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Y más personas quieren ser músicos, en SADAIC parece que no es tan fácil cobrar algo. Los que viven de los derechos de autor son muy pocos....Entonces, por qué hacer tanto hincapié en el derecho de autor y por qué usar como posible financiación al canon digital...
Y siempre todo con todos los candados del copyright. Si hay algo financiado por el Estado, o sea todos nosotros, ¿no debería tener una licencia más libre?, ¿no debería poder distribuirse gratuitamente?, ¿poder "colgarse" en sites? , parece que no. Siempre seremos los "socios bobos" como con los créditos del INCAA, todo con todos los candados posibles...
Algunos aspectos que se puntualizaron en nuestra lista de correo sobre la Ley Nacional de la Música
Enviado por "Mi Nombre es Bond" a nuestra lista de correo.
- (Art 4) Serán funciones del INAMU (Instituto Nacional de la Musica): [...] u) Propiciar entre los músicos el conocimiento de los alcances de la propiedad intelectual, de las instituciones de derechos de gestión colectiva, sus derechos como trabajadores, así como de aquellas instituciones que defienden sus intereses y derechos. v) Elaborar políticas tendientes a erradicar las reproducciones ilícitas de fonogramas y/o videogramas y las comunicaciones digitales clandestinas o no autorizadas. [...]
- (Art 12) Créase el Fondo de Financiamiento el que será administrado por el INAMU y que estará constituido por ios siguientes recursos: [...] I) Los gravámenes específicos que a los fines de esta Ley pudieran crearse en el futuro. [si! una manera elegante de decir el canon digital que nos aprueben cuando pasen las elecciones!] [...]
- (Art 15) Los gastos administrativos de funcionamiento del INAMU tendrán como tope máximo el quince por ciento (15%) del monto total de los recursos que el mismo posea. [osea 15% para pagarle el sueldo a tipos que luego se dedicaran a hacer lobby conjunto con sadaic y capif en el congreso para sacar cosas como el canon digital, extenciones al copyright o las medidas restrictivas que hagan falta, y ademas no dice que sancion cabe en caso de que se exceda dicho monto administrativo...] sin embargo, si define claramente una pena para los productores de artistas extranjeros que no contraten a un "Músico Nacional Registrado"
- "En caso que no se de cumplimiento con lo dispuesto en el articulo anterior el productor de dicho evento -sea el Contratista, Empleador o el propio Músico Extranjero- deberá pagar una multa por un valor equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la recaudación bruta de todos los conceptos que haya generado su actuación." [y la millonaria recaudacion que sale del pais por regalias al exterior no se toca? cuando se trata de propiedad intelectual se acabo el interes nacional...] o sea - dice algo de la infame criminalizacion cotidiana del publico a traves de las leyes del llamado derecho de autor? NO
- de no criminalizar a los propios musicos que acceden a las obras para formarse, deleitarse o entretenerse y son criminalizados por esta misma ley promovida en su nombre? NO
- dice algo de promover nuevas formas de distribucion de musica, las cuales benefician especialmente a los circuitos alternativos? NO - dice algo de las licencias libres o la cultura libre? NO
- dice algo de la sangria de dolares que salen al exterior a traves de la gestion colectiva, para engordar los bolsillos de las superestrellas extranjeras? NO sin embargo...
- dice algo de SADAIC? SI, que hay que enseñarle a los musicos lo buena que es la gestion colectiva y el copyright - dice algo de la pirateria? como vimos en el item v) pide la solucion final, o sea, que hay que "erradicarla", es decir criminaliza practicas culturales que llevan a cabo los mismos musicos, especialmente los que recien empiezan, y en su nombre.., se puede ser tan hdp?
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- Texto de la Ley Nacional de la Música es un archivo pdf
- Mensaje enviado por "Mi Nombre es Bond" a nuestra lista de correo sobre la "Ley Nacional de la Música"
- Site de los Musicos Convocados haciendo lobby por la Ley Nacional de la Música.
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