Ojalá que si!
domingo, 5 de febrero de 2012
Ordenanza regulando el uso de agroquímicos en Campana, Pcia de BA
Ordenanza regulando el uso de agroquímicos en Campana, Pcia de BA; fija libre de fumigación aérea y 1000 mts libres de terrestre.
ARTÍCULO 24. El incumplimiento a lo normado por esta Ordenanza será sancionado con multa del 50 % de un salario hasta cien salarios de un agente municipal perteneciente a la Clase II del Agrupamiento Personal de Servicio o la que haga sus veces; y/o clausura y/o decomiso. Independientemente, además de lo prescripto en el artículo anterior cuando los actos derivados de un incorrecto expendio o aplicación de plaguicidas sean considerados graves o de reincidencia, los establecimientos y/o empresas infractoras podrán ser sancionadas con la inhabilitación temporaria de hasta dos años o definitiva; y los responsables podrán ser eliminados del Registro correspondiente.
Las sanciones se indican en el art 24
El tema es:¿Las sanciones les causarán algo?, ¿Hay alguna autoridad que tenga poder de policía para que se cumpla la ordenanza?
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Etiquetas:
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