados, expresando su “preocupación” porque podrían recibir una condena de hasta 25 años de prisión.” Y que las imputaciones crean malestar entre los productores porque podrán sentar un precedente para nuevas acusaciones.

No conformes con ello, creyeron necesario explicitar aún mas su postura, y se manifestaron con un “tractorazo” en las inmediaciones de los Tribunales Federales I en apoyo a los productores imputados.

Es claro que si pensaran que las pruebas son muy escasas y poco contundentes, no tendrían problemas en que el juicio se lleve adelante, ya que la causa se caería con facilidad y ellos saldrían fortalecidos.



Para que fuera posible llegar a esta instancia procesal de juicio oral y público, los pobladores, motorizados sobre todo por las Madres del Barrio Ituzaingo, debieron demostrar muchas cosas, a través de exposiciones, denuncias, tomas de muestras, pedidos de inspecciones.



Entre muchas otras cuestiones, se acreditó en la acusación que:



· Vecinos de Bº Ituzaingó Anexo y profesionales de la salud del dispensario de dicho barrio declararon y coinciden en afirmar que el día 01/02/08, en horas de la mañana, escucharon y vieron sobrevolar a baja altura una avioneta de color amarillo en los campos colindantes al barrio, que sintieron un fuerte olor y sabor amargo en la boca que les hizo picar la garganta y la nariz y les produjo ardor en los ojos



· La pericia química practicada en las muestras de soja y duraznos levantadas en el campo perteneciente al imputado Francisco Rafael Parra y en la soja obtenida del campo explotado por el coimputado Jorge Alberto Gabrielli mostró que en las muestras de soja se detectó la presencia glifosato y de endosulfán, mientras que en las de duraznos se encontró endosulfán, lo que muestra sin lugar a dudas que en esos campos se fumigó con esos productos.



· El mismo día inspectores municipales elaboraron un informe que da cuenta el informe que da cuenta de las entrevistas a varios vecinos de barrio Ituzaingó Anexo quienes en forma coincidente les refirieron haber visto una avioneta sobrevolando el sector, y que dichos funcionarios públicos también percibieron un fuerte olor ácido, atribuyéndolo probablemente a algún compuesto químico usado para la fumigación de fecha 1/02/08 realizado por los inspectores municipales



· Existen informes científicos que señalan que el glifosato puede producir ardor, irritación y acuosidad en los ojos, nariz y garganta, mientras que el endosulfán puede ocasionar ardor de ojos y picazón de garganta; síntomas que resultan coincidentes con los que relatan lo sentidos por los testigos.



· Testigos oculares brindan una descripción de la avioneta que realizó las pulverizaciones y de otra que la acompañaba, que coinciden en descripción y color con dos aeronaves registradas según informes oficiales a nombre del aeroaplicador imputado.



Como dice el fiscal de la causa, todos estos son indicios graves, precisos y concordantes entre sí que permiten afirmar –con el grado de probabilidad exigido para esta etapa del proceso – que el día primero de febrero de dos mil ocho, en horas de la mañana se fumigaron en forma aérea los campos explotados por los imputados Parra y Gabrielli utilizando los agroquímicos endosulfán y glifosato sin respetar la franja de resguardo que debe observarse con relación a la población urbana establecida por el Art. 58 de la Ley nº 9.164 de Agroquímicos de la Provincia de Córdoba.



Una georeferencia elaborada por las Madres del Barrio y el equipo de atención primaria de la Municipalidad de Córdoba, muestran con claridad que los casos de cáncer se concentran en las zonas más cercanas a los predios fumigados. Y en el 2010 ya se tenían detectados 169 casos.



Responsabilidades públicas y privadas

En otras oportunidades se describieron las responsabilidades del sector público en el envenenamiento de la población afectada: a nivel Nacional, del SENASA y el Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación; también las responsabilidades de los ejecutivos y legislativos provinciales y de los gobiernos locales. Allí es donde están las tres llaves de paso públicas que tienen que estar abiertas para que la deriva de los pesticidas dañe a la gente y a los ecosistemas.



Hoy las declaraciones y protestas corporativas de los asociados a la Federación Agraria Argentina por el enjuiciamiento de algunos productores, transparenta aún más que muchos de ellos son, con un alto grado de probabilidad, responsables del envenenamiento que están padeciendo las personas que sufren la deriva de sus pulverizaciones con estos venenos. El juicio para determinar esa responsabilidad es el primero, costó mucho esfuerzo durante mucho tiempo de las personas involucradas, está muy bien y es esperanzador que por fin se lleve a cabo. La solidaridad corporativa de los productores sojeros sólo muestra la responsabilidad de todos ellos.



Claudio Lowy

Ing. Forestal - Master en Desarrollo Humano Sostenible

ecolowy@yahoo.com.ar - tel: 011-15-6467-5187

domingo, 18 de septiembre de 2011

Agroquímicos-es oficial: las empresas son jueces y parte-Claudio Lowy- #endosulfan

Agroquímicos Argentina: Principios activos y formulados autorizados
El Secretario de Agricultura reconoce oficialmente que las empresas son jueces y parte. Trasgresión a las propias normas del SENASA
Claudio Lowy                                   Buenos Aires, 19 de septiembre de 20011.
El 12 de septiembre de 2011 llegó por correo postal la respuesta del Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Ing. Lorenzo Basso, al pedido de informe que se le hizo el 2 de junio de este mismo año, solicitando información sobre los principios activos, sustancias activas grado técnico, productos formulados y agroquímicos en general, que según investigadores independientes están provocando daño a las personas y al medio ambiente. Trasgrediendo las normas vigentes, la respuesta demoró más de tres meses.
Hay muchas cuestiones para señalar en la respuesta del Secretario Basso; sólo señalo algunas relevantes:
  1. Reconoce que a la fecha de la nota, 7 de septiembre, todavía no se ha firmado el proyecto de resolución de limitación y prohibición del uso del Endosulfán
  2. Reconoce que los ensayos toxicológicos de los productos presentados a los fines de inscripción pertenecen a las propias firmas registrantes y que son de carácter reservado. Esto significa que no fueron publicados ni fueron sometidos a críticas de pares, por lo que no se conoce la validez de los procedimientos utilizados en la realización de dichos ensayos.
  3. Dice también que los profesionales que participan en la evaluación de productos para su inscripción en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal pertenecen a la Dirección de Agroquímicos y Biológicos dependiente de la Dirección Nacional de Agroquímicos, Productos Veterinarios y Alimentos; que se trata de ingenieros agrónomos para las áreas de toxicología y eficacia y los profesionales que evalúan la información confidencial son licenciados en Química.
  4. Los formulados evaluados mediante la metodología secreta indicada arriba suman más de 3.600. Esa metodología busca claramente privilegiar el cuidado de los intereses económicos de las empresas que producen estos productos por encima del cuidado del ambiente y de la población en general, que no podemos saber ni controlar si los procedimientos de laboratorio seguidos en los ensayos son o no los que corresponden a las buenas prácticas de laboratorio ni la veracidad de sus resultados y sus consecuencias. Tampoco sabemos quiénes controlan a los profesionales que evalúan esos informes y ensayos confidenciales de los más de 3.600 formulados. ¿O será que ellos mismos piensan que no deben ser controlados?
  5. Los principios activos son 415, habiendo sido clasificados por su toxicidad mediante la metodología de la Dosis Letal 50% aguda, muy cuestionada en forma generalizada por no considerar la toxicidad subletal ni la crónica y hacer aparecer a los pesticidas como mucho menos tóxicos de lo que en realidad son.
  1. Reconoce que el SENASA no realiza ensayos de toxicidad de los pesticidas sino que evalúa ensayos realizados por laboratorios inscriptos en la Red de Laboratorios del SENASA que figuran en la página web del organismo.
Allí hay dos listas: una de laboratorios nacionales y otra de laboratorios extranjeros. En ambas figuran entidades claramente vinculados a las empresas que producen, comercializan y/o aplican los pesticidas. En el listado nacional aparecen, entre otros:  
·        SGS Argentina SA, con cinco laboratorios en diferentes localidades;
·        Agrofina,
·        Atanor S.A.,
·        Asociación Cooperativas Argentinas,
·        Laboratorio Dow Agrosciences Argentina S.A.,
·        Laboratorios Chimagro S.A.,
·        YPF S.A. Refineria La Plata/Dole Laboratorio de Control de Calidad,
·        Sintesis Quimica S.A.C.I.,
·        Monsanto Argentina S.A.I.C.,
·        Chemotecnica,
·        Reopen S.A.,
·        Nidera S.A.
En el listado de laboratorios extranjeros figuran varios con radicación en diferentes países, también vinculados a empresas que producen y comercializan estos productos, como:
·        Basf: dos de Alemania, Inglaterra, dos de EEUU, Puerto Rico, España, dos de Brasil
·        Battelle: tres de Inglaterra, EEUU, dos de Suiza, Alemania.
·        Bayer: catorce de Alemania, tres de EEUU, Francia
·        Dow AgroSciences: Colombia, Italia, Inglaterra, dos en Brasil, tres en EEUU, Nueva Zelanda
·        Monsanto, en EEUU y en Brasil,
Así, el informe del Secretario confirma oficialmente que los laboratorios inscriptos en la Red de Laboratorios del SENASA que realizan ensayos toxicológicos de los agroquímicos incluyen, en un grado muy importante, a los que están vinculados o son las mismas empresas que los producen y comercializan. De esta manera, estarían haciendo las veces de jueces y parte en la evaluación toxicológica de los agrotóxicos pulverizados que dañan cada vez más al ambiente y a las personas afectadas.
Además, y en el mismo sentido, esa nómina permite contravenir la RESOLUCIÓN 736/2006 SAGPYA, que crea y regula la Red Nacional de Laboratorios de Ensayo y Diagnóstico dependiente de la Dirección de Laboratorios y Control Técnico del SENASA, que en su art. 9º expresa:
“Los laboratorios Autorizados deberán abstenerse de efectuar análisis sobre material proveniente de cualquier empresa con la cual mantengan algún tipo de vinculación o dependencia que pueda afectar su independencia de juicio.”
Está claro que los laboratorios Atanor no pueden tener independencia de juicio de Atanor S.A., ni los laboratorios Monsanto pueden tener independencia de juicio de Monsanto S.A., etc.
Claudio Lowy. Ingeniero Forestal. Master en Desarrollo Humano Sostenible






Acá charlábamos con Claudio Lowy sobre el pedido de cambio de denominación presentado en el SENASA



domingo, 28 de agosto de 2011

Amparo Ambiental para el Cambio de Metodología de Clasificación de los Agroquímicos Más de 10.000 peticionantes. Mas de 100 adhesiones al amparo 16 amparistas



 
 
Si quieren escuchar una charla que mantuvimos con Claudio Lowy sobre el tema  (presionen en play o si quieren descargar el archivo mp3.)




El trabajo y la militancia ambiental del colectivo integrado por habitantes, organizaciones sociales y redes por el cambio de metodología de clasificación de los agroquímicos, que comenzó a mediados del 2009, siguió por la Defensoría del Pueblo de la Nación hasta noviembre de 2010 y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca hasta junio de 2011.

Ante la falta de respuestas
, provocó el jueves 18 de Agosto, una presentación en la Justicia Federal de una acción de Amparo Ambiental solicitando se ordene:

El cambio de metodología de clasificación de agroquímicos, para que consideren no sólo la toxicidad letal aguda, sino también la subletal (si enferma pero no mata) y la crónica (si daña en el mediano y largo plazo o por aplicaciones repetidas)
El libre acceso a información ambiental vinculada a la clasificación de los agroquímicos y su aprobación.-
Demandados: el Poder Ejecutivo Nacional, a través de su Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación; el SENASA.
Como Medida Cautelar, se solicitó se ordene para los agroquímicos aprobados que no tengan evaluado el grado de toxicidad en las dosis subletales y crónicas, sean clasificados como "I.a: sumamente peligrosos, muy tóxicos" e identificados con banda roja.
El Juzgado Federal Contencioso Administrativo sorteado actuante es el Nº 8, Secretaria 15.- Al Juzgado se hicieron llegar 102 adhesiones al Amparo Ambiental, así como copias y planillas originales con 10.630 adhesiones de ciudadanas y ciudadanos argentinos de los más diversos lugares del país, que peticionan que la metodología de clasificación de los agroquímcos:
1.- Abarque al conjunto de todos los daños a la salud que el producto pueda ocasionar (letal y subletal, agudo y crónico).
2.- Hasta tanto se realice la revisión de la clasificación, los agroquímicos aprobados que no tengan evaluado el grado de su toxicidad en las dosis subletales y crónicas, sean clasificados como "I.a: sumamente peligrosos, muy tóxicos" e identificados con banda roja.
3.- Los formulados de los agroquímicos sean clasificados con la toxicidad mayor, que puede corresponder a la del componente más tóxico o al formulado considerado integralmente.
4.- Los estudios sobre los que se basan las clasificaciones de los agroquímicos, deben ser realizados por entidades de acreditada y reconocida independencia de criterio.
Los accionantes son:
Claudio Lowy, C.A.B.A
Elena Beatriz  Álvarez, Luján, Provincia de Buenos Aires
Pablo Bergel, C.A.B.A
Adrián Rodolfo Camps, C.A.B.A
Alejandra Gómez, Resistencia, Chaco
Graciela Iturraspe, Mar del Plata
Eduardo Macaluse. Pcia. de Buenos Aires.
Ana Magdalena Marino, CABA
Marta Maffei, de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires
Miriam Mabel Miguenz, Cañuelas, Pcia. de Buenos Aires
Javier Rodríguez Pardo de CABA
Eduardo Daniel Pérez, CABA
Héctor Teodoro Polino, de CABA
Carlos Osvaldo Roberto, Florida, Pcia de Buenos Aires
Eduardo Martín Rossi, Rosario, Provincia de Santa Fe
Carlos Alberto Vicente, Marcos Paz
Los testigos propuestos: Medardo Ávila Vázquez, Mendiolaza, Pcia. De Córdoba, Andrés Carrasco, CABA, Javier Souza Casadinho, Marcos Paz, Pcia de Buenos Aires, María José Cés, San Pedro, Provincia de Buenos Aires. Luis Lafferriere, CABA, Carlos Manessi, Santa Fe ,Analía Otaño, Resistencia , Viviana Clementina Peralta, San Jorge, Prov. de Santa Fe ,Eduardo Emilio Spataro, Corrientes y Damián Verzeñassi, Rosario
Los Abogados patrocinantes son:
María Lujan Pérez Terrone y Mariano J. Aguilar.
Claudio Lowy
Claudio Lowy-Buenos Aires , 24 de Agosto de 2011.-









martes, 12 de julio de 2011

#glifosato , #agrotoxicos Si quieren ayudar a editar un áudio con Claudio Lowy

Estuvimos charlando con Claudio Lowy y queremos editar el áudio para que quede un poco más profesional.
Si quieren ayudarnos pueden descargar los áudios:



Si quieren editarlo en Formato Wav


Presione en play si quieren escucharlo sin descargar o Si quieren descargarlo en formato mp3



Si quiere ayudarnos con la edición del áudio, nuetstro e-mail :

Radio#partidopirata.com.ar

(reemplace # por @)

Documento completo , en formato word, que sustenta el rechazo al cambio de metodología de clasificación que propone el SENASA.
 
Planilla para juntar firmas. La próxima presentación la hacemos al juez del recurso de amparo a fines del julio. Necesitamos que nos las envíen a la dirección de abajo antes del 25/7.
 
 


Si quiere coordinar para entregar las planillas o saber más sobre el tema, comuníquense con Claudio Lowy a:

ecolowy#yahoo.com.ar


 
RENACE INFORMA
RED NACIONAL DE ACCION ECOLOGISTA de la Argentina
9 de julio 2011
 
En el mes de la Patria
 
HAGAMOS PATRIA: USTED PUEDE PARTICIPAR
PARA EL CAMBIO DE METODOLOGÍA DE CLASIFICACION
DE LOS AGROQUIMICOS
 
El SENASA propone un cambio de metodología de clasificación de los agroquímicos. El cambio propuesto es para que nada cambie, ya que sigue basándose en el método de la tan cuestionada Dosis Letal 50% aguda; la consulta pública es hasta el 30 de agosto de 2011 y está disponible en http://www.senasa.gov.ar/contenido.php?to=n&in=1515&io=17104  .
 
Es muy importante que contestemos todos los que tenemos conciencia de este problema. Para facilitar, se adjunta debajo un texto orientativo de respuesta; la repuesta a la consulta, (la que va debajo o la que le parezca apropiada) hay que enviarla a la dirección que abrió el SENASA  a tal efecto:  consultapublica75@senasa.gov.ar Al final, debe poner los datos que SENASA requiere: “indicar si usted participa en esta consulta en tanto ciudadano, miembro de una organización o de un organismo público. Todas las contribuciones recibidas serán publicadas y se reitera que no son vinculantes. Por favor, indicar nombre y apellido, ocupación y nivel educativo. También indicar correo electrónico y ciudad de residencia”.
 Claudio Lowy
 
TEXTO ORIENTATIVO


 
Contribución a la CONSULTA PÚBLICA DEL SENASA
 
Revisión de los criterios para la clasificación toxicológica de los productos fitosanitarios
 
La sustitución de la Clasificación toxicológica según riesgos y valores de los pesticidas vigentes por la de la OMS 2009, que el SENASA puso a consulta pública hasta el 30 de agosto de 2011, utiliza el mismo método de la Dosis Letal 50% Aguda de la clasificación vigente, sólo que con otros valores.
Este método de análisis es muy cuestionado porque no considera los daños subletales ni los daños crónicos, como cánceres, enfermedades neurológicas, pulmonares, deformaciones congénitas ni abortos espontáneos asociados con estos productos.
Además, esta clasificación no es suficiente para cuidar la salud de la población porque la propia OMS dice que no tiene garantía alguna y aclara que los criterios de clasificación son sólo una guía complementaria; y además porque se sustenta en investigaciones desactualizadas y sesgadas.
No considera tampoco importantes y reconocidos estudios actualizados realizados por investigadores independientes argentinos y de otros países.
            El método denominado “Dosis Letal 50% Aguda” para la clasificación de los pesticidas según su toxicidad es el primer eslabón  en la elaboración de las normas que habilitan la aprobación, el registro y el uso de estos productos tóxicos. Sus consecuencias se desencadenan luego en la normativa y las argumentaciones permisivas de los tres niveles de gobierno, impactando fuertemente en los riesgos y daños en la salud de la población: 
 
- En el  gobierno nacional, a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, más específicamente el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), para justificar las aprobaciones y clasificaciones de los pesticidas.
 
- En los gobiernos provinciales y locales para elaborar las normas que regulan la aplicación de los pesticidas, especialmente en lo atinente a la determinación de las distancias libres de pulverización aérea y terrestre alrededor de los lugares donde la gente desarrolla su vida, y a los correspondientes controles.
 
Esta clasificación sirve también de sustento a las argumentaciones de los sectores privados que se benefician con este sistema productivo.  Los productores agrarios y los productores y comercializadores de estos agroquímicos, así como las asociaciones que los agrupan, como CASAFE (Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes), ACSOJA (Asociación de la Cadena de la Soja Argentina) y CIAFA (Cámara de la Industria Argentina de Fertilizantes y Agroquímicos), ARPAE (Asociación Regional de Productores Agropecuarios del Este), la utilizan para promocionar y difundir en la sociedad y presionar a los organismos públicos  argumentando que los plaguicidas aplicados masivamente no hacen daño a la salud y al ambiente.
 
Peticiono que el Ministerio de Ganadería y Pesca de la Nación, o en su caso a quien sea derivada la Resolución de la Defensoría del Pueblo de la Nación, que cuenta con mas de 9300 adhesiones ingresadas por la Mesa de Entradas de ese Ministerio, impulse las medidas necesarias para modificar la metodología utilizada en la clasificación de toxicidad de los productos agroquímicos, de manera tal que:
 
1.- Abarque al conjunto de todos los daños a la salud que el producto pueda ocasionar (letal y subletal, agudo y crónico).
 
2.- Hasta tanto se realice la revisión de la clasificación, los agroquímicos aprobados que no tengan evaluado el grado de su toxicidad en las dosis subletales y crónicas, sean clasificados como “I.a: sumamente peligrosos, muy tóxicos” e identificados con banda roja.
 
3.- Los formulados de los agroquímicos sean clasificados con la toxicidad mayor, que puede corresponder a la del componente más tóxico o al formulado considerado integralmente.
 
4.- Los estudios sobre los que se basan las clasificaciones de los agroquímicos, deben ser realizados por entidades de acreditada y reconocida independencia de criterio.
 
Peticiono también que las más de 9300 adhesiones indicadas anteriormente ingresadas a ese Ministerio con el Expediente Nº S01:0439989/2010 y conexos, muchas de las cuales fueron realizadas por personas que no tienen acceso a Internet, sean tenidas en cuenta como aporte en esta consulta pública.
 
Nombre y apellido:
Ocupación:
Nivel educativo:
Correo electrónico:
Ciudad de residencia:
 
 WWW.renace.net


 

martes, 14 de junio de 2011

Fumigaciones: huelga de hambre por falta de respuesta del Defensor del Pueblo

Fuente Renace.

Argentina: Fumigaciones: huelga de hambre por falta de respuesta del Defensor del Pueblo

 

En el convencimiento de que se inicia una época muy difícil y riesgosa para millones de habitantes que viven cerca de las zonas fumigadas, el Ing. Claudio Lowy inicia hoy una huelga de hambre ante la Defensoría del Pueblo de la Nación para que se responda por una petición que ya lleva casi un año sin respuesta.
POBLADORES FUMIGADOS FALTA DE RESPUESTA DEL DEFENSOR DEL PUEBLO
Comienza la nueva campaña de la soja transgénica
12 millones de personas volverán a ser afectadas por las pulverizaciones con pesticidas
HUELGA DE HAMBRE
Buenos Aires, 9 de Noviembre de 2010
En el convencimiento de que se inicia una época muy difícil y riesgosa para millones de habitantes que viven cerca de las zonas fumigadas, el Ing. Claudio Lowy inicia hoy una huelga de hambre ante la Defensoría del Pueblo de la Nación para que se responda por una petición que ya lleva casi un año sin respuesta:
El Requerimiento al Defensor del Pueblo de la Nación solicitando su intervención para el cambio de la metodología de clasificación de los agroquímicos, petición acompañada por más de 2.700 adhesiones.
Se solicita que la clasificación toxicológica de los agroquímicos considere el conjunto de todos los daños a la salud que por su toxicidad pueden generar estos productos, y no sólo la toxicidad letal aguda, como ocurre en la actualidad, asi como que los que no tengan demostrado el grado de su toxicidad subletal y crónica sean clasificadas como “sumamente peligrosos, muy tóxicos”; e identificados con banda roja.
Además, que los estudios sobre los que se basan las clasificaciones de los agroquímicos sean realizados por investigadores, empresas o laboratorios que no estén o no hayan estado vinculados a las empresas y laboratorios que patentan, elaboran o comercializan los agroquímicos.
La situación es tan grave, que la Defensoría debería haber actuado de oficio. La primera reunión con integrantes del Área Ambiental de esa institución fue en diciembre del 2009. La primera presentación del Requerimiento fue realizada el 20 de mayo del corriente, recibiendo por respuesta que la Recomendación sería emitida por la Defensoría a fin de ese mismo mes de mayo, lo que no ocurrió. Tampoco la reunión con expertos que dijeron se iba a convocar.
El pasado 30 de septiembre solicitamos se nos informara el estado de actuación de la Resolución 1.680/10, y tampoco obtuvimos respuesta. Se procuró información telefónica y se informó que las personas que llevaban la actuación estaban de licencia. Otros intentos de contacto e información tambièn fueron infructuosos.
Por todo ello, en el día de hoy se inicia una huelga de hambre con presencia efectiva en la entrada de la Defensoría del Pueblo de la Nación. Se anexa la presentación completa.
La noticia no es la huelga de hambre. La noticia son los millones de personas afectadas por las fumigaciones; y la falta de respuesta del Defensor del Pueblo de la Nación al Requerimiento que podría brindarles protección y seguridad. Por ello, indicamos a los medios y a la población en general las formas de contacto con el Defensor del Pueblo de la Nación, Dr. Anselmo Sella, así como con algunos de los muchos afectados para que hablen directamente con ellos.
Defensor del Pueblo de la Nación, Dr. Anselmo Sella:
Secretaría: (011) 4819-1602 begin_of_the_skype_highlighting              (011) 4819-1602      end_of_the_skype_highlighting – Defensoría: 0810.333.3762 • Fax: (011) 4819-1581
Defensoría del Pueblo de la Nación
CONTACTOS CON VECINOS FUMIGADOS
En San Jorge, Pcia de Santa Fe:
Esteban Roglich (03406) 45-6061 begin_of_the_skype_highlighting              (03406) 45-6061      end_of_the_skype_highlighting
Viviana Peralta (03406) 42-7781 begin_of_the_skype_highlighting              (03406) 42-7781      end_of_the_skype_highlighting
David Ercole (03406) 45-9109 begin_of_the_skype_highlighting              (03406) 45-9109      end_of_the_skype_highlighting
En Estación Diaz, Santa Fe:
Domingo Raul Rodriguez: 3466411861
En Desvío Arijón, Santa Fe:
Liana Alonso (0342) 155196167
En Rufino, Santa Fe:
Betina Righetti (03382) 45-7940 begin_of_the_skype_highlighting              (03382) 45-7940      end_of_the_skype_highlighting
En San Agustin, Balcarce, Bs As:
Clelia Voiuilloz (0223) 155 950490
Enrique Valiente (02266) 491114 begin_of_the_skype_highlighting              (02266) 491114      end_of_the_skype_highlighting
En Mar del Plata, Bs As:
Marcos Yedaide (0223) 155671263
En La Leonesa, Chaco:
Elio Servín (03722) 15213195
Madre de niño con Leucemia Linfoblástica Aguda – Laura Mazitelli (03722) 15 738467
En Ituzaingó Anexo, Cordoba:
Sofía Gatica, madres de Barrio Ituzaingó (0351) 4970853 (0351) 156123918
En San Pedro, Bs As:
María José Cés (03329) 15515312
En Rojas, Bs As:
Eugenio Freire (02475) 15410182
En Los Toldos, Bs As:
Margot Goycochea (0236) 2527694 begin_of_the_skype_highlighting              (0236) 2527694      end_of_the_skype_highlighting
En Rosario, Santa Fe:
Dr. Víctor H. Smith (0341) 4376644 begin_of_the_skype_highlighting              (0341) 4376644      end_of_the_skype_highlighting
En Saladillo, Bs As:
Juan Burgos (02344) 454984 begin_of_the_skype_highlighting              (02344) 454984      end_of_the_skype_highlighting
En Basavilbaso, Entre Rios:
Fabián Tomassi (03445) 481801 begin_of_the_skype_highlighting              (03445) 481801      end_of_the_skype_highlighting
Ing. Claudio Lowy – (011) 15-6467-5187
ecolowy@yahoo.com.ar
ANEXO:
PRESENTACION COMPLETA AL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACIÓN
Buenos Aires, 9 de Noviembre de 2010.-
Sr. Adjunto I,
A cargo de la Defensoría del Pueblo de la Nación,
Dr. Anselmo Sella
Ref.: Apoyo al Requerimiento de cambio de la metodología en la clasificación de los agroquímicos.
Actuación 1.680/10. Huelga de hambre.
De mi consideración:
Me dirijo a Ud. a fin de manifestarle mi decepción y rechazo por la notoria negligencia con que la Defensoría a su cargo ha tomado el Requerimiento al Defensor del Pueblo de la Nación solicitando su intervención para el cambio de la metodología de clasificación de los agroquímicos, que ya cuenta con más de 2.700 adhesiones de ciudadanas y ciudadanos argentinos de todo el país que manifiestan con su firma y su DNI en planillas de papel, el rechazo a los riesgos y daños a la salud que generan los agroquímicos; y peticionan que:
1. La clasificación toxicológica de los agroquímicos considere el conjunto de todos los daños a la salud que por su toxicidad pueden generar estos productos, y no sólo la toxicidad letal aguda, como ocurre en la actualidad.
2. Los agroquímicos cuyo uso sea autorizado y no tengan demostrado el grado de su toxicidad tanto en las dosis letales agudas, como en las subletales y las crónicas sean clasificadas como “Ia: sumamente peligrosos, muy tóxicos”; e identificados con banda roja.
3. Los formulados de los agroquímicos sean clasificados con la toxicidad mayor, que puede corresponder a la del componente más tóxico, o al del formulado considerado integralmente.
4. Los estudios sobre los que se basan las clasificaciones de los agroquímicos sean realizados por investigadores, empresas y/o laboratorios que no estén y/o no hayan estado vinculados de alguna manera a las empresas y laboratorios que patentan, elaboran y/o comercializan los agroquímicos.
Como se explica en los vistos del Requerimiento, la metodología de clasificación de los agroquímicos utilizada según la Resolución 350/99 de la entonces Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca, es la Dosis Letal Aguda 50 % (DL50). Esta metodología no contempla la toxicidad subletal ni la toxicidad crónica, por lo que los pesticidas son clasificados de una manera mucho más benigna de lo que correspondería; además de los otros aspectos de la petición ya indicados.
La aplicación de la propuesta haría que los agroquímicos quedaran clasificados con una toxicidad mayor, que correspondería a los riesgos y desconocimientos reales de los daños que pueden provocar en la salud y en el ambiente. Las normas de diferentes provincias e incluso locales obligan a la aplicación más alejada de las viviendas cuanto mayor es la clasificación toxicológica del producto; por lo que la reclasificación propuesta implicará el alejamiento de las pulverizaciones de los lugares donde vive la gente, que hoy se está haciendo del otro lado de la calle o de la medianera de las casas.
El caso más significativo por la cantidad usada es el de los formulados del glifosato, que suelen contener coadyuvantes que son más tóxicos que el principio activo. La deficiencia de la metodología se pone de manifiesto nuevamente con el hecho de que hasta el 2009 fue considerado Clase IV (la menor toxicidad) e identificado con banda verde, y recién en el 2009 fue clasificado como clase III, sin tener en cuenta, todavía, la mayoría de los daños subletales y crónicos que puede producir. Hasta ese momento se inducía su aplicación en forma poco cuidadosa y desaprensiva, ya que los envases de sus formulados eran señalizados con la Banda Verde. Es claro que la banda azul que corresponde a la clase III tampoco es indicadora de la toxicidad real de esos formulados.
La competencia de la Defensoría
La situación es tan grave, que la Defensoría debería haber actuado de oficio:
· La Resolución citada 350/99 que regula la autorización y clasificación de los agroquímicos en la Argentina es una norma del Poder Ejecutivo Nacional, cuya aplicación produce daños en forma sistemática, y que puede ser modificada por otros dos tipos de norma del mismo Ejecutivo: otra Resolución o un Decreto Presidencial.
· El tema es claramente de la competencia de la Defensoría, ya que se trata de hechos u omisiones de la administración pública nacional y sus agentes, que implican el ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario, discriminatorio, negligente, gravemente inconveniente o inoportuno de sus funciones, incluyendo aquéllos capaces de afectar los intereses difusos o colectivos, tal como lo indica el artículo 14 de la Ley 24.284.
· El artículo 15 de la misma ley establece que el defensor del Pueblo debe prestar especial atención a aquellos comportamientos que denoten una falla sistemática y general de la administración pública, procurando prever los mecanismos que permitan eliminar o disminuir dicho carácter.
La falla sistemática a que hace referencia este último artículo está claramente presente en este caso, ya que la metodología de clasificación DL50 en forma sistemática otorga a los pesticidas una clasificación toxicológica que afecta a todos los pesticidas al no exigir que se consideren las toxicidades crónicas ni las subletales, por lo que sistemáticamente son clasificados como si fueran mucho menos tóxicos de lo que en realidad son, tal como se indica en la Actuación 1.680/10.
Cabe señalar aquí los contenidos de los Considerandos del Requerimiento:
Que el artículo 41 de la Constitución Nacional dice: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; tienen el deber de preservarlo.”
Que la Ley 25.675, denominada Ley General del Ambiente, define al principio precautorio en su art. 4 en los siguientes términos: “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científicas no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente”.
Que este principio precautorio es sustento de la inversión de la carga de la prueba.
Que, consecuentemente, no somos los habitantes de la Nación los que debemos demostrar que los agroquímicos y los procesos productivos nos causan daño; sino que es el Estado que aprueba su uso y las empresas que los patentan, producen, comercializan, utilizan o inducen su utilización las que deben demostrar que no nos causan daño.
Que el Estado debe garantizarnos que esas demostraciones son válidas.
Reuniones, consultas y actividades en común con la Defensoría
La primera reunión por este tema la tuvimos con integrantes del Área Ambiental de esa institución en diciembre del 2009, hace ya casi un año. La primera presentación del Requerimiento fue realizada el 20 de mayo del corriente, quedando individualizada como Actuación 1.680/10, con la adhesión de 1.036 firmas. En ese momento se nos dijo que con el estado de avance conjunto de la actuación, a más tardar la Recomendación sería emitida por la Defensoría a fin de ese mismo mes de mayo, lo que no ocurrió.
Se nos dijo que era necesario realizar una reunión de expertos, médicos, ingenieros agrónomos, bioquímicos; incluso en forma conjunta con el personal del Área Ambiental elaboramos listas de posibles participantes de esa reunión, que nunca fue convocada.
En los meses siguientes se hicieron presentaciones de adhesiones adicionales al Requerimiento, completando a la fecha la cantidad indicada arriba.
Varias veces en estos meses solicitamos se nos informe acerca del estado de la tramitación, y se nos respondió en cada oportunidad otra cosa: que estaba por salir, que había vuelto, que ya estaba, que había que agregarle información, que era necesario hacer una consulta. Salvo la primera y frustrada respuesta de que saldría a fines de mayo, nunca hubo una información sobre el estado del trámite que permitiera avizorar una fecha de emisión de la recomendación. El 30 de septiembre solicitamos por escrito se nos informara el estado de actuación de la Resolución 1.680/10, y tampoco obtuvimos respuesta.
El estado de riesgo actual
Los daños a la salud de la población afectada asociados a la pulverización de pesticidas está documentada por numerosos estudios de instituciones oficiales y no oficiales que son independientes de las empresas que producen, comercializan, patentan o inducen el uso de estos productos.
A los estudios y casos a que hace muy bien referencia la Resolución Nº 331 de la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fé, de diciembre de 2009, confirmando la prohibición de fumigar a menos de 800 mts. de las viviendas en el Barrio Urquiza de la ciudad de San Jorge por vía terrestre y a 1500 mts como mínimo por vía aérea, hay que agregarle los informes y comunicados posteriores vinculados a las solicitudes del Requerimiento:
· Así como otros investigadores en momentos anteriores, el Dr. Alberto Cassano Profesor Titular Consulto de la UNL. Investigador Superior Emérito del Conicet señala en un comunicado del 15/7/2010, como ya lo habían expresado anteriormente otros investigadores, que la recomendación de la EPA estadounidense para la aprobación del glifosato, se basa fundamentalmente en el trabajo de Williams y colaboradores que fue realizado en conjunto con y financiado por Monsanto.
· El informe de la Universidad Nacional del Litoral del 10 de Septiembre de 2010, respondiendo a la Demanda de la justicia de Santa Fe en el caso citado anteriormente, a pesar de ser muy cuestionable en muchos aspectos, entre otros que no explicita con claridad la necesidad de aplicar el principio precautorio, expresa en sus “Conclusiones, Consideraciones y recomendaciones generales” partes de los riesgos, prevenciones y estudios que habría que hacer y tener en cuenta, y que no se hacen, para limitar los daños de los agroquímicos a la salud y al ambiente, así como reconoce daños originados en el uso de los formulados del glifosato que son sistemáticamente ignorados. Esas conclusiones se adjuntan como Anexo I (se pueden consultar en aquí) .
· El gobernador del Chaco creó en diciembre del 2009 la Comisión de Investigación de Contaminantes del Agua del Chaco, que entregó en junio/2010 el denominado “Primer Informe” a la Casa de Gobierno provincial y en el Ministerio de Salud local. Señala que los casos de cáncer en niños se triplicaron y las malformaciones en recién nacidos aumentaron 400 por ciento en la última década. . Los casos de cáncer están focalizados en la localidad de La Leonesa, cercana a Resistencia y epicentro de las denuncias por el uso de herbicidas y plaguicidas. La Justicia ordenó frenar las fumigaciones y exigió urgentes estudios de impacto ambiental.
Y dice el informe: “Respecto de patologías oncológicas infantiles, leucemias, tumores cerebrales y linfomas, se observa un mayor número de casos anuales a partir de 2002. En La Leonesa, en el período 2000-2009 se comprueba un incremento notable, que triplica la ocurrencia de cánceres en niños”. Observando la multicausalidad del cáncer, indica la única de esas causas que varió juntamente con las enfermedades: “Este incremento de la casuística coincide con la expansión de la frontera agrícola (…) vulnerando la salud de la población, debido a que las prácticas y técnicas de cultivo incluyen pulverizaciones aéreas con herbicidas cuyo principio activo es el glifosato y otros agrotóxicos.
· El informe del 1er ENCUENTRO DE MEDICOS DE PUEBLOS FUMIGADOS realizado en la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Córdoba en agosto de este año, que se adjunta como Anexo II (se puede consultar en www.hoylauniversidad.unc.edu.ar/2010/septiembre/primer_encuentro_pueblos_fumigados_2010.pdf) , señala:
Los cultivos transgénicos sujetos a fumigación sistemática cubren 22 millones de has. pertenecientes a las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Entre Ríos, Santiago del Estero, San Luis, Chaco, Salta, Jujuy, Tucumán, La Pampa y Corrientes. En esta enorme extensión del país, en los pueblos, rodeados de campos, viven por lo menos 12 millones de habitantes, según lo calculado por geógrafos de la UNC, sin contar la población de las grandes ciudades en cada provincia.
Estos doce millones de argentinos son fumigados directamente, es decir que, reciben una parte suficiente de esos 300 millones de litros de agrotóxicos sobre sus casas, escuelas, parques, fuentes de agua, predios deportivos, lugares de trabajo: sobre sus vidas. Esta población es la población a cargo de los médicos de los pueblos fumigados, en la que observamos incrementos alarmantes de grandes y significativas cantidades de cánceres, malformaciones y trastornos reproductivos, hoy ya inocultables.
La realidad es incontrastable, como lo demuestra por ejemplo, la georeferenciación realizada por las madres de Bº Ituzaingó y el equipo de atención primaria de la Municipalidad de Córdoba, en el año 2005, de los casos de Bº Ituzaingó, donde si bien actuaron otros contaminantes, los agroquímicos tuvieron un papel relevante.
La situación es aún más gravosa dado que es en este el período del año, en noviembre, cuando se inicia la siembra de la soja en las 20 millones de hectáreas, con la aplicación, en números redondos, de 200 millones de litros de formulados del glifosato, el principal pesticida utilizado en la agricultura de monocultivo con agroquímicos en nuestro país, que afectará la salud y la calidad de vida de unos 12 millones de personas que tienen sus viviendas a distancias cercanas a los campos donde los pesticidas son rociados por aire con aviones y por tierra con los denominados mosquitos.
Como se expresa arriba, la clasificación benigna de este pesticida, tal como se indica en el Requerimiento, permite que sea aplicado cerca de las poblaciones, ya que las normas provinciales y locales definen menores espacios libres de aplicación cuánto menor clasificación toxicológica tiene el producto aplicado. Esas aplicaciones harán correr el riesgo a esas poblaciones de los cánceres, especialmente en niños, las malformaciones congénitas, los abortos espontáneos, las alergias, los daños oculares, y tantos otros daños que señalan estudios oficiales y no oficiales de investigadores independientes de las empresas que comercializan el producto y el paquete tecnológico vinculado a ese cultivo.
Por eso, señor Defensor del Pueblo de la Nación a cargo, Dr. Anselmo Sella, es tan necesario que usted actúe rápidamente según lo que se le solicita en el Requerimiento para el cambio de la metodología de clasificación de los agroquímicos.
El apoyo al Requerimiento y la protesta por la negligencia
Dada la urgencia de la situación y las infructuosas tramitaciones realizadas hasta el momento ante la Defensoría a su cargo, no me queda otra alternativa que el inicio de una huelga de hambre en apoyo al Requerimiento y en protesta por la negligencia puesta de manifiesto por la Defensoría a su cargo.
Dado el riesgo a mi seguridad personal por los intereses económicos y políticos en juego, copia de esta nota, adjuntando la documentación correspondiente, será remitida a
· Los movimientos sociales articulados en la Red Nacional de Acción Ecologista (RENACE) y a la Unión de Asambleas Ciudadanas (UAC).
· La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH).
· Amnistía Internacional
· Consulados de países integrantes del MERCOSUR.
· El Consulado de España en mi condición de ciudadano español, y de países de la UE.
· La UNESCO
· Las agencias de noticias nacionales e internacionales.
Adjunto:
· Anexo I: Punto 8 del Informe de la Universidad Nacional del Litoral: “Conclusiones, Consideraciones y recomendaciones generales”, respondiendo a la Demanda de la Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fé
· Anexo II: El informe del 1er ENCUENTRO DE MEDICOS DE PUEBLOS FUMIGADOS realizado en la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Córdoba en agosto de 2010.
Lo saludo atte.
Claudio Lowy
DNI Argentino: 7.693.032
DNI Español: 41591763-N
Ingeniero Forestal- (UNLP)
Master en Desarrollo Humano Sostenible-Cátedra UNESCO- Universidad de Girona
Doctorando en ciencias Sociales-UBA

 Fuente Renace. 

lunes, 15 de noviembre de 2010

Claudio Lowy y la recategorización de los agrotóxicos en "El Desconcierto del Domingo"

Un nuevo estudio para los agrotóxicos

Fuente Página 12.

SOCIEDAD › LA DEFENSORIA DEL PUEBLO PIDIO RECLASIFICAR LOS VENENOS USADOS EN EL CAMPO

Un nuevo estudio para los agrotóxicos

En su dictamen, la Defensoría del Pueblo solicitó al Ministerio de Agricultura que profundice los estudios sobre agroquímicos y pidió que la recategorización de su toxicidad se base en resultados independientes y no en los presentados por las empresas.

Por Darío Aranda

Las empresas de agroquímicas defienden la baja toxicidad de sus productos con una metodología polémica: hacen hincapié en los efectos agudos, la exposición a corto plazo y con efectos inmediatos. No profundizan los estudios científicos en los efectos crónicos, que implica exposición a bajas dosis durante un tiempo prolongado (como sucede en la práctica con las fumigaciones de campos de soja o arroz). Desde hace décadas, en todo el mundo, organizaciones ambientales y campesinas piden modificar esa metodología. La Defensoría del Pueblo de la Nación acaba de dar un paso en ese camino: solicitó al Ministerio de Agricultura que modifique la forma de clasificación de los agroquímicos, instó a que los estudios de toxicidad estén a cargo de instituciones independientes (no de empresas ni de científicos ligados a las compañías) y, hasta que no se implemente la nueva metodología, reclamó que los agroquímicos sean reubicados en la más alta categoría de toxicidad, lo que implicará alejar las fumigaciones de escuelas rurales, viviendas campesinas y barrios periurbanos.

La Resolución 147/10 de la Defensoría del Pueblo fue emitida el viernes a última hora. Consta de cinco páginas de fundamentación y una carilla resolutiva. “(Se) recomienda a la Secretaría de Agricultura de la Nación que impulse las medidas necesarias para modificar la metodología utilizada en la clasificación de toxicidad de los productos agroquímicos”, precisa el primer artículo y solicita se estudien “todos los daños a la salud que el producto pueda ocasionar, efecto letal y subletal, agudo y crónico”.

Para ubicar a los agroquímicos en los diferentes rangos de peligrosidad las empresas –y los organismos estatales– miden la toxicidad mediante la “Dosis Letal 50” (DL50). Este parámetro se define mediante la cantidad de agroquímico que mata al 50 por ciento de una población de animales de laboratorio durante un tiempo corto. La DL50 está relacionada exclusivamente con la toxicidad aguda de los plaguicidas, no mide la toxicidad crónica, aquella que surge de pequeñas exposiciones diarias a través de un largo período.

“Todo agroquímico que causa daños crónicos pero mata a poco menos de la mitad de las ratas de laboratorio, en forma aguda con altas dosis, es clasificado como producto Clase IV, identificado con la leyenda ‘normalmente no ofrece peligro’ y señalizado con la banda verde”, denuncia la Red Nacional de Acción Ecologista (Renace), colectivo de organizaciones que participó, en mayo pasado, de una presentación ante la Defensoría del Pueblo para que se solicitara la recategorización de los agroquímicos.

En la presentación ante la Defensoría se remarcó la inconsistencia en la clasificación de toxicidad. “La metodología basada en la DL50 no tiene en cuenta, por ejemplo, si el agroquímico analizado mata años después de una aplicación, porque no es toxicidad aguda; o si mata después de exposiciones repetidas a lo largo de varios años; o si produce o induce malformaciones congénitas, abortos espontáneos, cáncer, afecciones cardíacas, afecciones neurológicas, alergias, daños oculares; y tantos otros daños a la salud que afirman los estudios realizados por investigadores que no dependen de las empresas que patentan, producen y comercializan estos productos”, explica la Renace.

El estudio del investigador de la Facultad de Medicina de la UBA y el Conicet Andrés Carrasco, que confirmó malformaciones en embriones anfibios, sí aborda los efectos subletales. Y no se trata del único trabajo. En agosto pasado, la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Córdoba organizó el primer Encuentro de Médicos de Pueblos Fumigados. Durante dos días se presentaron una decena de investigaciones realizadas por académicos de universidades nacionales. Todos ellos tuvieron en cuenta los efectos crónicos y las consecuencias en el mediano y largo plazo de los herbicidas y plaguicidas. “Existe evidencia científica que es suficientemente fuerte y consistente para reconocer que la exposición a plaguicidas aumenta el riesgo de afectar la salud humana”, afirmó el médico, docente universitario y coordinador del encuentro, Medardo Avila Vázquez. Durante el congreso, investigadores y académicos vincularon los agroquímicos con distintos tipos de cáncer, abortos espontáneos, malformaciones y trastornos de la fertilidad. Recordaron que en la Argentina se utilizan 300 millones de litros de agroquímicos por año y son afectados 12 millones de habitantes.

Hasta que no se realice la revisión de la clasificación toxicológica, el Defensor del Pueblo, Anselmo Sella, instó al Ministerio de Agricultura a elevar al máximo (“sumamente peligroso-muy tóxico”) todos los agroquímicos que no hayan sido evaluados en dosis subletales y crónicas. El Ministerio de Agricultura no cuenta con un listado público de productos que fueron aprobados sin estudios crónicos y subletales, pero desde Renace estimaron que “son la mayoría de los productos que hoy se utilizan en el país y entre ellos se encuentra el glifosato (herbicida pilar del cultivo de soja)”.

La medida de la Defensoría impacta directamente en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), organismos dependiente de Agricultura. El último punto de la Resolución de la Defensoría hace hincapié en cómo deben aprobarse los productos: “Los estudios sobre los que se basan las clasificaciones de los agroquímicos deben ser realizados por entidades de acreditada y reconocida independencia de criterio”.

La soja transgénica y el uso de herbicidas que sustentan la siembra directa fue aprobada en Argentina durante 1996 sobre la base de trabajos de la propia empresa Monsanto.

Fuente Página 12.


Las denuncias y los reclamos


Fuente Página 12.

La resolución de la Defensoría del Pueblo fue tomada luego de tres días de huelga de hambre de Claudio Lowy, ingeniero forestal y militante ambiental. El martes último, Lowy se instaló en el edificio de la Defensoría y dejó de consumir alimentos hasta que se diera respuesta a la solicitud de recategorización de los agroquímicos. “Se inicia una época muy difícil y riesgosa para millones de habitantes que viven cerca de las zonas fumigadas, son los meses de mayor uso de agrotóxicos”, explicó Lowy el martes, y realizó un pedido a los medios de comunicación: “La noticia no es la huelga de hambre. La noticia son los millones de personas afectadas por las fumigaciones; y la falta de respuesta para brindarles protección y seguridad”.

El viernes la Defensoría del Pueblo solicitó formalmente la reclasificación de los agroquímicos al Ministerio de Agricultura. A esa cartera se dirigirán ahora los reclamos de organizaciones sociales, científicos y profesionales de la salud. Argumentarán con el artículo 41 de la Constitución Nacional (“todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano”), la Ley General del Ambiente (25.675), con medio centenar de estudios (nacionales e internacionales) que vinculan los agroquímicos a efectos nocivos en la salud y, sobre todo, darán cuenta de las innumerables denuncias de familias rurales víctimas de las fumigaciones.


Fuente Página 12.