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martes, 19 de abril de 2011

Seguimos en el "Last Ten" de las peores leyes de derecho de autor del mundo!!!

El año pasado estabamos sextos ahora seguimos en ese puesto!!! . Otro éxito más de la Ley Noble, una ley justa

No encontré un artículo sobre Argentina con este tema, por eso dejo la de Brasil, igual nosotros estamos dos puesto atrás en el ranking, así que muy diferente no debe ser.

Si encuentran una de la Argentina avísennos en los comentarios o envíenos un mensaje a:

ppirataargentino#gmail.com
(reemplazar# por @)



Fuente Asociación de Cineclubes de Río de Janeiro.

Brasil entre los peores en el ranking de Consumers Internacional [CI] sobre derechos de autor

Idec(Instituto de Defensa del Consumidor de Brasil) contribuye con un estudio internacional que apunta a Brasil como uno de los peores regímenes de derechos de autor en el mundo

Ranking de Consumers International destaca que los países en desarrollo son los que poseen las leyes más prejudiciales al consumidor. Un retroceso en el proceso de democratización lleva al país del séptimo al cuarto lugar de la lista


Atrás apenas de Tailandia, Chile, Reino Unido., Brasil tiene uno de los peores regímenes de derecho de autor del mundo, referido  a las leyes que más restringen derechos del consumidor en el acceso a servicios y productos culturales. La conclusión es de IP Watchlist 2011, un estudio hecho sobre derecho de autor y propiedad intelectual realizada por Consumers Internacional - federación que congrega entidades de defensa del consumidor en todo el mundo, incluyendo el Idec (en la Argentina aparece Consumidores Argentinos pero no encontré nada en su site.).
El Idec participó del trabajo, haciendo el informe sobre la situación en Brasil. El trabajo tiene en cuenta temas como las posibilidades en la legislación autoral para el acceso de los consumidores a servicios y productos culturales, excepciones y limitaciones para usos educacionativos de las obras, preservación del patrimonio cultural, accesibilidad, adaptación de la ley a los nuevos modelos digitales y utilización privada de los bienes culturales.
El informe de CI destaca que los países en desarrollo son los que poseen las leyes más prejudiciales al consumidor. Una de las críticas hecha por el informe es el castigo excesivo prevista a los consumidores considerados infractores de la ley cuando realizan tareas cotidianas como, por ejemplo, transferir archivos de un equipo a  otro, para uso personal. Por otro lado, no existe ningún castigo previsto a los proveedores que cercenan  los derechos del consumidor.
"Qué tipo de punición recibe el propietario de los derechos de autor que interfiere en los derechos del consumidor al punto de impedirle hacer una copia para backup o para estudio? La respuesta es que en todos los países investigados, no hay ninguna sanción al propietario de los derechos de autor", apunta el informe. La investigación cita también que las reformas planeadas para la Lei de Derechos de Autor en Brasil puede ser una de las primeras a preveer una solución real para los consumidores, cuyos derechos son obstruídos por los proveedores. La propuesta es cohibir cualquier práctica que impida el ejercício de los derechos del usuario.
El abogado del Idec, Guilherme Varella, que contribuyó con el levantamiento, recuerda que Brasil había quedado en la séptima posición en la investigación de 2010[Argentina estaba sexta, ahora está quinta], cayendo ahora a la cuarta, lo que demuestra un retroceso en el proceso de democratización de los derechos de autor. Eso habría ocurrido después del gobierno haber dado manifestaciones claras de que no reveerá más su ley de derecho de autor (Ley 9.610/98).
"La LDA pasó por proceso de reforma el año pasado, con consulta pública abierta a la participación popular, después de seis años de debate intenso, conducido por el Ministerio de Cultura. El anteproyecto de ley que reforma la LDA iria al Congreso Nacional con un texto muy avanzado, que equilibraba la protección de los autores con el interés público de acceso a la cultura", afirmó Varella. "En este nuevo gobierno, el Ministerio de Cultura rechazó a la reforma y no se muestra favorable a la flexibilización de la ley".
La LDA todavía permite DRM (digital rights management), un sistema de gerenciamiento digital que restringe la utilización de productos que el consumidor adquiere legitimamente en el mercado. Por la ley, las empresas pueden colocar esa "traba tecnológica" en un CD o DVD y este funcionar apenas en un equipo y no en otro. Los DRM también restringen el número de copias privadas. La ley asi, va contra princípios básicos del Código de Defensa del Consumidor, que protege derechos como la libertad de elección del consumidor y la lealtad en las relaciones de consumo.Para ilustrar como funciona eso, el Idec realizó una investigación este mes, materia de la Revista del Idec 153.
En la lista de los diez países peor colocados este año están:


  1.  Tailandia,
  2. Chile,
  3. Reino Unido,
  4. Brasil,
  5. Bielorrusia,
  6. Argentina,
  7. Egipto,
  8. Armenia,
  9. Eslovenia y
  10. Serbia.
En 11 diferentes áreas analizadas, como uso educativo, uso literario y libertad para compartir y transferir información, ninguno de los 24 países investigados alcanzaron la nota máxima. Más de dos tercios de ellos recibieron la puntuación más baja en por lo menos una de esas áreas. 

Puede descargar la inviestigación entera en:


Educación
 Brasil se mantiene entre los países con la peor nota en el ítem posibilidades educativas. Eso se da por el hecho de la ley de derechos de autor no permitie la copia para uso educativo o científico. Los libros científicos brasileños son extremadamente caros. Muchas veces, sus autores ya cobraron por las obras, a través de becas y sueldos, como ocurre con las universidades públicas, e incluso asi los estudiantes no tienen derecho de realizar una copia de esos libros para fiens unicamente de estudio, sin finee comerciales.
Además de eso, según el abogado del Idec, hay una acción ostensiva de la industria reprográfica en  Brasil (las fotocopias) contra fotocopiadoras de libros. "Por la ley, las fotocopiadoras pueden hacer copias de "pequeños trechos" de obras, aunque no se especifique qué son pequeños trechos. Algunas organizaciones han intimidado a propietarios de fotocopiadoras y coaccionados a sus empleados a no hacer fotocopias ni de pequeños trechos, infringiendo derechos de los alumnos y de esos profesionales", apuntó Varella.

Ademáss, todavía en el tema educativo, la LDA no permite la fotocopia ni la digitalización de obras. Así, libros raros, que no son más editados, pueden pudrirce en estantes de bibliotecas sin que nada pueda ser hecho. Lo mismo vale para las cinematecas. Películas antiguas, libros importantes, que componen el patrimonio cultural y educacional brasileño, pueden perderse por inconsistencias de esa ley.

miércoles, 8 de septiembre de 2010

Suiza declara ilegal la actividad de una empresa dedicada a 'cazar' las descargas P2P

Suiza dentro de Europa


Fuente El País de España.

Suiza declara ilegal la actividad de una empresa dedicada a 'cazar' las descargas P2P

La firma Logistep suministraba a sus clientes las direcciones de los ordenadores sospechosos de intercambiar obras protegidas

El tribunal federal de Suiza ha declarado ilegal la actividad de una empresa privada, Logistep, que se dedicaba, a petición de clientes, a recolectar direcciones IP de ordenadores sospechosos de realizar descargas P2P. El tribunal declara ilegal esta actividad, ordena la apertura de un proceso penal y pide el arresto de su responsable. Logistep recibía encargos de detentadores de derechos que querían cazar el intercambio P2P de las obras. La empresa rastreaba las redes hasta localizar la dirección IP, que suministraba al cliente. Éste abría un procedimiento para indetificar al abonado. En muchos casos, una vez en posesión del dato, remitía una carta al internauta solicitándole una determinada cantidad de dinero a cambio de no iniciar un procedimiento penal.

En 2008, la autoridad suiza responsable de la protección de datos publicó una recomendación por la que la obtención de la identidad del titular de una dirección IP sólo podía hacerse legítimamente en el marco de una investigación penal y consideraba el acudir a empresas privadas un abuso.

Logistep presentó un recurso administrativo contra esta recomendación y el tribunal de primera instancia le dió la razón con el argumento de que "el fin justifica los medios". El recurso de un abogado contra esta sentencia es el que ha llevado al tribunal federal a revocarla argumentando, precisamente, que el fin no justifica los medios y que una empresa privada no puede convertirse en gendarme del P2P. La sentencia ha causado el alborozo entre los colectivos organizados de internautas en Suiza y Francia, ya que la empresa había también recibido encargos de empresas de esta nacionalidad.




Es una buena noticia la fallecida Fibertel en la Argentina no tenía ningún problema en mandar a todo el mundo en cana....