La última modificación a la ley de Propiedad Intelectual fue publicada hoy en el Boletín Oficial. Incorpora el artículo 5 bis que amplía en dos décadas los derechos de los artistas y productores. La norma original fue una iniciativa de Roberto Noble, fundador de Clarín.
Tiene 76 años de vigencia y "es una de las leyes más importantes del siglo XX", como la definieron especialistas en el tema. La ley de Propiedad Intelectual, una norma presentada por el entonces diputado Roberto Noble -fundador de Clarín-, quedó modificada hoy, luego de que se publicara en el Boletín Oficial la ley 26.570 que incorpora un artículo a esta normativa.
La ley 26.570 incorpora el artículo 5 bis que dice: "La propiedad intelectual sobre sus interpretaciones o ejecuciones fijadas en fonogramas corresponde a los artistas intérpretes por el plazo de SETENTA (70) años contados a partir del 1º de enero del año siguiente al de su publicación. Asimismo, la propiedad intelectual sobre los fonogramas corresponde a los productores de los fonogramas o sus derechohabientes por el plazo de SETENTA (70) años contados a partir del 1º de enero del año siguiente al de su publicación. Los fonogramas e interpretaciones que se encontraren en el dominio público sin que hubieran transcurrido los plazos de protección previstos en esta ley, volverán automáticamente al dominio privado por el plazo que reste, y los terceros deberán cesar cualquier forma de utilización que hubieran realizado durante el lapso en que estuvieron en el dominio público".
Esta no es la primera vez que la ley de propiedad intelectual se modifica. Esta normativa fue enmendada por la ley 24.870 de 1997. En ese entonces, se sustituyeron los artículos 5 y 84 originales y se amplió la propiedad intelectual sobre las obras de 30 a 70 años a partir del 1° de enero del año siguiente al de la muerte del autor.
Ahora, el artículo 5 bis especifica que ese mismo período regirá para las interpretaciones o ejecuciones de los artistas plasmadas en fonogramas y para los productores (las discográficas) de esos mismos fonogramas. Esto significa extender en dos décadas los usos de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), por ejemplo.
El pasado 25 de noviembre, la Cámara de Diputados convirtió en ley por 139 votos afirmativos, 3 negativos y 7 abstenciones, la modificación que extendió de 50 a 70 años el plazo de los derechos de propiedad sobre las producciones artísticas musicales.
Esta última modificación se produce al cumplirse 76 años de la promulgación de la ley original, una iniciativa que llegó al Congreso Nacional de la mano del doctor Noble, y que fue impulsada en el Senado de aquel entonces por el legislador Matías Sánchez Sorondo.
Cada año, las diferentes entidades que representan a artistas y compositores, como ARGENTORES, SADAIC o AADI se reúnen a homenajear a Roberto Noble por su aporte a la protección de la propiedad intelectual. En septiembre pasado, recordaron la "sabiduría" de los impulsores de esta ley y volvieron a agradecerles por "proteger a los autores".
Uno no puede esperar mucho del diario Clarín, no dicen nada de las voces de protesta contra la medida, las que están en:
La Marcha Peronista Reprivatizada.
Y otras más que andan por ahí.
Lo terrible es que la ley es retroactiva o sea que si alguien subió algún material que ya estaba en dominio público, como la wikipedia, ahora deberá quitarlo para no comerse posibles procesos y juicios...Así "cuidan" el patrimonio, haciendo que miles de obras sean retiradas para no comerse el garrón de un posible juicio, así "difunden" las obras...
Y siempre los que tienen el monopolio que no son los que muchas veces defienden a los creadores festejan la Ley Noble....Lo dice al final la nota de Clarín.
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