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domingo, 12 de junio de 2011

Flashmob en la Cámara Argentina del Libro!!

Pensando en el Flamenco Anticapitalista una propuesta para hacer en la puerta de la Cámara Argentina del Libro que queda en:
Av. Belgrano 1580
De la Ciudad de Buenos Aires.

Con música de Charly García:

 

Los Dinosaurios!!!




Qué es una Flashmob:
Un flashmob, traducido literalmente de inglés como «multitud instantánea» (flash: destello, ráfaga; mob: multitud), es una acción organizada en la que un gran grupo de personas se reúne de repente en un lugar público, realiza algo inusual y luego se dispersa rápidamente. Suelen convocarse a través de los medios telemáticos (móviles e Internet) y en la mayor parte de los casos, no tienen ningún fin más que el entretenimiento, pero pueden convocarse también con fines políticos o reivindicativos.
Una de las particularidades de estas «tribus temporales» es que no requieren contar con el apoyo de los mass media para comunicarse, coordinarse y actuar de manera conjunta, ya que su comunicación funciona a través de redes sociales virtuales. Se trata de individuos que, apoyados por las tecnologías de comunicación, difunden mensajes a sus redes sociales de amigos y conocidos, los cuales hacen lo mismo hasta construir una gran cadena de comunicación que es capaz de movilizar a miles de personas.



Ejemplo de Flashmob, el Flamenco Anticapitalista


Acción en el Congreso de Entomología sobre Monsanto y cia.

jueves, 9 de junio de 2011

Carteles de "Operación Taringa" u "Operación Aukan"


Click para Agrandar
Éstos son los carteles que encontramos, si alguien tiene alguno más reciente o con información más actualizado envíenlo por e-mail a:

Ppirataargentino#gmail.com
(reemplace # por @)

O deje el link en los comentarios.




Si en algo podemos ayudar acá estamos!








miércoles, 8 de junio de 2011

Internautas reclaman por el derecho a la información en la red

Fuente diario Los Andes.


Internautas reclaman por el derecho a la información en la red

Un grupo impulsa una campaña para advertir sobre los peligros de que se limiten los contenidos a los que se podrán acceder. 

 

ignacio de la rosaidelarosa@losandes.com.ar

A principios de mayo se conoció un fallo judicial que puso en alerta no sólo a todos los usuarios del sitio de internet Taringa! sino a los cientos de miles de cibernautas que -a diario- descargan y comparten información y material por internet.

Los responsables de ese sitio web -quizá uno de los más conocidos y populares a la hora de intercambiar todo tipo de archivos disponibles en el espacio virtual- fueron procesados por la Justicia, acusados de violar en 29 oportunidades la Ley 11.723, que protege la propiedad intelectual. Además les trabaron un embargo por 200 mil pesos.

Ante esta medida, la reacción de los usuarios no se hizo esperar y en el universo 2.0 ya iniciaron una campaña a nivel nacional -y de la que participan usuarios de toda América Latina y hasta de España- denominada Operación Taringa!.

"La hemos bautizado como ?OpTaringa!' por el simple hecho de que la causa que hoy vulnera los derechos de los ciudadanos ha caído casualmente en Taringa! pero tranquilamente podría haberle sucedido a otro sitio. Nosotros somos imparciales con respecto al sitio en sí. Lo que nos preocupa es que se siente precedente y que luego, al sentar jurisprudencia, se la utilice para socavar la libertad en internet", destacó a Los Andes uno de los impulsores de la campaña, que ha encontrado una amplia difusión y expansión en internet y que, sólo en Facebook, tiene más de 800 seguidores.

"Nuestro objetivo como organización activista es velar por los derechos de los usuarios en internet. Principalmente luchamos por el libre acceso a la información y el derecho a compartir cultura", agregó desde el anonimato el activista 2.0.

En las calles del microcentro mendocino, pegados en teléfonos públicos o paradas de colectivo, en la última semana han ?aparecido' una gran cantidad de carteles en los que se intenta difundir la OpTaringa! y se insta a los usuarios de internet a unirse en la causa.

Reacción

El 10 de mayo, la sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Capital Federal confirmó los procesamientos de H y MB (iniciales de los responsables del sitio) por no haber respetado derechos de autor.

Ésa fue la chispa que encendió la mecha de los usuarios: no sólo de Taringa!, sino la de cientos de miles de navegantes que a diario comparten e intercambian material por internet y que decidieron actuar a través de la conformación de un ?Anonymous', metodología que encuentra su proliferación en internet.

"OpTaringa nació espontáneamente en Argentina, España y el resto de América Latina. Hay usuarios de la página web Taringa! como otros tantos que no lo son. A partir del procesamiento hacia los dueños de esa página, comenzaron diversas manifestaciones aisladas por redes sociales, medios de comunicación y en la misma Taringa! repudiando el acto. Una semana después todas estas acciones dispersas lograron unirse en una convocatoria oficial de Anonymous, coordinando todas las manifestaciones desde el IRC (chat compartido por los usuarios del canal)", continuó el impulsor.

Con respecto al objetivo principal de la OpTaringa, destacó que es concientizar a todas las personas sobre la obsolescencia de las leyes de propiedad intelectual actuales.

"Desde hace unos diez años, un gran porcentaje de la población se ha volcado sobre los medios digitales de comunicación. Esto ha llevado a cambiar la forma en que los contenidos se distribuyen. Es un cambio de paradigma global, es irreversible. Por internet no sólo se descargan contenidos (películas, libros, música); también se trabaja, se crean nuevas formas de arte, nuevas formas de relacionarse y eso es imposible de detener", destacó el administrador consultado por Los Andes, quién redobló la apuesta y fue más allá.

"El problema es que existen ciertos sectores con intereses económicos o políticos que no desean el cambio y están intentando mantener el ?status quo'. En Argentina, el problema es pequeño porque sólo se trata de algunas empresas que quieren mantener sus ingresos sin invertir en nuevos modelos de negocios.

A nivel mundial, las leyes sobre piratería avanzan sobre Europa y América Latina a medida que los acuerdos internacionales -la mayoría secretos- sobre el ACTA (sigla que en inglés significa Acuerdo Contra la Falsificación Comercial), se van firmando", destacó.

Polémica

El principio que defienden los impulsores de la OpTaringa se basa en la aplicación intencionadamente errónea que se le da en el mundo al acuerdo ACTA, en el que -según lo que alegan- se hace una interpretación abusiva de esta normativa y lleva a que pequeñas y poderosas empresas terminen siendo dueñas de todo el material que se trafica por la red de redes.

"Antes se requerían medios masivos de comunicación para llegar al público. Hoy, gracias a la internet, esos intermediarios no son necesarios. Antes se requerían medios físicos para almacenar música (vinilo, casetes, CD), video (VHS, DVD, blueray) y texto (libros). Hoy podemos acceder a datos, música y texto en forma directa", destacó H.B. (como se identificó durante la entrevista).

Para el entrevistado, las industrias que viven de la venta de esos soportes físicos están en crisis, teniendo en cuenta que hace un tiempo era imprescindible la necesidad de una discográfica que le distribuyera su música.

"Hoy en día un artista puede tener contacto directo con su público mediante Facebook, Twitter, Youtube y vender su música en formato MP3 directamente desde su propia página web. La comunicación masiva estuvo tradicionalmente nucleada en los periódicos, la televisión y la radio. Antes debían sí o sí enviar un corresponsal a las zonas de guerra para enterarnos de los eventos en lugares remotos, mientras que actualmente recibimos 'Tweets' en tiempo real directamente del vecino de Bin Laden", ejemplificó el hombre.

Antes y después

Para ejemplificar lo que los integrantes del Anonymous intentan proteger, H. B. se remontó a los años en que Gutenberg revolucionaba la historia de la escritura con la imprenta.

"Internet es una herramienta revolucionaria que se equipara, o quizá supera, el impacto de la escritura cuneiforme de la antigua Mesopotamia o la invención de la imprenta de Gutenberg que tuvo en la humanidad. Las reacciones que hay de las discográficas y las editoriales con respecto a la internet es análogo a que los escribas le hicieran un juicio a Gutenberg por ponerles en peligro sus puestos de trabajo. Internet nos ofrece posibilidades ilimitadas y no podemos permitir que industrias y normas obsoletas nos impongan el ?status quo' para su propia conveniencia", se explayó.

El temor de los asociados es que en caso de que se llegue a juicio oral contra los responsables de Taringa! y estos sean condenados, sería la primera de muchas demandas.

"A largo plazo, cualquier contenido con copyright que no esté debidamente autorizado por quién posee los derechos del mismo, puede ser quitado. Un video que subiste a Youtube de una fiesta en la que suena una canción puede ser removido. Una foto de una obra de arte, si no está autorizada, puede ser removida. Las compañías que proveen internet a los usuarios deberán controlar todos los paquetes de información que sus clientes envíen y reciban".

Claro que para los impulsores de la campaña, el problema no termina en los derechos de propiedad intelectual de las empresas. "El ACTA está produciendo un sistema de control que podría ser utilizado por empresas y gobiernos para controlar todo lo que circula por la red: cuentas de usuarios, publicidad, noticias, e-mails, páginas webs de partidos políticos u ONGs. La web nació como un sistema descentralizado donde ninguna autoridad tiene un control total.

Quizá los argumentos de las empresas son comprensibles y aparentemente justificados para muchas personas, pero en la práctica están creando el primer modelo de monitorización y control de internet en su totalidad, sistema que estará al servicio de los compañías y gobiernos occidentales", agregó H.B.

"Siempre dentro del anonimato que nos caracteriza, nuestras acciones se basan en la participación masiva y en no coartar la libertad de las demás personas. Nuestras acciones se basan por lo general en la distribución de información por todos los medios disponibles, la difusión por fuera de los medios electrónicos como el ?paperstorm' (empapelar distintas ciudades con los mensajes), entre otras cosas", sentenció.

 Fuente diario Los Andes.


Algo más en el twitter de Operación Anonymus.

domingo, 5 de junio de 2011

Revista eÑe: Caso Taringa!: el debate sobre los bienes culturales en la era digital



 
 
Partes del debate en la catedra de Sociales sobre el caso Taringa.




El procesamiento de los hermanos Hernán y Matías Botbol, dueños de la comunidad, fue disparador de la discusión sobre la propiedad, la creación y el acceso al conocimiento en la era digital que tuvo un primer capítulo durante un seminario en la UBA. ¿Es lo mismo bajar una canción que robar una cartera? Si copiamos, ¿cómo se asegura que los autores reciban retribución por su obra? Fueron algunos de los ejes de la discusión sobre “el delito que cometemos todos

POR MARCELA MAZZEI 

 

“Linkear podría llegar a ser delito en la Argentina”, alertó Beatriz Busaniche, docente y miembro de la Fundación Vía Libre, si avanza el procesamiento de Taringa!, una de las comunidades online más populares de la Argentina. Lo dijo al iniciar una clase del Seminario Copyright/Copyleft sobre la cultura libre y el acceso al conocimiento en la era digital que tiene a cargo en la flamante sede de la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA, en Constitución. Allí, el jueves 26 de mayo hubo varios invitados y un caso de análisis: el procesamiento de los hermanos Matías y Hernán Botbol, dueños de Taringa!, porque a través de la comunidad se intercambian contenidos con derechos de autor. “Se busca una medida ejemplificadora”, arriesgó Busaniche, al presentar al panel.   

En el aula abarrotada, Glenn Postolski, director de la carrera de Ciencias de la Comunicación y titular de la cátedra de Políticas y Planificación, mostró su postura: todas las tesinas que firma son publicadas con licencia Creative Commons. “Taringa! refleja un debate de quienes controlan la capacidad de generar una importante renta con el manejo de creaciones de la industria cultural”, prosiguió, planteando un problema crucial: el escenario es propenso a la transformación porque pone en tensión un modelo de negocios pero, a la vez, tiene que garantizar que los autores reciban retribución por su trabajo.

Para el matemático Enrique Chaparro, también de la Fundación Vía Libre, el caso Taringa! es desencadenante de una discusión mucho más profunda (ver “No nos pueden procesar a todos”) que pone en cuestión conceptos básicos como la propiedad y la creación. Con matices, ambos expusieron posturas críticas a lo que uno llama la “judicialización de prácticas sociales” y el otro “expropiación de la renta fundada en la amenaza de la fuerza”. Busaniche medió entre ambos, y propuso pensar modelos para producir cultura sin criminalizar. “Los que tienen una opinión diferente no aceptaron la invitación”, aclaró Chaparro.

“Copiar es una práctica social –aseveró Busaniche– todos podemos estar de acuerdo en que no es lo mismo bajar una película que robar un auto”, y anunció que evalúa lanzar una campaña contra la despenalización de la copia en Internet, como una de las tantas formas de poner en evidencia que “la ley no está acorde con nuestro tiempo tecnológico”, por eso la infringimos casi a diario y “lo que está en juego es Internet tal como la conocemos”.

“Taringa! es un lugar donde la gente comparte información, entre otras cosas links, incluso muchas bandas y sellos independientes lo usan como plataforma de promoción “, explicó Matías Botbol ante un auditorio atento de estudiantes, periodistas, geeks y académicos. Y relató el caso de un realizador amateur uruguayo que subió un corto animado y tuvo tanto éxito que terminó firmando un contrato por 40 mil dólares con un estudio de Los Ángeles sin siquiera un guión escrito. “La verdad que a nadie le gusta que le pasen cosas así, pero vimos que es una oportunidad para un cambio, porque las cosas que tienen que ver con Internet están en manos de los que menos entienden de Internet”, resumió al final del debate.
 
La acusación

El último 6 de mayo, los hermanos Botbol fueron procesados como “partícipes necesarios” del delito de violación a la propiedad intelectual por permitir que en Taringa! algunos de los 50 millones de usuarios que la visitan cada mes compartan, en forma de links, material protegido por el artículo 72 de la Ley 11.723,  que data de 1933. El artículo establece que es delito editar, vender o reproducir por cualquier medio o instrumento, una obra inédita o publicada, sin autorización de su autor o derechohabiente. Éstos últimos, los editores, fueron los que promovieron la demanda en 2009: las editoriales Astrea, La Ley, Rubinzal y Asociados, Ediciones de la Flor S.R.L., Ediciones La Rocca S.R.L., Editorial Universidad S.R.L., Gradi S.A. y la Cámara Argentina del Libro.

Como descargo, los propietarios del sitio alegaron que es imposible para ellos comprobar si los contenidos que postean los usuarios violan los derechos de autor dada la magnitud del tráfico (20 mil posts diarios) y porque tampoco cuentan con los registros de propiedad intelectual para cotejar los datos. “Es una decisión de Taringa! no revelar datos de sus usuarios”, agregó Matías Botbol ante un auditorio que lo requirió personalmente cuando se habilitaron las preguntas. Como era técnicamente imposible ir contra los usuarios “que subieron la obra y los que la bajan”, en primera instancia la demanda no prosperó.

Pero según la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, los responsables de la página “son al menos partícipes necesarios de la maniobra y además claros conocedores de su ilicitud”, según el fallo del Centro de Información Judicial. Los usuarios comparten información en forma de links, en los que si otro usuario hace clic, accede a una Web externa donde se almacena información con derechos reservados: Taringa! ni siquiera alberga físicamente en sus servidores los contenidos ilegales –como ocurrió con Napster hace 10 años– sino que informan a través de hipervínculos que otros sitios están alojados determinados materiales.

Habrá un juicio y, como se trata de una demanda penal, en caso de condena las penas son de un mes a seis años de prisión. “Pero el Código Penal es taxativo: lo que no está tipificado no es delito”, aclara Busaniche, en un intento de mostrar que “están en busca de una medida ejemplificadora”, pero también que están en juego la libertad de expresión y, en definitiva, el acceso a la cultura.

El delito que cometemos todos
Si la ley penal es territorial y los servidores están en Estados Unidos o Rusia, ¿cuál sería la jurisdicción de estos delitos? ¿No hace Google lo mismo que Taringa! al indexar en su plataforma links de descarga sin importar qué hay en la descarga? ¿No hacemos lo mismo en Twitter o Facebook cada vez que compartimos un link? ¿Es un antecedente el caso de Virginia Da Cunha, la ex Bandana que llevó a juicio a Google y Yahoo! por ligar fotos suyas a sitios porno y cuya denuncia fue desestimada? ¿No hacen lo mismo los propios jueces en sus fallos cuando citan contenidos que otros escribieron para sus fundamentos (cuando sólo los artículos científicos están exentos)? El debate está abierto. 

 

 Fuente Revista eÑe


jueves, 2 de junio de 2011

Viernes 3 de Junio en el programa de radio Activate-Andrés San Juan-Abogado de Taringa y Rodrigo del Partido Pirata



El viernes 3 en el programa Activate por FM La Boca, Andrés San Juan, abogado de Taringa y Rodrigo del Partido Pirata Argentino charlando sobre el caso Taringa.

De 11 a 12 - (hora de Buenos Aires-Argentina)

 
(external link)

Si quieren enviarnos alguna pregunta puede hacerlo por e-mail a:
ppirataargentino#gmail.com

viernes, 27 de mayo de 2011

Taringa - Nacional y Popular

Hoy en Derecho a Leer postean una posible vuelta de tuerca sobre el caso Taringa.

Y una nueva nota en Ell Argentino suavizando un poco la postura anterior en donde le daban la palabra a un abogado de la propiedad industrial.

Así que es posible que ahora desde la bloggeria "K" salgan más voces a defenderlos....Acá nos preguntábamos por qué no salieron antes....Ojalá que salgan ahora entonces.






jueves, 26 de mayo de 2011

Volante de apoyo a Taringa.

lunes, 23 de mayo de 2011

Si somos los negros de Taringa....La Blogósfera "K" los apoya?

En esta entrada de "Derecho a Leer" hacen un paralelismo entre lo que pasa en Taringa y la historia de la Argentina cuando se dividió entre peronismo y anti-peronismo y varios errores históricos luego de eso. Apoyando a quien no había que apoyar....

El tema es que luego de leer la entrada me generó la duda si en la llamada "Blogósfera "K" se tocó el tema Taringa....

No se si son todos Blogs "K" por las dudas si no lo son avisen y lo sacamos de la lista.

Si entramos en el blog de Lucas Carrasco no encontramos nada sobre el proceso a Taringa.

Lucas va de vez en cuando a 6, 7, 8 y alguno que otro programa.


Iba a copiar acá todos los blogs que recomienda Lucas pero son muchos...fíjense donde dice BLOGS
a la derecha si en algunos de esos blogs se menciona el caso Taringa....

Ojalá que le presten apoyo (si tienen ganas).



Para los que están en guerra constante con Clarín, escuchen este áudio de una entrevista al abogado de T! en ella él dice que les pidieron más información sobre los usuarios que subieron material y T! se negó a darla.

Algo muy diferente a lo que hizo Clarín en su momento que mandó a todo el mundo en cana...O cuando escrachó al que había hecho un photoshop sobre un cartel en la cancha de River y lo escracharon.

Tienen material para su Guerra con Clarín!!! Taringa no los mandó en cana!!!



sábado, 21 de mayo de 2011

Para revisar as legendas de um video..

Se quiseram revisar e corregir as legendas em português do video do debate de Julio Raffo sobre direito autoral:

Neste link acham as legendas em português. estão em formato srt podem abrir o arquivo com o bloco de notas, podem fazer as correções e enviar de novo para :

Ppirataargentino#gmail.com

As legendas correspondem ao seguinte vídeo:











Si quieren verlo en Youtube.


Que podem baixar se usam Firefox com o Download Helper.


viernes, 20 de mayo de 2011

Julio Raffo analiza el caso Taringa en Con Sentido Público





 
 
Julio Raffo analiza el caso Taringa en Con Sentido Público Si quieren verlo en Youtube.

Ya nos lo decían antes, La Pornografía Infantil es Genial!!!...Para cerrar sites que no tienen nada que ver y justificar cualquier cosa.
 
Los libros de Hernán Casciari nacieron como blogs, y él consiguió de la editorial una cláusula en donde los derechos para la web están liberados.

 Cuando dicen que con cada libro descargado pierden de cobrar algo, por qué no aclaran :De Qué No Viven los autores I   y II

Taringa no tiene en sus servidores archivos con derecho de autor, lo que tiene son links para descargas (del tipo Megaupload, Rapidshare, etc. etc. ) En España los jueces decidieron que una biblioteca de links no es delito ...Qué harán en la Argentina?


jueves, 19 de mayo de 2011

Entrevista a Dr. Andrés San Juan, abogado de Taringa! en Tontos Con Poder

El sábado 14 de mayo en el programa Tontos con Poder le realizaron una entrevista a Andrés San Juan Abogado de Taringa.

Si quieren comunicarse con Tontos Con Poder página en Facebook del programa.






 
 
Presione en play para escucharlo online o
Si quieren descargar el archivo mp3.


Este sábado, nota con el director Daniel Burman y la demanda que el cine argentino también emprendió contra el sitio..

Todos los sábados 13 hs, por AM 750 (www.radioam750.com.ar ).

lunes, 16 de mayo de 2011

David Divinsky-Ediciones De La Flor-Los voy a llevar en los próximos días a Tribunales

Fuente ADN-La Nación.
-El avance de Internet supone, entre tantas cosas, una gran piratería. ¿Cómo lo resuelven?
-Hemos tenido éxito con un portal francés que había puesto los libros de Quino con el argumento de que no sabían que había derechos sobre esos libros. ¡Absurdo! Luego tenemos una causa contra Taringa! porque han metido una cantidad de libros que tienen derechos. Y ha ido prosperando. Y después está esto (toma una pila de libros). Esto que ves acá son libros pirata con la factura de compra. Los voy a llevar en los próximos días a Tribunales. De Operación Masacre hay ediciones hasta más lindas que la auténtica, pero los de Fontanarrosa son tan espantosos que les haría un juicio por piratería y otro por mal gusto.





Seguro que los libros de Rodolfo Walsh , cuando haga la denuncia, serán quemados....

Difícil no pensar en la dictadura y las nuevas formas de privatización del conocimiento.



miércoles, 11 de mayo de 2011

Caso Taringa: Ser Juez y Parte...

Fuente : Blog de Beatriz Busaniche.


Ahora que se sabe quiénes iniciaron la acción contra Taringa, hay otros elementos para el análisis.
¿Quién edita los libros jurídicos mediante los cuales los abogados construyen prestigio y reputación? Existe un número importante de editoriales jurídicas, entre las cuales se destacan La Ley y Astrea. Por cierto, vale decirlo: ambas están en la nómina de editoriales que están, junto con la Cámara Argentina del Libro, detrás de la denuncia penal contra Taringa. La abogacía está atravesada por las editoriales jurídicas más importantes: Abeledo Perrot, La Ley, Lexis Nexis, Astrea, El Dial, Marcial Pons, son las editoriales más prestigiosas y consultadas. Si un abogado quiere hacer carrera, ser citado, referenciado en fallos, debe necesariamente publicar por estas vías. Estas son las que editan fallos, los comentarios de fallos y los libros del sistema jurídico local.
Vale decirlo claramente: No es dificil encontrar algún que otro libro de los firmantes de la cámara. El juez Julio Marcelo Lucini tiene libros editados en La Ley

¿Será que en una causa iniciada por algunas de estas editoriales, los magistrados deberían excusarse por ser juez y ser parte? 




viernes, 6 de mayo de 2011

Comienza el intento de autocensura en la web...Fallo contra Taringa

 
Confirman el procesamiento de propietarios de sitio web donde usuarios descargaban música 

Lo resolvió la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. Los jueces los acusan de ser “partícipes necesarios” de la violación a la Ley de Propiedad Intelectual, dado que ellos conocían la ilicitud de la maniobra y la permitían 

La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento de los dos propietarios de una página de internet por considerarlos “partícipes necesarios” del delito de violación a la propiedad intelectual al permitir que, a través de su sitio, diferentes usuarios suban y descarguen material protegido por esa ley.
En su descargo, los imputados alegaron que “es imposible que determinen el contenido de las cargas y establezcan si violan los derechos de autor cuando diariamente, en promedio, se realizan veinte mil ‘post’ y porque no tienen acceso al Registro Nacional de la Propiedad Intelectual para cotejarlo”.
Sin embargo, los jueces sostuvieron que “los imputados a través de su sitio permitían que se publiciten obras que finalmente eran reproducidas sin consentimiento de sus titulares. Si bien ello ocurría a través de la remisión a otro espacio de Internet, lo cierto es que justamente tal posibilidad la brindaba su servicio”.
“Adviértase que si bien los autores del hecho finalmente serían aquéllos que subieron la obra al website y los que ‘la bajan’, lo cierto es que el encuentro de ambos obedece a la utilización de la página ………., siendo sus responsables al menos partícipes necesarios de la maniobra y además claros conocedores de su ilicitud, por lo que el convenio que exhiben para pretender exonerarse de responsabilidad no podrá ser tenido en cuenta”, concluyeron.

Fuente: Agencia de Noticias del Poder Judicial




En El Derecho Informático colocan el nombre de Taringa en la causa.


Es importante resaltar que están procesando a Taringa (no la condenaron) por dejar links para descargas. Ellos no almacenan ningún material en sus servidores, hay links a megaupload, rapidshare y otros lugares desde donde se pueden descargar archivos.


Algunos extractos del fallo:


"El funcionamiento como biblioteca de hipervínculos justifica la existencia de la página que tiene un ingreso masivo de usuarios, mediante el cual percibe un rédito económico con la venta de publicidad, la que en el negocio informático se abarata o encarece en función de la mayor cantidad de visitas que recibe.-
Lo expuesto ha permitido que personas, aún no identificadas, publicaran links para descargar ilegítimamente las obras descriptas a fs. 4/5, a cuya enumeración nos remitimos en honor a la brevedad, sin que la maniobra fuera evitada por la administración del sitio de los imputados, facilitando con ello las copias cuestionadas.-"

En su defensa dicen:

"Alegó que la querella solicitó la eliminación de un post, lo que fue cumplido el 23 de marzo de 2009, pero que otro usuario lo volvió a subir el 19 de junio del mismo año, por lo que el esfuerzo por impedir la maniobra existió. La circunstancia de que los imputados conozcan la posibilidad de que terceros afecten los derechos de autor, no significa que tengan voluntad para alentarlos.-

Por eso hizo hincapié en los términos y condiciones de adhesión de los usuarios donde en relación a la incorporación de links se sostiene que “Uno de los principales derechos patrimoniales de un autor es el de reproducción de su obra, este derecho confiere la facultad de prohibir reproducciones de su obra sin autorización previa y expresa. Un link no vulnera el derecho de reproducción, las direcciones URL, son
meros hechos que no están protegidos por el derecho de autor por no implicar la realización de una copia de una obra. Sin embargo cuando el autor o el titular de los derechos sobre una obra no la hubiere publicado, nadie sin autorización de éste podrá lícitamente hacerlo, por consiguiente los usuarios sólo podrán asociar a sus posts, links que refieran a obras que hubieren sido lícitamente publicadas en Internet por
su titular”.-

Tal situación lo persuade que es imposible que sus asistidos determinen el contenido de las cargas y  stablezcan si violan los derechos de autor cuando diariamente, en promedio, se realizan veinte mil “post” y porque no tienen acceso al Registro Nacional de la Propiedad Intelectual para cotejarlo.-

Es que la exigencia que impone la ley impide la imputación subjetiva, pues no podría penarse a quien desconoce el extremo relativo a la protección legal que conlleva la obra que edite o reproduzca.-
También resaltó que se desconoce si quien cargó los textos hubiera pagado los derechos de autor o los tenga reservados a su favor, extremo negado por los damnificados.-

Por otro lado, para asignarles el rol de partícipes necesarios, debía tenerse por acreditado un acuerdo previo de voluntades para efectuar un aporte a la ejecución del hecho o al autor de los elementos necesarios para que se consuma el plan trazado, lo que a su juicio no se vislumbra ante la ausencia de pruebas que los usuarios utilicen el sitio incumpliendo el convenio que deben aceptar para poder cargar el material, no alcanzaba para fundar la asignación de un rol en la ejecución del suceso.-"

 "En cuanto a la obligación impuesta a los imputados de sacar el material de su página, bajo apercibimiento de detención, sostuvo que durante el proceso penal el acusado goza una presunción de inocencia y destacó que no surgían indicios para presumir que sus pupilos eludirán la acción de la justicia o entorpecerán la investigación. Indicó que la conminación caía en un error básico de derecho procesal penal que es amenazar con una pena de prisión la desobediencia, cuando eventualmente hay otros medios de coerción que no impliquen privación de libertad.-"

Sobre el proceso:

"Los imputados a través de su sitio permitían que se publiciten obras que finalmente eran reproducidas sin consentimiento de sus titulares (ver fs.4/5, 74, 96, 129, 134, 152, 374/375 y 382/389). Si bien ello ocurría a través de la remisión a otro espacio de Internet, lo cierto es que justamente tal posibilidad la brindaba su servicio.-
Han reconocido tanto en la audiencia como en sus escritos y además surge de la causa, que son los administradores de la página, debiendo responder en tal sentido.-

Adviértase que si bien los autores del hecho finalmente serían aquéllos que subieron la obra al website y los que “la bajan”, lo cierto es que el encuentro de ambos obedece a la utilización de la página ………., siendo sus responsables al menos partícipes necesarios de la maniobra y además claros conocedores de su ilicitud, por lo que el convenio que exhiben para pretender exonerarse de responsabilidad no podrá ser tenido en cuenta.-"


Básicamente el comienzo del proceso contra Taringa (según lo que dice el site "El Derecho Informático" en cuanto a la demandada) es por ser una biblioteca de links.

Todos sabemos que en Taringa no hay nada en sus servidores, todo está en las llamadas "descargas directas" (megaupload, rapidshare, y otros).

Por tener esos links es que los están acusando. También les piden que sean gendarmes de lo que suben sus usuarios y que así ejerzan la autocensura. En Taringa existe una forma de denunciar si algo de lo que circula por ahí es o no ilegal. Los comisarios del copyright pueden denunciarlo dentro de Taringa y así ellos lo borran. Con eso no les alcanza , quieren que Taringa sea el gendarme que haga el trabajo de los comisarios del copyright.

En España los jueces siempre entendieron que los lugares que eran bibliotecas de links no estaban violando la ley, por eso crearon el adefesio de la Ley Sinde...

En principio ese juez les inició el proceso.

Como se decía en otras épocas:

TODOS SOMOS TARINGA!!!!

Si hoy los censuran a ellos, mañana lo seremos todos..
Para entender un poco más lo que pasó en España:

"Pese a lo que pretende la Ley Sinde, criminalizando una actividad que en si es libre y no supone ningún delito: compartir enlaces que lleven a descargas. Un nuevo fallo del Juzgado de Instrucción Nº 3 de Ferrol ha desestimado el caso interpuesto contra  estrenosdivx.com, www.limitedivx.com y www.limitetracker.com.
Las webs fueron acusadas en el pasado 2006 de facilitar la obtención ilícita de obras videográficas a través de programas de intercambio de archivos P2P y de beneficiarse de esta actividad mediante la gestión de la publicidad en las páginas y el envío de SMS para acceder a opciones premium. Algo que la acusación consideraba una violación continuada de los derechos de propiedad intelectual.
El Juzgado admite los hechos de la denuncia, pero determina que ha de diferenciarse de la actividad que proporciona enlaces de descarga directa mediante FTP, concluyendo que según la vigente  Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio, las webs no pueden ser responsables por la información que dirijan a sus usuarios."

Fuente Fayer Waver.









miércoles, 14 de octubre de 2009

Sobre el Acta de Procesamiento a Horacio Potel


Sobre el procesamiento a Horacio Potel, si quiere leerlo.

Federico N. nos deja el siguiente comentario:


Luego de varias lecturas al escrito del juez sobre el procesamiento de Potel, tengo la impresión que el escrito tiene algunos huecos probatorios.

En primer término, aunque le imputa "estafa", en ningún momento comprueba el hecho real, salvo que la página "derridiana" y "heideggeriana" son propiedad y autoría de HR Potel. (el texto del juez me llevó al borde de la risa incontenible al leer que afirma sobre el sujeto Friedrich Wilhelm Nietzsche que había fallecido en 1900, entonces (obviedad) no era delito la publicación de sus obras).

Pero en ninguna parte del texto se lee que se haya cometido el "delito" de hacer una (1) copia. No dice en ningún lado que se hicieron "n" copias lo cual le ocasionó un daño de "x" euros a la editorial. Entonces: ¿tienen pruebas que se haya cometido el delito? ¿y que les haya realizado un "daño real" a los editores y derechohabientes?

Vamos al Absurdo: supongamos que HRP coloca tres estantes en la vereda de su casa con libros de Heidegger, Derrida y Nietzsche. Los libros son mágicos y se reproducen solos si alguien se los lleva. Al caer la noche, guarda nuevamente los estantes y los libros de H, D y N. ¿como voy a probar que alguien se llevó un ejemplar o simplemente lo leyó y prosiguió su camino?

En ningún punto está probada la comisión de un daño real.

Entonces, solo incurre en "la puesta en peligro" (dolo eventual) de algún "posible" perjuicio a los derechohabientes. Esto sí figura en el Código Penal, pero no está probado.

Dice el texto del juez: "En el caso, la reproduccion se vio probada, como se dijo, por la carga de los libros cuyos autores se han nombrado, a las paginas de internet en cuestion -registradas a nombre del incuso- sin la debida autorizacion para ello, pero mas aun, porque dicha carga ha sido materialmente efectuada por el incuso, el cual debio escanear tales obras, para luego en forma virtual, transformarlo en archivos con extension PDF y ofrecerlos en la web."

En este caso, lo que se le imputa a HRP sería un delito idéntico a sacar una fotocopia. Y ofrecerlos en la web. Pero no hay una sola copia material, ni probada, ni mencionada, en el texto.

¿Alguien piensa que Su Señoría, los fiscales, los de la cámara del libro, los editores y los derechohabientes jamás en su vida, han fotocopiado un libro o parte de él?

Lo que si es criticable, es la falta de mención de la inexistencia de todo afán de lucro por parte de HRP.

Esto ya me hizo leer buena parte del Código Penal y de la ley 11.723 (propiedad Intelectual), en una copia que hice en el disco duro de mi PC. ¿será delito hacer una copia del Código Penal?

Saludos

Federico N.


Si quiere leer el procesamiento a Horacio Potel



viernes, 9 de octubre de 2009

Las imágenes del procesamiento a Horacio Potel

Debate sobre Derechos de Autor en Forofyl, opinión de un abogado...


A raíz del cierre de la Bibliofyl en el Forofyl se dió un interesante debate sobre las leyes de derecho de autor y su aplicación a lugares de descarga gratuita de material que podría tener derechos de autor, lugares que no tienen fines de lucro.

El debate lo encuentran en esta entrada del Forofyl.

El debate surgió luego que el servidor en donde se encontraba la biblioteca que estaba especializada en libros que se usan en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires recibió una intimación, no dijeron bien de dónde, y los titulares de ese dominio decidieran quitar los enlaces y el buscador de libros.

En bibliofyl no existe afán de lucro y el material que colocaban era variado: Apuntes, Clases desgrabadas, trabajos prácticos, libros en Dominio Público (Marx, Platón, etc), y algunos libros con derecho de autor.

Es de destacar que la iniciativa del Forofyl surgió de un grupo de estudiantes y que no hay ningún partido político o agrupación estudiantil detrás, es más el Centro de Estudiantes no acompaño, ni acompaña hasta ahora me parece, la iniciativa.

En este comentario en el site del Centro de Estudiantes de Filosofía pueden leer:

  • "Una decepción, pensé que habían colgado los textos. De socializar los textos, ni hablar, no?"

  • bibliofyl es algo mantenido y hecho por estudiantes. Nosotros(los miembros de la comunidad forofyl.com.ar), buscamos los textos en publicaciones, los escaneamos, limpiamos, arreglamos y subimos a la web. Nadie nos paga nada y no cobramos por las descargas.

  • "Antes que nada me alegro que estén empezando a escuchar los pedidos de la gente. Es una buena forma de empezar a actuar no solo como negocio de publicaciones sino también como centro de estudiantes.

    También me alegra leer en un medio oficial que están entregando CDs de las materias ya que reiteradas veces fui y no me quisieron atender ya que pririzaron las fotocopias (tampoco me quisieron tomar el pedido de los cd’s).

    Ahora si, lamentablemente tengo que corregirte cuando te referis a la Bibliofyl. Si bien somos estudiantes (que también trabajamos gratuitamente para este fin) los que subimos los archivos, los mismos no son provenientes de publicaciones. Esto es por varias razones: la primera es que se complica mucho tener materias de parte de uds. Es por eso que primero tratamos de conseguir el material por otros medios y luego (y a falta de otras opciones) recurrimos a escannear muchos de los apuntes que prestan los alumnos que cursaron la materia.

    Muchas gracias por el espacio."

Comentarios en esta entrada del site del Centro de Estudiantes de Filosofía


Sobre el debate en Forofyl sobre las leyes de Derecho de Autor , algunas entradas que me parecieron interesantes:

  • "Bueno, sacando el abogado de adentro: :)

    En primer lugar, para aclarar las cosas, hay que hacer una distinción entre derecho penal y derecho civil (para decirlo rápidamente: penal tiene que ver con si cometes un delito -->vas preso; civil con si haces un daño -->debes resarcir económicamente)

    En cuanto al problema penal, el delito que existe por violación a la propiedad intelectual es un tipo de fraude. Como tal, la jurisprudencia ha entendido siempre que se exige para el cumplimiento del tipo penal el ánimo de lucro.

    Es decir, en cuanto a la posibilidad de ser procesado alguno de los de forofyl no habría problema puesto que ánimo de lucro no hay (salvo que bibliofyl sea una forma de que entremos a los anuncios de adsense :C: :P )

    En cuanto a la responsabilidad civil debe haber:

    • Un daño,

    • Una acción relacionada causalmente con el daño producido,

    • Un factor de atribución (es decir: culpa, dolo o algún factor objetivo)


    El daño es claro: lucro cesante por todos los libros que se dejaron de comprar gracias a que los teníamos en web. (digan lo que quieran, que uds. de todos modos no los pensaban comprar, etc. el daño se va a dar por acreditado)

    La acción es clara también: se escanearon (o se bajaron de otro lado, no importa) y se subieron a es-ni-ps libros y material que fue compartido lo cual está causalmente relacionado con el daño.

    El factor de atribución: dolo. Se hizo "a propósito" (es decir, no fue un error, ni una consecuencia indeseada)




    ¿Cuál es la conclusión?

    Penalmente:
    no creo que haya problemas (aunque probablemente sí haya algunas amenazas para "asustar").


    Civilmente: si se hace una demanda por daños y perjuicios el responsable de forofyl (Forke? Lupita?) + todos los usuarios que se puedan reconocer que hayan subido material (lo cual no es muy dificil pq el foro está lleno de información sobre los usuarios, incluso fotos!) responderían.

    Las sumas deben ser muuuy altas, fíjense que el procedimiento para hacer la cuenta de cuánto fue el daño es: multiplicar el valor del libro (artículo, revista, etc) por la cantidad de descargas (con algunos descuentos si se quiere, pero igual da un nro muy alto).




    ¿Cuál es el tema de los links?

    Es cierto que sitios como Taringa siguen funcionando y son semilleros de links a material ilegal. Pero la jurisprudencia ha entendido que ahi no hay responsabilidad (puesto que el que linkea no es necesariamente el mismo que sube el material y a lo mejor no sabe siquiera si es ilegal o no). Es decir, si forofyl fuera como Taringa que solo colecta links al material no habría ningún problema, pero aquí se trata de otra cosa: de una organización que se dedica a subir el material ilegal y después pone los links.



    ¿Qué pasa si ponemos los servidores en Rusia y seguimos haciendo lo mismo?

    Pasa que nosotros -personas físicas- estamos en la Argentina y debemos responder ante la Justicia argentina por el daño que le producimos a los titulares de los derechos.
    Es decir que si un posible actor (demandante) inicia una demanda contra (Forke, Lupita, o cualquiera de nosotros) nada importa en que país está el servidor.

    ¿Cuál es la ventaja de poner servidores en el extranjero?

    Y... lo que logramos es que no nos "bajen" el servidor. (porque a los rusos no les llega nunca la demanda por daños). Pero para no quedar atrapados nosotros hay que hacer las cosas anónimamente (mínimamente, no tener threads donde dice cuál es nuestro mail, como nos llamamos, que materias cursamos, una foto de nuestra cara, etc)




    Si yo fuera F., L., S. o cualquier usuario que haya hecho aportes a bibliofyl, editaría toda la información personal que aparezca en el foro (y sobre todo los posts en donde se menciona que subí, tal o cual archivo)




    Cosas que pienso que habría que hacer:

    1. . Ir pensando en hacer un backup de lo que esté en es-ni-ps para el día que eso llegue a volar.


    2. . Buscar un medio alternativo de pasar los archivos (un .xls con los links, pasarlos por el Mula , etc)


    3. . Antes que todo, borrar todo lo que pueda delatar la actividad ilícita :ninja:

  • " no todo el material de bibliofyl tiene derecho de autor. muchas cosas pueden caer bajo dominio público"

  • "En primer lugar, para aclarar las cosas, hay que hacer una distinción entre derecho penal y derecho civil (para decirlo rápidamente: penal tiene que ver con si cometes un delito -->vas preso; civil con si haces un daño -->debes resarcir económicamente)

    En cuanto al problema penal, el delito que existe por violación a la propiedad intelectual es un tipo de fraude. Como tal, la jurisprudencia ha entendido siempre que se exige para el cumplimiento del tipo penal el ánimo de lucro."
    • es asi, lamentablemente el antecedente del procesamiento de Horacio Potel indica que la cosa no es tan sencilla, supongo que esta procesado bajo la figura de fraude, a pesar de que no hay animo de lucro

    -Un daño,
    -Una acción relacionada causalmente con el daño producido,
    -Un factor de atribución (es decir: culpa, dolo o algún factor objetivo)

    El daño es claro: lucro cesante por todos los libros que se dejaron de comprar gracias a que los teníamos en web. (digan lo que quieran, que uds. de todos modos no los pensaban comprar, etc. el daño se va a dar por acreditado)

    La acción es clara también: se escanearon (o se bajaron de otro lado, no importa) y se subieron a es-ni-ps libros y material que fue compartido lo cual está causalmente relacionado con el daño.

    El factor de atribución: dolo. Se hizo "a propósito" (es decir, no fue un error, ni una consecuencia indeseada)

    • igual pregunto, cualquier daño cuenta para una causa civil?, quiero decir, un critico de cine puede matar una pelicula en un critica y hacer que no vaya nadie a verla, pero no por eso se lo puede demandar por daños y perjuicios al critico!

      tampoco se puede demandar a una persona, o b i b l i o t e c a por prestar uno o miles de libros (podria tomarse que la persona beneficiaria del prestamo no comprara el libro) a pesar que la accion pueda presentarse como un daño al autor o el editor del libro por lucro cesante

    Penalmente: no creo que haya problemas (aunque probablemente sí haya algunas amenazas para "asustar").
    Civilmente: si se hace una demanda por daños y perjuicios el responsable de forofyl (Forke? Lupita?) + todos los usuarios que se puedan reconocer que hayan subido material (lo cual no es muy dificil pq el foro está lleno de información sobre los usuarios, incluso fotos!) responderían.

    • alcanza en la justicia? digo simplente: "yo no soy ese usuario, cualquiera puede subir una foto mia, en ningun lado esta acreditada mi identidad"

    Las sumas deben ser muuuy altas, fíjense que el procedimiento para hacer la cuenta de cuánto fue el daño es: multiplicar el valor del libro (artículo, revista, etc) por la cantidad de descargas (con algunos descuentos si se quiere, pero igual da un nro muy alto).

    • habria que buscar jurisprudencia, pero la equivalencia una descarga ilegal = un libro o disco menos vendido, se sabe que es una falacia, me parece que hasta hay fallos que desestiman ese razonamiento, aunque probablemnte haya otros que no, sin embargo una cosa es lo que repiten las discograficas o editoriales en su propaganda y otra cosa lo que opina o ha opinado la justicia

    Es cierto que sitios como Taringa siguen funcionando y son semilleros de links a material ilegal. Pero la jurisprudencia ha entendido que ahi no hay responsabilidad (puesto que el que linkea no es necesariamente el mismo que sube el material y a lo mejor no sabe siquiera si es ilegal o no). Es decir, si forofyl fuera como Taringa que solo colecta links al material no habría ningún problema, pero aquí se trata de otra cosa: de una organización que se dedica a subir el material ilegal y después pone los links.

    • no! eso es como decir que una red p2p se dedica a intercambiar material ilegal solo porque se puede intercambiar material ilegal, en este caso hay abundante material q esta en dominio publico y se puede subir (marx, platon, kant aristoteles etc), el objetivo no es "subir material ilegal", es escanear o recolectar textos de filosofia y letras, que es otra cosa, ademas habria que probar q se trata de "una organizacion", como podes acreditar por ejemplo que este trhead ha sido escrito por varios usuarios varias personas y no por una sola? habria que allanar el servidor, acreditar los logs del servidor como ciertos, relacionar los ip del log con los post de los usuarios, y con eso recien estarias probando que cada post se publico de computadoras diferentes!

      me parece que si esta claro que taringa no es una organizacion que se dedica a subir material ilegal (!!), entonces ni este ni otros foros puede considerarse "organizaciones que se dedican a subir material ilegal" solo porque tienen enlaces a supuesto material no autorizado

    Pasa que nosotros -personas físicas- estamos en la Argentina y debemos responder ante la Justicia argentina por el daño que le producimos a los titulares de los derechos.
    Es decir que si un posible actor (demandante) inicia una demanda contra (F., L., o cualquiera de nosotros) nada importa en que país está el servidor.

    • eso es asi pero, como hace el demandante para saber quien es el titular de la cuenta o del dominio? si todo el tramite lo realizas con empresas extranjeras que mantienen reserva sobre tu identidad (no aparece tu nombre en el whois) entonces el demadande no tendria mas remedio que comenzar la demanda en el pais donde este el servidor, lo cual no creo que sea un tramite sencillo

  • Horacio Potel deja el siguiente comentario :

    "En cuanto al problema penal, el delito que existe por violación a la propiedad intelectual es un tipo de fraude. Como tal, la jurisprudencia ha entendido siempre que se exige para el cumplimiento del tipo penal el ánimo de lucro."


    Contesto a esto, siempre hasta ahora: yo estoy Procesado por infracción a la ley de propiedad intelectual y en el informe de la fiscalía se menciona expresamente que No había fines de lucro, el acta del proceso se puede leer aquí
    Horacio Potel





Sería bueno organizar una charla o debate con abogados para saber más sobre el tema y así poder enfrentarnos a lo que sucede con Bibliofyl o lo que está sufriendo Horacio Potel.


En los comentarios nos dejan una página en Facebook en donde está escaneado el procesamiento a Horacio Potel, por las dudas lo copié acá.

lunes, 17 de agosto de 2009

Lo que se viene en la Argentina en la medida que no se pare todo el desastre sanitario....

Lo mas triste de todo lo que está pasando con los tangénicos en la Argentina es además todo el desastre sanitario que se está causando la cuenta la tendremos que pagar, vía Estado, todos nosotros.

Los sojeros dirán que ellos no estaban haciendo nada ilegal, que el SENASA, el INTA y otros organismos oficiales decían que lo que se estaba haciendo no era ilegal...

Fíjense lo que pasó en Brasil con los que sufrieron los efectos de la Talidomida, le hicieron un juicio al Estado Federal por no prohibir el remedio cuando ya se sabía en el resto del mundo que era nefasto...Igual nada paga algo tan terrible como deformaciones y muertes.

Sobre la Talidomida y lo que tendrá que pagar el Estado Federal Brasileño.

Imagen de la Wikipedia.

Sobe la Talidomida:

"

La talidomida es un fármaco que fue comercializado entre los años 1958 y 1963 como sedante y como calmante de las náuseas durante los tres primeros meses de embarazo (hiperemesis gravídica).

Como sedante tuvo un gran éxito popular ya que no causaba casi ningún efecto secundario y en caso de ingestión masiva no era letal. Este medicamento, producido por Chemie Grünenthal, de Alemania, provocó miles de nacimientos de bebés afectados de focomelia, anomalía congénita caracterizada por la carencia o excesiva cortedad de las extremidades.

La talidomida afectaba a los fetos de dos maneras: bien que la madre tomara el medicamento directamente como sedante o calmante de náuseas o bien que el padre lo tomara, ya que la talidomida afecta al esperma y transmite los efectos nocivos ya en el momento de la concepción. Cuando se comprobaron los efectos teratogénicos (que provoca malformaciones congénitas), del medicamento, éste fue retirado con más o menos prisa en los países donde había sido comercializado bajo diferentes nombres. España fue de los últimos países al retirarlo el año 1963."

Fuente Wikipedia.

Si bien la wiki dice que España fue uno de los últimos países en retirarlo, Brasil lo retiró recién en 1965.

Éso hizo que los que resultaron afectados por la talidomida le hicieran un juicio al Estado brasileño y lo ganaran:


"A partir de la publicación del acórdão (21/7), las víctimas de la primera generación de la Talidomida podrán ser indemnizadas por daños morales

El Tribunal Regional Federal de la 3ª Región (TRF3) confirmó el jueves 16 de julio la condena a la Unión (Estado Federal) a indemnizar por daños morales a las personas com Síndrome de Talidomida y elevó el valor de la indemnización a cien veces el valor de la pensión vitalicia que las víctimas ya reciben, que deberá ser efectuada en un único pago."

"En 1961, el remedio fue prohibido en todo el mundo por provocar deformaciones en el feto. En Brasil, la Talidomida fue retirada del mercado sólo cuatro años después."

"Según el acuerdo publicado el 21/7 en el Diario Electrónico de la Justicia Federal de la 3ª Región, es evidente que hubo negilgencia por parte de las autoridades sanitarias al no impedir que la Talidomida fuese comercializada en Brasil hasta el año 1965, cuando sus efectos nefastos sobre los fetos ya eran conocidos por parte de la comunidad científica mundial, teniendo como consecuencia, la responsabilidad por la indemnización por daño moral a sus víctimas.



miércoles, 5 de agosto de 2009

Sacaron del aire al blog "Qué te pasa Clarín"

Clarín en la página de la Real Academia Española.

Tal vez la RAE (Real Academia Española) tenga que pagar "derecho de autor" al Gran Diario Argentino por usar esa palabra en el diccionario...




Si van a la página de Qué te pasa Clarín encuentran el siguiente comunicado:




Aviso Importante

A la comunidad de lectores y a la blogósfera en general:

Debido a acciones legales iniciadas contra este blog por parte de una de las empresas que conforman el Grupo Clarín, nos vemos forzados a limitar el acceso a toda la producción de contenidos que venimos realizando desde hace ya más de tres meses. La intención que tuvimos cuando pusimos en marcha este proyecto fue la de generar un espacio más para aportar al debate que se está dando actualmente -a lo largo y a lo ancho de nuestro país- en lo que respecta a las intenciones de la sociedad de reveer la regulación del espacio radioelectrico, vigente desde la última dictadura militar. Lo hicimos poniendo el foco sobre la empresa multimediática que más se ha beneficiado con el esquema de concentración económica que permite la legislación actual, produciendo información de puro sesgo periodístico, con opiniones editoriales de los autores comprometidos con el proyecto. Hoy nos toca sentir en carne propia que, efectivamente y como lo venimos diciendo, el ejercicio del derecho a la libertad de expresión es un privilegio reservado sólo a unos pocos. Sin ánimo de dramatizar esta situación, solicitamos a la comunidad bloguera que comunique las causas de la baja de este blog y nos comprometemos a mantener canales abiertos de comunicación a los efectos de continuar informando sobre el desarrollo de los sucesos.
Sin más, los saluda con mucho cariño,
El equipo de QTPC? (mail)

Qué te pasa Clarín




Toda la nota completa del reportaje a Claudio Díaz





El video está en esta página de youtube por si quieren incluírlo en sus blogs.


Entonce en este caso la censura que impone Clarín es por el supuesto uso de la palabra Clarín en el blog.

El tema es que Clarín existe en el idioma español, no es lo mismo que Coca Cola que si es una marca...

Acá vemos cuándo se puede censurar diciendo que se está protegiendo una marca.

Si quieren descargar todo el contenido del blog prohíbido.

Algo a tener en cuenta que comenta Agilucho en su blog:




"Si sirve para algo, va mi solidaridad con Claudio Díaz, Natanael Amenábar y compañía, con los que alguna vez crucé una charla o un comentario. Para la próxima ya saben amigos, nada de nombres reales que puedan ser identificados por la justicia. El nickname es al blogger lo que el pasamontañas es al piquetero.
Otra vez queda demostrado que la censura no sólo puede ser ejercida por el gobierno de turno, sino por cualquiera que tenga el poder suficiente. La libertad de expresión no es -o no debería ser- un derecho de los medios, sino de la ciudadanía toda. El derecho a expresarnos libremente es de todos, no es de Clarín, La Nación o Crítica. Es hora de reclamar nuestros derechos."

Fuente




En Crítica de Argentina aparece la censura padecida por "Qué te pasa Clarín":

"El ex redactor del suplemento Zonal de Morón describió en una carta que luego hizo pública, los motivos de su renuncia del año pasado. En el texto asegura que “a fines de marzo (de 2008) la revista Veintitrés me pidió una opinión sobre el rol que cumplen los medios periodísticos y algunos intelectuales en la elaboración del discurso político actual. Yo efectué una dura crítica a lo que se da en llamar el Grupo Clarín y acentué, particularmente, lo que a mi criterio había sido una clara manipulación informativa durante la cobertura del conflicto Gobierno vs. Campo, tanto por parte del diario como de Canal 13 y TN. En este caso no hice más que expresar, libremente, la vergüenza que me provocó -como periodista pero también como simple ciudadano- el ejercicio “periodístico” del Planeta Clarín y sus satélites”.

Al verse obligado a cerrar el blog porque el Grupo reclamó en la Justicia la posesión del dominio www.quetepasaclarin.com, Díaz escribió otra carta destinada a “la comunidad de lectores y a la blogósfera en general”. Los abogados del multimedio argumentan que el nombre Clarín está registrado y no puede ser utilizado en dominios en Internet por otros. En el sitio oficial de NIC Argentina, el administrador de direcciones web del Gobierno nacional, figuran 10 pedidos de registros pendientes para el dominio que usaba el Díaz. "

Al final aclaran:

Para saltar el cerco que le impuso el Grupo Clarín con las acciones judiciales, Claudio Díaz ya abrió otro blog: guotpasshornet.blogspot.com




Es raro, Clarín es una palabra del idioma castellano, es propiedad de Clarín....

Ahora hay algo confuso ahí, Nic Argentina es sólo para los dominios de la Argentina, los que terminan en .ar Qué te pasa Clarín es un dominio .com, no está registrado en la Argentina...


Si quieren investigar qué había en las páginas de "Qué te Pasa Clarín":

Para consultar la memoria de Google:

  1. Vamos a google


  2. En el cuadro de búsqueda ponemos site:site:www.quetepasaclarin.com

    Éso hará que Google busque sólo en los resultados que hay en el site www.quetepasaclarin.com


  3. En los resultados presionamos en donde dice En Caché que está resaltado en la imagen.



  4. Ahí podremos ver qué guardó de esa página Google cuando la indexó para colocarla en el ranking de búsquedas y así tratar de entender por qué fue procesada la página.

    Ésta página ya no está más en la memoria caché de Google, acá pueden encontrar lo que decía.

  5. Sobre la causa desde la perspectiva de las "Abuelas de Plaza de Mayo"


  6. Internet es un espacio en disputa.


Una aclaración :

Si van a Taringa encontrarán esta página en donde se denuncia lo que está pasando.

Hay quien quiera incluír ésto en la lucha que existe entre Clarín y el gobierno, puede ser que algo tenga que ver, pero el diario está censurando a un blog diciendo que no puede usar la palabra que lo define en el sitio.

Si la palabra fuera Coca Cola o alguna otra marca que NO es una palabra de nuestro idioma podríamos decir que si ....Pero el instrumento musical es una palabra de nuestro idioma, como lo aclara la imagen de apertura de este blog que pertenece al Diccionario de la Real Academia Española.




Este video en youtube.