En otras entradas comento sobre la llamada "Ley de los tres avisos", fundamentalmente :
Si veo que estás teniendo muchas descargas:
- Te aviso una vez
- Te aviso dos
- A la tercera te corto internet...
La Hadopi ha muerto o casi. El Consejo Constitucional desaprueba varios puntos fundamentales de la ley Hadopi sobre las descargas en Internet. Según señala en un comunicado, el organismo ha tenido en cuenta que varios elementos de la nueva ley resultan anticonstitucionales. "Internet es un componente de la libertad de expresión y el consumo" y "en el derecho francés prevalece la presunción de inocencia", ha señalado.
Según publica el diario Le Monde, el Consejo señala que su decisión afecta a los artículos 5 y 11 de la ley, que tratan los avisos y cortes de Internet a los usuarios que descargan contenidos con derechos de autor. "Se ajusta a la ley imponer una sanción si se demuestra que existen descargas ilegales", pero "el papel de la Alta Autoridad (Hadopi) es advertir y señalar sobre dichas descargas, pero no castigarlo y solo un juez podrá determinar la sanción", concluye.
El Consejo Constitucional retira entonces la capacidad sancionadora a la Hadopi, que el Senado había ratificado el pasado mes, dejándole solo la misión de enviar avisos. Según Le Figaro, el Consejo ha estimado que Internet es un "derecho fundamental" y solo puede ser restringido por un juez.
El Consejo echa mano de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, señalando que la "libertad de comunicación y expresión" debe prevalecer. Pero la Hadopi instauraba un extraño concepto jurídico como el de la "presunción de culpabilidad", inexistente en el derecho francés.
Los socialistas presentaron el 19 de mayo un recurso contra la sanción de la ley Hadopi contra las descargas ante el Consejo Constitucional. Aprobada el 13 de mayo, el proyecto de ley sancionador abogaba por la suspensión del acceso a Internet, después de dos advertencias.
Ejemplo para toda Europa
En el Viejo Continente, todo apuntaba a que Ley anti P2P francesa iba a ser clonada de país en país, estableciéndose como un consenso contra las descargas en Internet. Esta decisión vuelve a ratificar que debe ser un juez el que exige una orden judicial para cortar el acceso a Internet.
En España, Cultura e Industria se han fijado 2010 como fecha tope para contar con un marco jurídico que frene el intercambio gratuito de contenidos. Tras sentarse a negociar con representantes de la industria de telecomunicaciones y de la industria de contenidos audiovisuales, los miembros de la Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos han renunciado al corte de la conexión a Internet de los usuarios que descargan archivos con copyright.
La industria cultural española se adelantó así al rechaza que hoy certifica el principio del fin de la idea de desconectar a los internautas.
Es bueno recordar ésto ya que de éste lado del Atlántico quieren copiar la ley, por lo menos algo de racionalidad existe entre tanta locura.
0 comentarios:
Publicar un comentario