Fuente:Beatriz Busaniche.
La demanda contra Taringa no tiene nada que ver con el lucro
El fallo los acusa de violar el art. 72 inciso a) de la Ley de Propiedad Intelectual, que dice:
Art. 72. — Sin perjuicio de la disposición general del artículo precedente, se consideran casos especiales de defraudación y sufrirán la pena que él establece, además del secuestro de la edición ilícita:Dicho esto, remite al artículo 172 del código penal:
a) El que edite, venda o reproduzca por cualquier medio o instrumento, una obra inédita o publicada sin autorización de su autor o derechohabientes;
Art. 172.- Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño..
Insisto: que taringa tenga o no publicidad no es el tema. Que taringa gane o no plata no es el tema: Esto aplica a vos y a cualquiera que tenga un link para compartir un archivo sin autorización, con o sin fin de lucro. (de hecho, si vos infringís con fin de lucro se te aplica el 72 bis y eso no es lo que pasa en el caso Taringa).
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