jueves, 24 de junio de 2010

Copyright y diversidad cultural: una relación tensa (como mínimo)-Por Beatriz Busaniche

Interesante adelanto sobre un tema muchas veces poco tratado en los medios.

Copyright y diversidad cultural: una relación tensa (como mínimo)


Por Beatriz Busaniche1.

“La ‘diversidad cultural’ se refiere a la multiplicidad de formas en que se expresan las culturas de los grupos y sociedades. Estas expresiones se transmiten dentro y entre los grupos y las sociedades. La diversidad cultural se manifiesta no sólo en las diversas formas en que se expresa, enriquece y transmite el patrimonio cultural de la humanidad mediante la variedad de expresiones culturales, sino también a través de distintos modos de creación artística, producción, difusión, distribución y disfrute de las expresiones culturales, cualesquiera que sean los medios y tecnologías utilizados.”2

El fortalecimiento de un dominio público rico y vigoroso aparece como elemento central para la diversidad cultural, puesto que es un patrimonio común de la humanidad que debe ser preservado, promovido y enriquecido a través de todos los métodos adecuados, incluyendo la digitalización3. La convención sobre diversidad cultural da cuenta de una multiplicidad de formas de expresión artística en las sociedades, no sólo desde la perspectiva de la producción cultural, sino desde una visión amplia, donde se incluyen los diferentes modos de creación, difusión, distribución y disfrute. El dominio público es aquella esfera en la cual los contenidos están libres de derechos de propiedad intelectual4. “En algún sentido, la información digital y las redes digitales hicieron que el dominio público se vuelva más robusto y vibrante; y si varias iniciativas de bienes comunes digitales consiguen sus objetivos, el dominio público podría florecer como nunca antes” (Samuelson, 2003). Este trabajo pretende dar cuenta de la relación establecida entre la regulación legal del Copyright, los fundamentos del sistema y la tensión entre estos dos aspectos y los modos de reproducción, distribución y disfrute de las expresiones culturales, especialmente, si tomamos en consideración los usos sociales de las nuevas tecnologías y las formas creativas emergentes de la cultura digital.

La relación entre los sistemas de propiedad intelectual y los bienes comunes del conocimiento...

Si quiere seguir leyendo en el blog de Beatriz está todo el trabajo final.

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