miércoles, 14 de octubre de 2009

Sobre el Acta de Procesamiento a Horacio Potel


Sobre el procesamiento a Horacio Potel, si quiere leerlo.

Federico N. nos deja el siguiente comentario:


Luego de varias lecturas al escrito del juez sobre el procesamiento de Potel, tengo la impresión que el escrito tiene algunos huecos probatorios.

En primer término, aunque le imputa "estafa", en ningún momento comprueba el hecho real, salvo que la página "derridiana" y "heideggeriana" son propiedad y autoría de HR Potel. (el texto del juez me llevó al borde de la risa incontenible al leer que afirma sobre el sujeto Friedrich Wilhelm Nietzsche que había fallecido en 1900, entonces (obviedad) no era delito la publicación de sus obras).

Pero en ninguna parte del texto se lee que se haya cometido el "delito" de hacer una (1) copia. No dice en ningún lado que se hicieron "n" copias lo cual le ocasionó un daño de "x" euros a la editorial. Entonces: ¿tienen pruebas que se haya cometido el delito? ¿y que les haya realizado un "daño real" a los editores y derechohabientes?

Vamos al Absurdo: supongamos que HRP coloca tres estantes en la vereda de su casa con libros de Heidegger, Derrida y Nietzsche. Los libros son mágicos y se reproducen solos si alguien se los lleva. Al caer la noche, guarda nuevamente los estantes y los libros de H, D y N. ¿como voy a probar que alguien se llevó un ejemplar o simplemente lo leyó y prosiguió su camino?

En ningún punto está probada la comisión de un daño real.

Entonces, solo incurre en "la puesta en peligro" (dolo eventual) de algún "posible" perjuicio a los derechohabientes. Esto sí figura en el Código Penal, pero no está probado.

Dice el texto del juez: "En el caso, la reproduccion se vio probada, como se dijo, por la carga de los libros cuyos autores se han nombrado, a las paginas de internet en cuestion -registradas a nombre del incuso- sin la debida autorizacion para ello, pero mas aun, porque dicha carga ha sido materialmente efectuada por el incuso, el cual debio escanear tales obras, para luego en forma virtual, transformarlo en archivos con extension PDF y ofrecerlos en la web."

En este caso, lo que se le imputa a HRP sería un delito idéntico a sacar una fotocopia. Y ofrecerlos en la web. Pero no hay una sola copia material, ni probada, ni mencionada, en el texto.

¿Alguien piensa que Su Señoría, los fiscales, los de la cámara del libro, los editores y los derechohabientes jamás en su vida, han fotocopiado un libro o parte de él?

Lo que si es criticable, es la falta de mención de la inexistencia de todo afán de lucro por parte de HRP.

Esto ya me hizo leer buena parte del Código Penal y de la ley 11.723 (propiedad Intelectual), en una copia que hice en el disco duro de mi PC. ¿será delito hacer una copia del Código Penal?

Saludos

Federico N.


Si quiere leer el procesamiento a Horacio Potel



1 comentarios:

Claudio Guerchicoff dijo...

EL HONOR A LOS CORAZONES GENEROSOS, EL HORROR PARA LOS CHANCHOS CON RANURA. Pienso que lo mejor es la presión política para que ya no sucedan estas cosas. América Latina es el paraíso de los Partidos Embrutecederes, que dominan el mercado político, que le robaron a los utopistas sus derechos de autor, a los humanistas ideas para engañar al electorado, y que tienen tanto afán de justicia social como yo de tener relaciones sexuales con un sacacorchos. Viva el Partido Pirata, si su afán es el esfuerzo por ser mejores, por proteger lo único que realmente puede sacarnos de donde estamos, de ayudarnos a pensar, a debatir y a generar la cultura del desarrollo. Cuando se muere la gente por no obtener medicamentos, ¡vivan los genéricos!, cuando se sumerge a la gente en la ignorancia y el sometimiento, ¡viva la lectura masiva!. ¡Honor a los que buscan una sociedad mejor! Horror a los que tienen un chancho con ranura por corazón. (Pueden copiar esta metáfora, es mía, muchas veces mejor) Firma: Irreducto.

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