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sábado, 9 de abril de 2011

Historia del Copyright, parte 5 por Rick Falkvinge: Derechos Morales

Antes: Estados Unidos y las Bibliotecas.

Siguiente: Secuestrado por la industria fonográfica.

Original en inglés.

A fines del siglo XIX, el fortalecido monopolio del copyright de los editores habia reducido la posibilidad que los autores sean remunerados por su trabajo de forma independiente. Todo el dinero, prácticamente, iba a las manos de las editoriales y distribuidores, y los autores se morían de hambre, por causa del monopolio del copyright. (Como hoy).

Fue un francés llamado Victor Hugo quien tuvo la iniciativa de crear condiciones menos desiguales dentro del monopolio del copyright, incorporando a él una tradición francesa conocida como "derecho de autor" (droit d’auteur). También quiso hacer el monopolio del copyright válido internacionalmente. Hasta entonce, sólo habia monopolios nacionales. Un escritor francés podia vender su monopolio a una editorial francesa, y la editorial tendria el monopolio dentro de Francia, pero no en Alemania o en Inglaterra. Hugo queria cambiar eso.

Paradójicamente, los monopolios de patentes y de copyright fueron olvidados cuando las leyes de libre mercado fueron promulgadas en Europa,a mediados del siglo 19. Hasta hoy la ley de patentes usa la "prevención contra la competencia desleal" como una justificación para su existencia, que es remanente de la época en que los gremios (asociaciones de profesiones) determinaban los productos, los artesanos y los precios; si alguien intenta crear competencia en algun segmento del mercado, hoy, es perseguido y llevado a los tribunales. El monopolio del copyright es un remanente semejante, de la liga de libreros de Londres.

Victor Hugo intentó crear un contrapeso al inmenso poder de las editoriales, dándole a los autores algunos derechos incluso bajo el monopolio del copyright y con eso, infelizmente, empobreciendo todavía más lo público. (Es importante siempre recordar que hay tres partes en disputa en los conflictos del copyright: autores/creadores, editoriales/estudios/grabadoras y el público. Ironicamente, el interés público era la única parte legítima cuando el sistema del monopolio fue creado.)

Victor Hugo no sobrevivió para ver los frutos de su iniciativa, pero la Convención de Berna fue firmada en 1886. La convención determinaba que los copyrights de un país deberían ser respetados por los demás, y fue criada una agencia, la BIRPI, para fiscalizarlo. Esa agancia creció, se transmutó y se tranformó en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), que supervisa hasta hoy por el cumplimiento de la Convención de Berna. La OMPI, por su vez, también creció, se transformó y fue secuestrada dos veces. (Hablaremos más sobre eso en el próximo capítulo de la serie).

Entonces, hasta este punto, son cuatro las principales características del monopolio del copyright, con más diferencias que similitudes entre ellas:

Uno, el monopolio comercial sobre la impresión o la grabación (fijación en un suporte, como libro, disco, película) de un trabajo. Ese es el monopolio original dado a la Asociación de Libreros de Londres, que era sólo quien podia imprimir libros, en contrapartida a que aceptaran la censura real sobre los libros que podrían ser impresos.

Dos, el monopolio comercial de las interpretaciones de una obra. Si alguém interpreta (canta, proyecta, lo escenifica) una obra en público, con fines comerciales, el detentor del monopolio puede cobrarle por eso.

Tres, el derecho moral de reconocimiento del creador. El derecho de un autor o artista a ser reconocido como el creador de una obra, una proteción contra la falsificación o el plagio.

Cuatro, el derecho moral de vetar una interpretación impropia de su trabajo. Si un creador cree que determinada presentación desvaloriza su trabajo, tiene el derecho a impedir a que se haga pública.

La naturaleza de los derechos morales es muy distinta de la naturaleza de los monopolios comerciales, en el sentido de que no pueden ser transferidos o vendidos. Y eso los coloca muy lejos del argumento que convenció al Parlamento inglés a reestablecer el monopolio del copyright en 1709 (Vea el capítulo 3, El monopolio muere - y resucita).

También es importante observar que frecuentemente esos cuatro aspectos son deliberadamente confundidos, para defender al más controversial y dañino de los monopolios, el monopolio comercial sobre la impresión o grabación (fijación) de una obra (y su posterior copia). Oirán, muchas veces, a las personas que defienden a la industria del copyright preguntando “te parecería bien que alguien se aproprie de un trabjo tuyo y dijera que él es el autor?”. Eso está, sin embargo, fuera de disputa, claramente definido en la tercera parte, el derecho moral de atribuición y de crédito, que no puede ser usado, sin mala fé, para defender ninguno de los dos monopolios comerciales.

Los Estados Unidos eram contrarios a los derechos morales, hablando de eso. Ellos no firmaron la Convención de Berna hasta el momento en que se dieron cuenta de que podrían usarla para fortalecerse en una disputa contra Toyota, cien años después. Hablaremos de eso en la séptima y última parte de la serie.









sábado, 2 de abril de 2011

Historia del Copyright, parte 4 por Rick Falkvinge: Los Estados Unidos y las Bibliotecas

Original en inglés.
El copyright no nació en los Estados Unidos. La idea habia aparecido mucho antes, en Europa, como vimos en los primeros capítulos de esta serie. Cuando llevaron las leyes del Viejo Continente al nuevo país, los Padres Fundadores [los Founding Fathers, que escribieron y firmaron la Declaración de Independencia de los EUA] tuvieron dificultad para llegar a un consenso sobre el tema del monopolio de las ideas -- el copyright. Thomas Jefferson escribió:
"Si la naturaleza ha hecho alguna cosa menos susceptible que todas las demás de la propiedad exclusiva, es la acción del poder de pensar llamada idea, que un individuo puede poseer exclusivamente mientras la mantiene para sí mismo, pero que en el momento en que la divulga, se impone en la posesión de cada uno, y el receptor no puede desposeerse de ella. Su carácter peculiar, también, es que nadie posee menos, porque todos los otros poseen la totalidad de ella. El que recibe una idea mía, recibe instrucción sin disminuir la mía; igual que quien enciende su vela con la mía, recibe luz sin que yo quede a oscuras. Las ideas deberían difundirse libremente de una a otra parte del mundo, para la instrucción moral y mutua del hombre, y la mejora de su condición, parece haber sido peculiar y benevolentemente diseñado por la naturaleza, cuando la hizo ... incapaces de confinamiento o apropiación exclusiva ."
Al fin, la Constitución estadounidense fue la primera en establecer con precisión el motivo para al concesión de copyrights (y patentes!). El texto es muy claro y directo en su justificación para la introducción del copyright en su legislación:
“… para promover el progreso de las ciencias y las artes…”
Es muy interesante que el monopolio no haya sido adoptado para favorecer la remuneración de cualquier profesional – ni escritores, ni editores, ni distribuidores. Al contrario, el objetivo es ejemplar en su claridad: la única justificación para el monopolio es si él amplia la cultura y el conocimiento a disposición de la sociedad.
Así, el copyright (en los Estados Unidos, y por lo tanto en la forma predominante que tiene hoy) es un equilíbrio entre el acceso público a la cultura y el mismo interés público de que la cultura se renueve. Eso es importantísimo. En particular, vean que el interes público es la única parte legítima en la elaboración y en la evolución de la ley del copyright: los propietarios del monopolio sobre derechos de autor y patentes no son partes legítimas y no deberián tener nada que decir, de acuerdo con esa elaboración, de la misma forma que el reglamento de una ciudad no debería decir nada sobre qué es necesario para la seguridad nacional.
Es importante recurrir a las palabras de la Constitución estadounidense cuando las personas creen, equivocadamente, que el monopolio del copyright fue creado para que los artistas pudiesen ser remunerados. No fue así nunca, en ningún país.

Mientras tanto, en Inglaterra:

Mientras tanto, en Inglaterra, los libros continuaban siendo muy caros, principalmente por causa del monopolio del copyright. Solamente en las casas de las personas ricas habia colecciones de libros, y algunas de ellas empezaron a prestarlos, generosamente, para las personas comunes.
A los editores no les gustó nada eso y empezaron a presionar al Parlamento para tornar ilegal la lectura de un libro sin haberlo pagado. Intentaron colocar a las bilbiotecas públicas en la ilegalidad incluso antes de que las bibliotecas hayan sido inventadas. “¿Leer sin pagar antes? Eso es robar a los autores! Quitarán el pan de la boca de sus hijos!”
El Parlamento, sin embargo, adoptó una posición distinta, porque tenía conciencia del impacto positivo de la lecura sobre la sociedad. El problema percibido por el Parlamento no era la eterna reivindicación de los dueños de los monopolios de copyright, sino la cuestión de que las personas ricas de la sociedad eran las que decidían, en la práctica, quien podia y quien no podia leer. Parecia beneficiosa para la sociedad un cambio en el campo do juego: crear bibliotecas públicas, accesibles igualmente a ricos y pobres.
Cuando los propietarios de los monopolios de copyright supieron éso, quedaron absolutamente descontrolados. “No se puede permitir que las personas lean libros gratis! Si pasa eso, nunca mas venderemos un libro! Nadie va a poder vivir de lo que escribe! Si esa ley fuera aprobada, ningún escritor jamás volverá a escribir un libro!"
Sin embargo el Parlamento, en el 1800, era más sabio que lo que lo es hoy, y percibió al descontrol de los dueños del copyright exactamente como lo que era. El Parlamento asumió la posición firme de que la sociedad se beneficiaria más del acceso público al conocimiento y a la cultura que las restricciones deseadas por los dueños de los monopolios de copyright y, en 1849, aprobó la ley de las bibliotecas públicas en Inglaterra. La primera biblioteca pública fue abierta en 1850.
Como sabemos, desde entonces nunca más se escribió un libro. O eso o la estupidez de los dueños de los monopolios de copyright sobre la imposibilidad de existir creación sin ellos era tan falsa, en aquella época, como lo es cuando es repetida hoy.
(Nota: en algunos países europeos, autores y traductores cobran algo cada vez que algun libro es prestado por una biblioteca. Y es importante resaltar que eso no es una compensación por una pérdida imaginaria de remuneración, como si toda limitación a un monopolio exigiese alguna forma de compensación, sino porque existe un fondo nacional de cultura que usa las estadísticas de las bibliotecas para medir la popularidad de los libros. Además, ese fondo fue creado sólo en el 1900, mucho tiempo después de las bibliotecas.)

Mientras tanto, en Alemania:

Alemania no tenía monopolio sobre el copyright en todo ese período. Muchos historiadores argumentan que eso produjo una rápida diseminación de conocimiento y que permitió a Alemania asumir el liderazgo en el desarrollo de tecnologías industriales, al frente de Inglaterra — el conocimiento, en Alemania, podia divulgarse de forma rápida y barata. Entonces, de alguna manera, cuando superó a Inglaterra y asumió ese liderazgo, Alemania probó que el Parlamento Británico tenía razón: el interés nacional supera al interés de los monopolios de las editoriales cuando se trata del acceso a la cultura y al conocimiento.


Próximo: Derechos morales.
Antes: El monopolio muere - y resucita.











En España si existe el llamado "Préstamo de Pago" donde las bibliotecas tienen que pagar por cada libro que prestan.



Acá encontrarán más información.

De todas maneras es un delirio pagar por libro prestado "Derecho de Autor" es dinero que sale de los fondos de una biblioteca pública, o sea de la Municipalidad o del organismo público que la mantiene...Todos lo estaríamos pagando si se impone algo así .


martes, 29 de marzo de 2011

Historia del Copyright, parte 3 por Rick Falkvinge: El monopolio muere - y resucita.


Antes:

Bloody Mary.

Original en inglés.
Como vimos en la segunda parte de esta serie, el monopolio del copyright fue instituído como un instrumento de censura por Maria I, en 1557, para impedir a las personas discutir y diseminar materiales impresos favorables al protestantismo. Su sucesora, Elizabeth I, quedó tan satisfecha como Maria I con el monopolio, al sucederla en 1558, porque lo usó para impedir a las personas diseminar y discutir textos favorables al catolicismo.
En los años 1600, el Parlamento intentó gradualmente combatir a la censura real. En 1641, abolió al tribunal que juzgaba los casos de copyright, la infame Cámara Star. En la práctica, eso transformó a la violación del monopolio en un crimen sin sentencia, como cruzar a la calle fuera de la senda para peatones es, hoy, en Suecia: continuaba siendo un crimen imprimir libros fuera del monopolio, era tecnicamente ilegal, pero quien lo hiciese no podria ser juzgado y no habia pena. Por eso, la creatividad creció estratosfericamente en Inglaterra.
Infelizmente no era eso lo que el Parlamento tenía en mente.
En 1643, el monopolio de la censura y del copyright fue reinstituído con una venganza. Incluyó la obligatoriedad de los autores, impresores y editoriales a pre registrarse en la Compañía de Libreros de Londres, la necesidad de obtener una licencia de publicación antes de publicar cualquier obra, el derecho de los libreros de cerrar, quemar y destruir cualquier equipo o libro ilegal, y penas rígurosas y de prisión para quien violase la censura del copyright.
Acelerando la historia, hubo algo llamado la Revolución Gloriosa en 1688, y la composición del Parlamento cambió radicalmente. Las personas que sufrieron el impacto de la censura, al asumir sus cargos en el Parlamento, no tenían deseos verla continuar. Asi, el monopolio de los libreros fue extinto en 1695.
Entonces, a partir de 1695, no existió copyright. Ninguno. La creatividad floreció – nuevamente — y los historiadores afirman que muchos de los textos que contribuyeron a la creación de los Estados Unidos fueron escritos en esa época.
Por desgracia la Compañía de Libreros de Londres no estaba nada satisfecha con el nuevo orden, en el que perdió su lucrativo monopolio. Ellos juntaron a sus famílias y fueron a las escaleras del Parlamento para suplicar que el monopolio fuera restaurado.
Vale reparar que los autores no pidieron la vuelta del monopolio delcopyright: fueron los impresores y distribudores los que lo hicieron. En ningún momento hubo un argumento en la línea de “si no hay copyright, nada mas será escrito”, el argumento era que si no existiera el monopolio nada mas seria impreso. Son dos cosas completamente distintas.
El Parlamento, que había terminado de abolir la censura, no pretendia restabelecer una posibilidad de control central que traia, en sí, el potencial de ser usada abusivamenmte. Los libreros reaccionaron con la idea de que los autores podrian transformarse en “dueños” de sus obras. Al hacer eso, mataron tres pájaros de un tiro. Uno, aseguraban al Parlamento que no habria un control central, que pudiese ser usado como instrumento de censura. Dos, las editoriales mantendrian su monopolio para todos los propósitos y fines, entonces los escritores no tendrian a nadie mas a quién vender sus obras, además de los editores. Tres, y tal vez más importante, el monopolio formaría parte de la Common Law anglosajona, en vez de ser apenas una jurisprudencia, lo que le daba una protección legal mucho más fuerte.
El lobby de los impresores consiguió lo que queria, y el nuevo monopolio del copyright fue decretado en 1709, entrando en vigor el 10 de abril de 1710. Esa fue la primera gran victoria del lobby del copyright.
Lo que tenemos en aquella altura de la historia es el copyright en su forma embrionaria: un monopolio heredado de la censura, en los que autores y artistas no fueron ni siquiera considerados, creado desde el comienzo para asegurar las ganancias de los editores.
Además, la Corporación de Libreros continuó confiscando, destruyendo y quemando a las imprentas de los demás por mucho tiempo, independientemente de no poseer mas el derecho de hacerlo. El abuso de poder fue inmediato, y continuó hasta el proceso Entick versus Carrington, en 1765, cuando hubo una incursión sobre autores “no licenciados” (lease indeseados). En el veredicto de ese proceso, fue establecido claramente que no podría ser negado ningún derecho, a ningún ciudadano, a no ser que eso fuese expresamente determinado por una ley, y que ninguna autoridad podria adoptar un derecho que no le fuese expresamente dado por una ley.
Así, los primeros fundamentos de la democracia moderna y de las libertades civiles fueron establecidos en una batalla contra el monopolio del copyright. Nada nuevo bajo el sol.



lunes, 28 de marzo de 2011

Una historia del copyright, por Rick Falkvinge. II- Bloody Mary


Si quiere leer la primera parte de "Una Historia del Copyright"-La peste negra diezma a los copistas. por Rick Falkvinges.




Fuente: Historia del copyright, parte 2: Bloody Mary

El rey Enrique VIII queria un hijo que pudiese heredar el trono de Inglaterra y continuar la Dinastia Túdor, pero su casamiento fue una decepción. Su esposa, Catalina de Aragón, le dió solamente una hija, María. Y peor!, el papa no le permitió divorciarse de Catalina, para poder casarse nuevamente e intentar generar un heredero.

La solución encontrada por Enrique fue muy drástica, eficaz y pionera. Convirtió a Inglaterra al protestantismo y fundó la Iglesia Anglicana, para impedir cualquier influencia del papa sobre su casamiento. Consiguio que su casamiento con Catalina de Aragón fuese declarado nulo el 23 de mayo de 1533 y después se casó con varias mujeres. Tuvo una segunda hija con su segunda esposa y finalmente un hijo con su tercera esposa. Al contrario de Maria, ilegítima, sus medio hermanos más jóvenes — Elizabeth y Eduardo — eran protestantes.

Eduardo sucedió a Enrique VIII en el trono en 1547, a los nueve años. Murió antes de llegar a la edad adulta. Maria era la próxima en la línea de sucesión, independiente de haber sido declarada ilegítima. Así, vengándose, la renegada asumió el trono de Inglaterra, como Maria I, en 1553.

Ella no se hablaba con su padre hacía años. En verdad, su misión era deshacer las fechorías de su padre a la fé católica, a Inglaterra, a su madre, y convertir el reino nuevamente al catolicismo. Ella persiguió sin descanso a los protestantes, ejecutó centenas de ellos publicamente, y así recibió el sobrenombre de Bloody Mary (Maria, la Sanguinaria).

Maria I era solidaria a la iglesia católica en sus preocupaciones respecto a la prensa escrita. La posibilidad de distribuir, en masa y rapidamente, información -- y en particular libros heréticos --, era un peligro para su proyecto de restaurar el catolicismo. (En aquella época, no era posible distinguir entre lo que era información religiosa y lo que era información política.)
Conocedora del fracaso de Francia en su intento de acabar con la prensa escrita, incluso bajo la amenaza de la horca, ella se dió cuenta de que precisaria encontrar otra solución. Una solución que beneficiase a los impresores y, así, conseguir su complicidad.

Desarrolló un sistema de monopolio, por medio del que la Corporación de Impresores de Inglaterra tendria el monopolio de todo el material impreso en el reino, en contrapartida a la aceptación de la censura previa, por parte de la corona, sobre lo que seria impreso. Era un monopólio lucrativo para la corporación, que así trabajaria duro para mantenerlo, a favor de la censura real. Esa fusión entre los intereses del gobierno y de la corporación se mostró eficaz en el combate a la libertad de expresión y en la supresión de las divergencias político-religiosas.

El monopolio fue concedido a la Compañia de Libreros de Londres el 4 de mayo de 1557. Y se llamaba copyright.

Fue ampliamente exitoso como un instrumento de censura. La sociedad con la industria para suprimir la libertad de expresión funcionó, al contrario de lo que pasó en el intento francés en el inicio de los años 1500, cuando se intentó prohíbir a la prensa por decreto. Los Libreros trabajaron como una oficina de censura privado, quemando libros no licenciados, cerrando o incautando imprentas que infringian el monopolio e impidiendo que materiales impropios politicamente salieran a la luz del día. Ellos consultaban a los censores de la reinaa apenas en casos de duda sobre lo que era o no permitido imprimir. Casi nada se podia imprimir, quedó claro después de algunas consultas iniciales.

Había una obvia demanda por lectura, y el monopolio era lucrativo para los Libreros. Con tal de que no circulase nada que llevase a la desestabilización política, las personas comunes podian tener acceso a publicaciones de entretenimiento. Fue un acuerdo con ganancias recíprocas para la reina y para los libreros, que tenían un monopolio lucrativo en sus manos.

Maria I murió solamente un año después, el 17 de noviembre de 1558. Fue sucedida por su media hermana, la protestante Elizabeth, que se tornó Elizabeth I, una de las más respetadas reinas de Inglaterra. Maria habia fracasado en sus intentos de restaurar el catolicismo en Inglaterra. Pero su invención del copyright sobrevive hasta hoy.

Próximo: Empiezan las batallas del copyright, con victorias de ambos lados.