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viernes, 11 de septiembre de 2009

"Hay que evitar que todos se conviertan en radiodifusores"


Ahora que se viene la televisión digital desde la Lista No al Canon nos recuerdan esta actuación del Senador Guillermo Jenefes:

"Hay que evitar que todos se conviertan en radiodifusores"

La Motion Picture Association (MPA) organizó una presentación en la Secretaría de Comunicaciones para hablar sobre las restricciones aplicadas a la distribución de los contenidos de la futura TV Digital. Militantes del software libre defendieron la libertad de cultura. "Hay que evitar que todos se conviertan en radiodifusores", graficó el representante de MPA, Jill Williams..


La Motion Picture Association (MPA) comenzó a hacer lobby para que los contenidos transmitidos por la futura televisión digital abierta cuenten con las restricciones necesarias para evitar su distribución masiva a través de Internet. El encargado de exponer sobre este tema fue Jill Williams, vicepresidente de Normas para Sistemas de Televisión y Video de MPA. El lugar elegido para una primera exposición pública fue la Secretaría de Comunicaciones de la Nación. “La piratería ya no es cosa de expertos. Internet permite ser el medio para extender este tipo de delitos”, argumentó Williams para luego rematar: “Hay que evitar que todos se conviertan en radiodifusores”.
Sigue en la página de Canal -Ar.

Sobre el senador:

Ante todo, más restricciones

¿Por qué cuando los conglomerados de empresas hablan de radiodifusión piensan más en las restricciones a la tecnología que en sus posibilidades en la democratización de la información? ¿Qué se esconde detrás de la advertencia “hay que evitar que todos se conviertan en radiodifusores”? En una nota publicada por este medio sobre TV Digital, Osvaldo Parodi, director de planes y gestión del COMFER, argumentó que en el territorio que ocupa el 52% de la población argentina (Buenos Aires, Rosario y Córdoba) hay más de tres estaciones de televisión privada. Un 20% de la población tiene sólo dos estaciones de TV y otro 20%, una sola. Esto remarca que existe un déficit de la televisión analógica. La pregunta en ese entonces fue y sigue siendo qué es lo que se quiere hacer con la televisión digital.

Canal AR le preguntó al Senador Guillermo Jenefes, presente en la disertación de Williams, lo siguiente: ¿No cree que la tecnología – al convertir a los usuarios en potenciales radiodifusores, tal como fue descrito por el representante de MPA- permitiría llevar contenidos audiovisuales a aquellas zonas donde hoy no hay radiodifusores?

- Casi todo el país está cubierto por distintos radiodifusores y hay que proteger a esas pequeñas empresas, sino van a desaparecer. Esta es la primera vez que escucho sobre la fiscalización de contenido audiovisual por lo que es un tema a estudiar; habrá que ver si es verdad que si no se protegen los contenidos, muchos radiodifusores desaparecerán.

La radiodifusión en Argentina se sostiene básicamente por la publicidad y muchas películas (mal que le pese a algunos) también se sostienen por este medio, como fue el caso de Celular o Náufrago. En este sentido, la pregunta de un periodista de la revista RT-A fue muy atinada. “¿No cree que medidas tan restrictivas van a boicotear otro tipo de realizaciones como las que son financiadas por publicad y luego liberadas al público?”, a lo que Williams respondió: “Todo tiene que ver con el modelo de negocio que se adopte”.

¿Qué modelo de negocio se adoptará en Argentina? Hasta el momento se habla siempre de que la televisión abierta seguirá siendo libre y gratuita, aunque autoridades del COMFER admiten que todavía no se ha dado la discusión al interior del organismo sobre qué decisión tomarán cuando los grandes radiodifusores planteen la posibilidad de cobrar por algunos de sus contenidos de aire. Por el momento tal situación parece rechazarse, pero existe una posibilidad de que la TV libre y gratuita cambie con la digitalización, al momento en que los radiodifusores estén posibilitados de interactuar con sus usuarios, ofreciendo entre otras cosas, contenido a medida, es decir, contenido pago. Y por su puesto, la Motion Picture Association quiere asegurarse que sus producciones no salgan del espectro acotado de un licenciatario.

Todas estas preguntas que parecen muy rebuscadas cuando el avance tecnológico aparece casi incuestionable son los puntos más álgidos de una discusión abierta sobre el futuro de la televisión argentina, discusión que no debería dejar de lado los valores filosóficos de una radiodifusión libre y gratuita.

Fuente Canal -Ar.


Y buscando algo más encuentro ésto:

Jujuy - En una entrevista exclusiva concedida al Periódico Lea, el secretario General de la CTA Jujuy, Fernando Acosta, reveló que “el senador se llevará $ 25 millones en juicios por pauta publicitaria. Lo acusó de vivir de los negociados con el Estado y anunció una movilización de repudio para este viernes”.


Acosta, afirmó que el senador Guillermo Jenefes “defiende un sistema de negocios y de privilegios”, al responder las acusaciones formuladas contra la organización barrial Tupac Amaru. Asimismo, Acosta anunció que este viernes se realizará una movilización de repudio contra las ofensas lanzadas por el también dueño de Canal 7 de Jujuy.

Acosta negó que la Tupac Amaru reciba 6 millones de pesos mensuales y afirmó que con menos de la mitad de esa cifra se ha logrado ejecutar un sinnúmero de obras que son vistas como necesaria referencia a nivel nacional y regional.

En la entrevista Acosta señaló que “él defiende un sistema que se expresa de tres maneras. Primero, defiende el sistema de privilegios y sus negocios. Él ha manejado desde el Estado y con el Estado grandes negocios, por ejemplo las pautas publicitarias de Canal 7 mediante juicios millonarios, que equivalen a mucho más del valor del hotel que tiene. Y no es que Jenefes dejó de recibir dinero; lo sigue recibiendo”.

Dijo además que “también son conocidos los negociados que tuvo con el municipio de San Salvador de Jujuy. Nosotros tenemos información que al día de hoy la deuda con Jenefes por juicios que le hizo al Estado es de 25 millones de pesos y estaría cobrando a razón de 3 millones por mes”.

Afirmó también que “este individuo hizo grandes negocios con el Banco Provincia. Dejó a muchísima gente sin propiedades. Poco a poco se fue adueñando de miles de hectáreas de tierras que no eran de él. A su hermano lo puso en el Superior Tribunal de Justicia a pesar de no tener ningún tipo de antecedentes en la Justicia. También le dejó para su hijo el cargo de abogado del Banco. Es alguien que permanentemente hace negocios con el Estado y en consecuencia defiende esos privilegios”.

Fuente: Periódico Lea


El Proyecto de Ley Mordaza del Senador Jenefes.

Y así está entendido porqué quiere castigar a cualquiera que mande algo sobre su persona...



jueves, 10 de septiembre de 2009

Proyecto de ley para censurar comentarios en Internet

Fuente Lista No al Canon en la Argentina.
(S-0209/09) Proyecto de ley asegurando la identidad y responsabilidad
de los sujetos que emiten opiniones por internet a fin de que el
damnificado pueda defender de los daños causados por la difusion de
opiniones que afectan sus derechos personales.


"ARTÍCULO 1°.-Todo habitante de la República Argentina puede exigir a las empresas de Proveedores de Servicio de Internet (ISP), que se *impida o bloquee, en modo absoluto*, cualquier tipo de acceso a los contenidos en los que se incluya su nombre o denominación, si ello
agraviare a dicha persona."

ISP incluye ademas segun la vision del senador:

"a) Los proveedores de acceso (Internet Acces Providers IAP), que son quienes brindan a los usuarios el servicio de conexión a Internet y transmiten al usuario los contenidos;"

"b) Los proveedores de alojamiento (Hosting Service Providers) que son quienes almacenan los contenidos de los sitios en sus servidores."

y también..

"c) Los proveedores que ofrecen públicamente *programas especiales que se utilizan para la ubicación de contenidos* (!!!??) que tengan las particularidades definidas por el usuario."

el siguiente articulo es interesante, el 'ISP' tiene que bloquear contenido *solo a pedido del damnificado!*, sin orden judicial ni nada y evaluando el mismo 'ISP' si los contenidos en cuestion son 'objetiva y ostensiblemente ilegales'!

"ARTICULO 2°.- Cuando existan contenidos con información que se consideren perjudiciales a los derechos personalísimos, el eventual damnificado deberá notificar dicha circunstancia en forma fehaciente al ISP. Recibida la notificación deberá iniciar de inmediato todas las medidas necesarias para impedir el acceso de cualquier usuario a los contenidos cuestionados, siempre que éstos fueren objetiva y ostensiblemente ilegales, nocivos u ofensivos para la persona afectada. Asimismo, se deberá en este supuesto informar a la persona afectada, la identidad y domicilio del autor de los contenidos difundidos a través del ISP."

"ARTICULO 3°.- Si el ISP no cumpliera con las obligaciones impuestas en artículo 2° será responsable directo de los daños y perjuicios materiales y morales que se ocasionaren a la persona afectada a partir de la fecha de la notificación referida en el artículo 2° de
la presente ley."

"ARTICULO 4 Si recibida la notificación por parte de la persona afectada no se procediera a impedir o bloquear, en modo absoluto, cualquier tipo de acceso a los contenidos cuestionados, dicha persona afectada tendrá derecho a recurrir a la justica para que la misma, sin más trámite, resuelva el bloqueo del acceso a los contenidos difundidos o trasmitidos por el ISP."

luego sigue con consideraciones hacia ISP extranjeros y otros detalles, pero como era de imaginar los fudamentos estan jugosos:

[...] "Uno de los problemas más significativos asociado con el plausible crecimiento de estos foros tiene su origen en la dificultad que se observa para contar con *datos verificables acerca de la
identidad de sus participantes*. Es que el contexto de anonimato que anima a ciertos foros es empleado, por muchos usuarios, para afectar, en algunos casos, el honor y buen nombre de las personas y, en otros, para incurrir en conductas tipificadas penalmente. En este sentido,
resulta de fácil comprobación como una importante cantidad de personas crean foros o distorsionan el objetivo de un foro ya creado, con el único propósito de afectar la privacidad, intimidad, honor o creencias de las personas o para violar normas penales relativas a la
protección de los menores o el consumo y tráfico de estupefacientes"

[...]

"Lo que se trata aquí, con apoyo en la más tradicional jurisprudencia, es de *asegurar la identidad y responsabilidad* de los sujetos que emiten opiniones por Internet de manera que el presunto damnificado pueda defenderse y mantenerse indemne, ante los jueces competentes, de los daños causados por la difusión de opiniones que afectan, por su carácter difamatorio o calumnioso, sus derechos personales. Lo que se quiere, en definitiva, es impedir que el
anonimato en Internet constituya un gratuito amparo para los agravios, la injuria, la calumnia, la difamación y la comisión de delitos."

y tambien consideraciones a los buscadores

[...]
"b) por otro, hay una violación del deber de control sobre sus propios instrumentos o activos de una relevancia que justifica el reproche legal. Al accionar positivo del titular del sitio que genera la injuria, le sigue *un actuar omisivo del buscador* que conoce o debe conocer la infracción que se difunde en su propio sistema y no actúa; y, finalmente,

c) por el otro, el buscador lucra con una actividad que es susceptible de causar perjuicios a terceros y, en esa calidad, resulta indudable su responsabilidad civil. Que la difamación resulte de un primer vínculo entre el propietario del sitio y el eventual damnificado, *no excluye la existencia de un beneficio para el buscador a causa de ese primer vínculo*.

fue presentado en marzo de 2009
y girado a las comisiones de

  • Sistemas, Medios De Comunicación y Libertad De Expresión

  • Derechos y Garantías

  • Justicia y Asuntos Penales

  • proyecto del Senador Nacional Guillermo Raúl Jenefes
    Senador Nacional por la Provincia de Jujuy
    Bloque Pj Frente Para La Victoria
    (Período 10/12/2005 - 09/12/2011)